RESOLUCIÓN 477 2002 SECRETARIA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL

Síntesis:

REGULARÍZANSE LAS OBRAS EXISTENTES EN EL INMUEBLE SITO EN LUGONES 4466/68/70

Publicación:

26/12/2002

Sanción:

16/12/2002

Organismo:

SECRETARIA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL


Visto el Expediente N° 80.740/94 por el cual se solicita el registro de planos Conforme a Obras con Obras ejecutadas sin permiso, y

CONSIDERANDO:

Que dicha actuación se relaciona con las obras en contravención en la finca sita en la calle Lugones 4466-68-70, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 16, Sección 55, Manzana 142, Parcela 30;

Que se presentó documentación Conforme a Obra con Obras ejecutadas sin permiso en la finca de referencia;

Que como consecuencia del estudio y tratamiento otorgado a la documentación obrante a fojas 31, 33, 35 a 38 y 63 a 66 del Exp N° 80.740/94, por parte de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, se desprende una ampliación de superficie de 45,18 m2 reglamentarios (ampliación de cocina y baño en primer piso; comedor y ampliación de cocina y baño en segundo piso) y de 59,35 m² no reglamentarios, (dormitorio en primer piso; dormitorio en segundo piso; baño, lavadero, escalera y patio cubierto en tercer piso) en una Vivienda Multifamiliar y Local Comercial, no afectados a la Ley N° 13.512, obrando plano registrado anterior a fojas 5;

Que las obras cuestionadas contravienen los Artículos 2.1.1.1. Trabajos que requieren permiso de obra y 4.6.4.2. Iluminación y Ventilación de los locales de primera clase, ambos del Código de la Edificación y 5.4.1.2. Distrito R2b-inciso a) R2bI - disposiciones particulares: d) FOT máximo del Código de Planeamiento Urbano;

Que de acuerdo con lo informado por la citada Dirección General con fecha 23/10/02, (fs. 83), las obras ejecutadas sin permiso no afectan de manera significativa las condiciones mínimas de habitabilidad, iluminación y ventilación que normalmente deben satisfacer los locales y según la Declaración Jurada del profesional interviniente (fs. 75/76), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el Inc. f) del Parágrafo 2.4.3.3. Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad del Código de la Edificación;

Que el presente caso encuadra en los términos del Parágrafo 6.3.1.2. Obras en Contravención del Código de la Edificación, modificado por Ordenanza N° 44.825 (B.M. N° 18.965), y según el procedimiento determinado en la Resolución N° 239/SPUYMA/97 (B.O.C.B.A. N° 309);

Por ello, de acuerdo a las atribuciones conferidas en el inciso e) del Parágrafo 6.3.1.2. Obras en Contravención del Código de la Edificación (AD 630.75);

LA SECRETARIA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la regularización de las Obras en Contravención ejecutadas sin permiso en la Vivienda Multifamiliar y Local Comercial, no afectados a la Ley N° 13.512 sita en la calle Lugones 4466-68-70, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 16, Sección 55, Manzana 142, Parcela 30, procediendo el registro de los planos obrantes a fojas 31, 33, 35 a 38 y 63 a 66 de la presente actuación, consistentes en una ampliación de superficie de ciento cuatro metros con cincuenta y tres centímetros cuadrados (104,53 m2), discriminados en 45,18 m² reglamentarios y 59,35 m² no reglamentarios, ello en el marco de lo previsto en el Parágrafo 6.3.1.2. Obras en Contravención del Código de la Edificación, modificado por la Ordenanza N° 44.825 (B.M. N° 18.965), y según el procedimiento determinado en la Resolución N° 239/SPUYMA/97 (B.O.C.B.A. N° 309).

Artículo 2° - La presente Resolución es refrendada por el señor Subsecretario de Regulación y Fiscalización.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación y registro de planos, pase a la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, que asimismo comunicará a la Empresa Sistemas Catastrales S.A. y a la Dirección General de Rentas, conjuntamente con copia del plano registrado. Giudici - Antuña

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