DISPOSICIÓN 44 2014 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DELITO
Síntesis:
ASIGNACIÓN DE FUNCIONES - ASIGNA LA FUNCIÓN DE COORDINACIÓN DE LOS FOROS DE SEGURIDAD PÚBLICA - FOSEP - A LA GERENCIA OPERATIVA DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DELITO - SUBSECRETARIA DE PREVENCIÓN DEL DELITO Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD - MINISTERIO DEJUSTICIA Y SEGURIDAD - APRUEBA REQUISITOS Y PERFILES PARA EL CARGO DE COORDINADOR - APRUEBA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - GERENCIA OPERATIVA DE ESTADÍSTICAS SOBRE LA PREVENCIÓN DEL DELITO - DEROGA LA DISPOSICIÓN 14-DGPSPD-10
Publicación:
10/11/2014
Sanción:
30/10/2014
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DELITO
VISTO:
La Disposición 14/DGPSPD/10, Las Resoluciones 22/SSPDRC/13, 150/SSPDRC/14,
151/SSPDRC/14, El Decreto N° 660/11, el Decreto N° 376/11, el Decreto N° 396/12, el
Decreto N° 70/13, las Leyes N° 471, N ° 1777, N° 4007 y 2593;
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 4013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y mediante el Decreto N° 660/11 se aprobó la Estructura
Orgánica Funcional del Gobierno, creándose la Subsecretaría de Prevención del Delito
y Relaciones con la Comunidad;
Que por el mismo decreto se cambió la Denominación de la Dirección General
Políticas de Seguridad y Prevención del Delito por Dirección General Políticas de
Prevención del Delito dependiente de la Subsecretaría de Prevención del Delito y
Relaciones con la Comunidad;
Que la Ley N° 2.894 de Seguridad Pública de la Ciudad de Buenos Aires, en su
artículo 17, establece expresamente que "La participación comunitaria se efectiviza a
través de la actuación de los Foros de Seguridad Publica, que se constituyen mediante
una ley especial, como ámbitos de participación y colaboración entre la sociedad civil y
las autoridades para la canalización de demandas y la formulación de propuestas en
materia de seguridad pública";
Que dando cumplimiento a ese imperativo legal se dictó la Ley N° 4.007 por la que se
procedió a constituir y regular los Foros de Seguridad Pública (FOSEP);
Que el Decreto N° 70/13 estableció que la Coordinación de los Fosep funcionará en el
ámbito de la Subsecretaría de Prevención del Delito y Relaciones con la Comunidad y
tiene a su cargo la supervisión y coordinación de las actividades desarrolladas por los
Representantes del Ministerio de Justicia y Seguridad ante los Fosep;
Que la Resolución 150/SSPDRC/14 asignó la Coordinación de los Fosep a la
Dirección General Políticas de Prevención del Delito;
Que la Resolución 151/SSPDRC/14 asignó a los Operadores de Atención al Público a
la Dirección General Políticas de Prevención del Delito;
Que la ley 2593 establece que el Sistema de información para la prevención del Delito
y la violencia (Siprec) recaba información cualitativa y cuantitativa sobre delitos y
situaciones de violencia directamente de los vecinos a través de los Coordinadores
Comunitarios del plan de Prevención Comunitaria del Delito;
Que la Disposición 14/DGPSPD/10 estableció los requisitos, perfiles y manuales para
desempeñar la función de Operador Comunitario pero que dicha denominación se
contrapone a lo establecido en la ley 2593;
Que, mediante Decreto N° 396/GCBA/2012 se modifica el Decreto N° 660/GCBA/2011,
aprobándose una nueva estructura organizativa de la Dirección General de Políticas
de Prevención del Delito, junto con los correspondientes objetivos y responsabilidades
primarias;
Que las funciones establecidas por la ley 2593 y 4007 son complementarias por lo que
resulta de mayor eficacia, eficiencia y economía de recursos vincularlas en una misma
gerencia;
Que, la Dirección General de Políticas para la Prevención del Delito, entre sus
misiones y funciones, tiene la facultad de confeccionar y aprobar los Manuales de
Procedimientos Administrativos de las Gerencias Operativas de Relaciones con la
Comunidad; De Estadísticas sobre la Prevención del Delito; Políticas de Prevención
del Delito, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, todos los Manuales de Procedimientos, mencionados fueron elevados, a la
superioridad, para su evaluación y posterior aprobación;
Que, el suscripto en cumplimiento de sus misiones y funciones ha evaluado los
mencionados Manuales, a fin de darles correcta aprobación para dar cumplimiento a
los fines que la legislación vigente exige;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
Art. 1°.- Deróguese la Disposición 14/DGPSPD/10.
Art. 2°.- Asígnese la función de Coordinación de los Foros de Seguridad Pública
(FOSEP) a la Gerencia Operativa de Relaciones con la Comunidad.
Art. 3°.- Apruébese los requisitos y perfiles para desempeñar la función de
Coordinador Comunitario que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Art. 4°.- Apruébese el Manual de Normas y Procedimientos, y sus respectivos anexos,
de la Gerencia Operativa de Relaciones con la Comunidad de la Dirección General de
Políticas de Prevención del Delito dependiente de la Subsecretaria de Prevención del
Delito y Relaciones con la Comunidad, del Ministerio de Justicia y Seguridad del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo II forma parte
integrante de la presente.
Art. 5°.- Apruébese el Manual de Normas y Procedimiento Administrativo, y sus
respectivos anexos, de la Gerencia Operativa de Estadísticas sobre la Prevención del
Delito de la Dirección General de Políticas de Prevención del Delito dependiente de la
Subsecretaria de Prevención del Delito y Relaciones con la Comunidad, del Ministerio
de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
como Anexo III se adjunta a la presente.
Art. 6°.- Apruébese el Manual de Normas y Procedimiento Administrativo, y sus
respectivos anexos, de la Gerencia Operativa de Políticas de Prevención de la
Dirección General de Políticas de Prevención del Delito dependiente de la
Subsecretaria de Prevención del Delito y Relaciones con la Comunidad, del Ministerio
de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
como Anexo IV se adjunta a la presente.
Art. 7°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Prevención del Delito y Relaciones con la
Comunidad, a la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana, a la Dirección General
Políticas de Prevención del Delito, a la Secretaría de Gestión Comunal y Atención
Ciudadana y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de
Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. Ventura Barreiro