DISPOSICIÓN 48 2015 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DELITO
Síntesis:
RECTIFICACIÓN DEL ANEXO IV DE LA DISPOSICIÓN 44-DGPPD-14 - MANUALES DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CORRESPONDIENTES A LAS GERENCIAS OPERATIVAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DELITO - PROGRAMA PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y EL DELITO - APRUEBA FORMULARIO ÚNICO DE SOLICITUD DE FONDOS - GASTOS LO INCORPORA COMO ANEXO V
Publicación:
02/11/2015
Sanción:
22/10/2015
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DELITO
VISTO:
Las Disposiciones 14/DGPSPD/10 y 44/DGPPD/2014, Las Resoluciones
22/SSPDRC/13, 150/SSPDRC/14, 151/SSPDRC/14, el Decreto N° 660/11, el Decreto
N° 376/11, el Decreto N° 396/12, el Decreto N° 70/13, las Leyes N° 471, N ° 1777, N°
4007 y 2593;
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 4013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y mediante el Decreto N° 660/11 se aprobó la Estructura
Orgánica Funcional del Gobierno, creándose la Subsecretaría de Prevención del Delito
y Relaciones con la Comunidad;
Que por el mismo decreto se cambió la Denominación de la Dirección General
Políticas de Seguridad y Prevención del Delito por Dirección General Políticas de
Prevención del Delito dependiente de la Subsecretaría de Prevención del Delito y
Relaciones con la Comunidad;
Que la Ley N° 2.894 de Seguridad Pública de la Ciudad de Buenos Aires, en su
artículo 17, establece expresamente que "La participación comunitaria se efectiviza a
través de la actuación de los Foros de Seguridad Publica, que se constituyen mediante
una ley especial, como ámbitos de participación y colaboración entre la sociedad civil y
las autoridades para la canalización de demandas y la formulación de propuestas en
materia de seguridad pública";
Que dando cumplimiento a ese imperativo legal se dictó la Ley N° 4.007 por la que se
procedió a constituir y regular los Foros de Seguridad Pública (FOSEP);
Que el Decreto N° 70/13 estableció que la Coordinación de los Fosep funcionará en el
ámbito de la Subsecretaría de Prevención del Delito y Relaciones con la Comunidad y
tiene a su cargo la supervisión y coordinación de las actividades desarrolladas por los
Representantes del Ministerio de Justicia y Seguridad ante los Fosep;
Que la Resolución 150/SSPDRC/14 asignó la Coordinación de los Fosep a la
Dirección General Políticas de Prevención del Delito;
Que la Resolución 151/SSPDRC/14 asignó a los Operadores de Atención al Público a
la Dirección General Políticas de Prevención del Delito;
Que la ley 2593 establece que el Sistema de información para la prevención del Delito
y la violencia (Siprec) recaba información cualitativa y cuantitativa sobre delitos y
situaciones de violencia directamente de los vecinos a través de los Coordinadores
Comunitarios del plan de Prevención Comunitaria del Delito;
Que la Disposición 14/DGPSPD/10 estableció los requisitos, perfiles y manuales para
desempeñar la función de Operador Comunitario pero que dicha denominación se
contrapone a lo establecido en la ley 2593;
Que, mediante Decreto N° 396/GCBA/2012 se modifica el Decreto N° 660/GCBA/2011,
aprobándose una nueva estructura organizativa de la Dirección General de Políticas
de Prevención del Delito, junto con los correspondientes objetivos y responsabilidades
primarias;
Que las funciones establecidas por la ley 2593 y 4007 son complementarias por lo que
resulta de mayor eficacia, eficiencia y economía de recursos vincularlas en una misma
gerencia;
Que, la Dirección General de Políticas para la Prevención del Delito, entre sus
misiones y funciones, tiene la facultad de confeccionar y aprobar los Manuales de
Procedimientos Administrativos de las Gerencias Operativas de Relaciones con la
Comunidad; De Estadísticas sobre la Prevención del Delito; Políticas de Prevención
del Delito, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, todos los Manuales de Procedimientos, mencionados fueron elevados, a la
superioridad, para su evaluación y posterior aprobación;
Que, el suscripto en cumplimiento de sus misiones y funciones ha evaluado los
mencionados Manuales, a fin de darles correcta aprobación para dar cumplimiento a
los fines que la legislación vigente exige;
Que, mediante Disposición 44/DGPPD/2014 se aprobó los Manuales de Normas y
Procedimientos Administrativos correspondientes a las Gerencias Operativas de esta
Dirección General.
Que, por error involuntario se consigno erróneamente la descripción de la actividad
correspondiente al Programa de Prevención Social del Delito y la Violencia,
perteneciente a la Gerencia Operativa de Políticas de Prevención del Delito. El cual se
encuentra descripto en el Anexo IV de la Disposición anteriormente mencionada.
Que, Mediante relevamiento llevado a cabo por la Unidad Auditoria Interna del
Ministerio de Justicia y Seguridad a esta Dirección General (Proyecto N° 19/15), se
recomendó la implementación de un procedimiento estandarizado para la solicitud de
los recursos necesarios para llevar a cabo mas misiones y funciones de la Dirección
General de Políticas de Prevención del Delito.
Que, en consecuencia a lo expuesto precedentemente corresponde rectificar el Anexo
IV de la Disposición 44/DGPPD/2014, y aprobar una Planilla de Solicitud de Fondos de
uso común a toda la Dirección General de Políticas de Prevención del Delito, la cual
será incorporada a la Disposición antedicha como nuevo Anexo.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Rectifíquese el Anexo IV de la Disposición 44/DGPPD/2014, en su parte
correspondiente a la descripción del programa Prevención Social del Delito y la
Violencia, quedando redactado de la siguiente manera: Prevención Social de la
Violencia y el Delito: La actividad tiene como objetivo reducir la recurrencia de
conductas violentas y/o delictivas de personas en situación de vulnerabilidad social, en
la C.A.B.A, promoviendo el fortalecimiento de vínculos sociales, educativos y
laborales. La tarea estará a cargo de un equipo interdisciplinario de operadores
sociales que trabaja facilitando la participación de los destinatarios en diversas
actividades tendientes a la resolución pacífica de conflictos, a la construcción de
proyectos de vida que no impliquen prácticas violentas y/o delictivas, estimulando la
vinculación y/o continuidad en el sistema educativo formal y no formal, así como el
reconocimiento y adquisición de habilidades que mejoran las condiciones de
empleabilidad y desarrollo. Asimismo, se trabaja en pos de incentivas la inclusión a
grupos, organizaciones e instituciones favoreciendo la integración y la ampliación de
su capital, cultural y simbólico. La dinámica del trabajo consiste en la implementación
de diversos proyectos y talleres - a través de un abordaje grupal e individual de la
población destinataria-, donde los ejes fundamentales son los siguientes: 1-
Resolución pacífica de conflictos, 2- Posicionamiento subjetivo frente a los obstáculos,
3- Tolerancia ante las frustraciones, 4- Reformulación de las modalidades de
interacción social, 5- Promoción de la cultura del trabajo, 6- Formulación de un
proyecto de vida, 7- Refuerzo de los vínculos de confianza.
Artículo 2°.- Apruébese Planilla de Solicitud de Fondos de uso común a toda la
Dirección General de Políticas de Prevención del Delito dependiente del Ministerio de
Justicia y Seguridad mediante Anexo Disposición DI-2015-27541211-DGPPD, la cual
se incorpora a la Disposición N° 44-DGPPD-2014 como Anexo V.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaria de Prevención del Delito y Relaciones
con la Comunidad, a la Subsecretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana y a
la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y
Seguridad, archívese. Ventura Barreiro
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4755