RESOLUCIÓN 479 2002 SECRETARIA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL

Síntesis:

REGULARÍZANSE LAS OBRAS EXISTENTES EN EL INMUEBLE SITO EN LA AV. GENERAL MOSCONI 4374/76

Publicación:

26/12/2002

Sanción:

16/12/2002

Organismo:

SECRETARIA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL


Visto el Expediente N° 44.003/97 por el cual se solicita la regularización de obras reglamentarias y no reglamentarias ejecutadas sin permiso, y

CONSIDERANDO:

Que dicha actuación se relaciona con las obras en contravención en la finca sita en la Avenida General Mosconi 4374/76, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 15, Sección 83, Manzana 16A, Parcela 12B;

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso en la finca de referencia;

Que como consecuencia del estudio y tratamiento otorgado a la documentación obrante a fojas 71 a 75 del Expediente N° 44.003/97, por parte de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, se desprende una ampliación de superficie de 71,58 m2 reglamentarios (Planta baja: sector estar y comedro diario; Planta alta: 3 dormitorios, hall baño y lavadero) y de 17,37 m² no reglamentarios, (Planta Baja: quincho) en una Vivienda Unifamiliar, obrando plano registrado anterior a fojas 50;

Que las obras cuestionadas contravienen los Artículos 2.1.1.1. Trabajos que requieren permiso de obra y 4.6.4.3. Iluminación y Ventilación de locales de segunda clase y escaleras principales, ambos del Código de la Edificación;

Que de acuerdo con lo informado por la citada Dirección General con fecha 24/10/02, (fs. 89), las obras ejecutadas sin permiso no afectan de manera significativa las condiciones mínimas de habitabilidad, iluminación y ventilación que normalmente deben satisfacer los locales y según la Declaración Jurada del profesional interviniente (fs. 62/63), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el Inc. f) del Parágrafo 2.4.3.3. Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad del Código de la Edificación;

Que el presente caso encuadra en los términos del Parágrafo 6.3.1.2. Obras en Contravención del Código de la Edificación, modificado por Ordenanza N° 44.825 (B.M. N° 18.965), y según el procedimiento determinado en la Resolución N° 239/SPUYMA/97 (B.O.C.B.A. N° 309);

Por ello, de acuerdo a las atribuciones conferidas en el inciso e) del Parágrafo 6.3.1.2. Obras en Contravención del Código de la Edificación (AD 630.75);

LA SECRETARIA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la regularización de las Obras en Contravención ejecutadas sin permiso en la Vivienda Unifamiliar sita en la Avenida General Mosconi 4374/76, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 15, Sección 83, Manzana 16A, Parcela 12B, procediendo el registro de los planos obrantes a fojas 71 a 75 de la presente actuación, consistentes en una ampliación de superficie de ochenta y ocho metros con noventa y cinco centímetros cuadrados (88,95 m2), discriminados en 71,58 m² reglamentarios y 17,37 m² no reglamentarios, ello en el marco de lo previsto en el Parágrafo 6.3.1.2. Obras en Contravención del Código de la Edificación, modificado por la Ordenanza N° 44.825 (B.M. N° 18.965), y según el procedimiento determinado en la Resolución N° 239/SPUYMA/97 (B.O.C.B.A. N° 309).

Artículo 2° - Dicho registro deberá contemplar las prescripciones de la normativa vigente para el uso Vivienda Unifamiliar.

Artículo 3° - La presente Resolución es refrendada por el señor Subsecretario de Regulación y Fiscalización.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación y registro de planos, pase a la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, que asimismo comunicará a la Empresa Sistemas Catastrales S.A. y a la Dirección General de Rentas, conjuntamente con copia del plano registrado. Giudici - Antuña

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