RESOLUCIÓN 878 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Síntesis:
PRORROGA LA RESOLUCIÓN 518-SSTRANS-15 - 90 DÍAS - ASIGNACIÓN DE DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN - AVENIDA CHIVILCOY - ENTRE CALLE TINOGASTA Y AVENIDA BEIRÓ - SENTIDO CIRCULATORIO - DOBLE MANO - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Publicación:
04/11/2015
Sanción:
30/10/2015
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
VISTO:
la Resolución N° 518/SSTRANS/2015; y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 518/SSTRANS/2015 se excluyó, con carácter experimental y
evaluativo, por el término de 90 días, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza
10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a las calles con sentido único de
circulación, a la Avenida Chivilcoy, entre la calle Tinogasta y la Avenida Beiró;
Que la medida adoptada favoreció la circulación vehicular en el sector aludido en el
considerando precedente, contribuyendo a mejorar las condiciones de la seguridad
vial, lo cual aconseja disponer la pertinente prórroga;
Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2 del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta
Subsecretaría por el Decreto N° 498- GCBA-200,
Artículo 1° - Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos la Resolución N°
518/SSTRANS/2015, y hasta tanto la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires se expida sobre la misma, relativa a la asignación de doble sentido de
circulación, a la Avenida Chivilcoy, entre la calle Tinogasta y la Avenida Beiró.
Artículo 2°: Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
de carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.
Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del
artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos
Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección
General de Planificación de la Movilidad para su conocimiento y notificación a la
Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana y a las Direcciones Generales del
Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte, de Tránsito y Transporte y
de Seguridad Vial. Cumplido, archívese. Dietrich