DISPOSICIÓN 106 2015 DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO Y COMPETITIVIDAD Y DE LA OFERTA - ENTUR

Síntesis:

PONE EN FUNCIONAMIENTO - SISTEMA DE REGISTRACIÓN A TRAVÉS DEL MÓDULO REGISTRO DE LEGAJO MULTIPROPÓSITO - RLM - REGISTRO DE PRESTADORES TURÍSTICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO Y COMPETITIVIDAD DE LA OFERTA - ENTE DE TURISMO

Publicación:

15/10/2015

Sanción:

08/10/2015

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO Y COMPETITIVIDAD Y DE LA OFERTA - ENTUR


VISTO:

La Leyes N° 600, su modificatoria, N°2.443, N°3.304 y N°4.013, los Decretos

N°1150/02 y N° 350/14, la Resolución N° 17-ENTUR/14 y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 600 regula la actividad turística en la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que, el Artículo 12° de la Ley mencionada ut-supra, definió a los prestadores turísticos

como toda persona física o jurídica que proporcione, intermedie o contrate con el

turista, toda prestación de servicios a la que la norma se refiere;

Que, el Artículo 14° crea el Registro de Prestadores Turísticos de la Ciudad de Buenos

Aires, dependiente de su órgano de aplicación;

Que, el Decreto N°1150/02 establece que el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires tiene a su cargo el mentado Registro, estableciendo además, los

requisitos para su inscripción;

Que, la Ley N° 3.304 y el Decreto N° 350/2014 establecieron el Plan de Modernización

de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con alcance

general a todos los organismos públicos que de él dependen;

Que, el Gobierno de esta Ciudad cuenta con una gran cantidad de registros que fueron

creados por diferentes normas de acuerdo a la actividad específica a la que refieren,

entre los que se encuentran aquellos que funcionan en la órbita del Ente de Turismo;

Que, a los fines de dotar de mayor eficiencia y eficacia a los mismos, se ha diseñado

el módulo "Registro Legajo Multipropósito" (RLM) que permite cargar y actualizar la

información contenida, de manera electrónica, brindando cumplimiento con lo

prescripto la Ley N° 3.304, que dispone entre las actividades a desarrollar la de

"mejorar los sistemas de información y comunicación del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires, con el fin de evitar duplicaciones, inconsistencias en la actualización y

normalizar la definición y el tratamiento de la información común";

Que, el módulo RLM constituye una adecuación al sistema SADE que hoy se compone

de los módulos CCOO (Comunicaciones Oficiales), LOyS (Locación de Obras y

Servicios), GEDO (Generación de Documentos Oficiales), LUE (Legajo Único

Electrónico), RIBS (Registro de Identificación de Beneficiarios), PSOCS (Planes

Sociales y Subsidios), GUP (Gestor Único de Proveedores) y Expediente Electrónico

(EE);

Que, conforme lo establecido en el punto 3, del Anexo II de la Resolución N° 17-

ENTUR/14, es resorte de esta Dirección General, supervisar la organización y

administración del Registro de Prestadores Turísticos, de acuerdo a las normas

reglamentarias vigentes o aquellas que a su futuro se dicten.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL

DE DESARROLLO Y COMPETITIVIDAD DE LA OFERTA

DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

DISPONE:

Artículo 1°: Póngase en funcionamiento el sistema de registración a través del Módulo

RLM (Registro Legajo Multipropósito) para el Registro de Prestadores Turísticos

creado por el Artículo N° 14 de la Ley N° 600, a partir de la suscripción de la presente.

Artículo 2°: Efectúese, conforme lo dispuesto en el Artículo precedente, el cierre de los

Libros de Registros, llevándolos a tal efecto, a la Unidad de Auditoría Interna del Ente

de Turismo de esta Ciudad.

Artículo 3°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Gerencia Operativa de Registro de actividades Turísticas, a la

Unidad de Auditoría Interna del Ente de Turismo de esta ciudad. Cumplido, archívese.

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art 1 de la Disposición 106-DGYCOF-15, pone en funcionamiento el sistema de registración a través del Módulo RLM creado por el Decreto 350-14, para el Registro de Prestadores Turísticos.</p>