RESOLUCIÓN 1 2015 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
ACUERDA LA ACTUACIÓN CONJUNTA ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y EL MINISTERIO DE GOBIERNO PARA EL PROYECTO EDUCACIÓN ADULTOS 2000 - CAPACITACIÓN AL PERSONAL AFECTADO A TAREAS DE ASISTENCIA Y ATENCIÓN AL PÚBLICO - PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN - CASAS DE PROVINCIA - CIUDADES DE CÓRDOBA - ROSARIO - IMPLEMENTACIÓN - INSCRIPCIÓN ON LINE - PLATAFORMA VIRTUAL - EDUCACIÓN A DISTANCIA - TERMINAR LA SECUNDARIA - ADULTOS DOS MIL
Publicación:
11/11/2015
Sanción:
04/11/2015
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO:
El Expediente Electrónico N° 21.597.483/MGEYA-SSEE/15, y
CONSIDERANDO:
Que es de interés del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fomentar,
profundizar y afianzar el vínculo con los Estados Provinciales y Municipales;
Que en ese marco, la Ley N° 4.013, modificada por Ley N° 4.516, establece entre los
objetivos del Ministerio de Gobierno, el de coordinar y proponer las relaciones del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con los Estados Provinciales y los
Municipios, así como también intervenir en el diseño, implementación, coordinación y
superintendencia de las representaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en
las diferentes Provincias y regiones en las que se establecieren;
Que de conformidad con el Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, le compete a la
Subsecretaría de Asuntos Federales del Ministerio de Gobierno, la misión de coordinar
la apertura y el funcionamiento de dichas representaciones en otros distritos del país;
Que en sentido concordante, el citado Decreto asigna a la Dirección General Casas de
la Ciudad, dependiente de la mencionada Subsecretaría, la responsabilidad primaria
de diseñar y proponer la estrategia de apertura, servicios y funcionamiento de las
representaciones de la Ciudad de Buenos Aires a establecerse en diferentes
provincias y regiones del país;
Que a los fines de crear un nexo entre esta Ciudad y las provincias, oportunamente se
establecieron representaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en las
ciudades de Córdoba, Provincia de Córdoba, y Rosario, Provincia de Santa Fe, las
cuales encuentran entre sus funciones primarias la de atender las demandas del
público en general en diversas temáticas de consulta, brindando información, asesoría
y/o asistencia en la gestión de trámites vinculados con la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, así como también la de velar por el desarrollo, promoción y difusión de los
atractivos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en dichas jurisdicciones;
Que asimismo, la Ley de Ministerios N° 4.013 asigna al Ministerio de Educación la
función de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al
desarrollo individual y social;
Que en ese marco, la Subsecretaría de Equidad Educativa del Ministerio de Educación
tiene como objetivo brindar las herramientas necesarias para que familia y comunidad
puedan garantizar las condiciones mínimas de educabilidad de niños, niñas y
adolescentes en situación de vulnerabilidad social, constituyéndose en un punto de
partida equitativo para el acceso a una educación de calidad;
Que la Dirección General de Fortalecimiento de la Comunidad Educativa, dependiente
de la mencionada Subsecretaría, tiene como misión el mejoramiento de las
trayectorias escolares a partir de las herramientas que proveen sus Programas,
favoreciendo las condiciones de producción del conocimiento en las escuelas, el valor
del trabajo colectivo y la formación de ciudadanos críticos y participativos;
Que por medio de la Resolución CFE N° 12/07, el Consejo Federal de Educación
aprobó para la discusión un Acuerdo Marco para Educación a Distancia, conforme lo
establecido en el Reglamento de Funcionamiento aprobado por Resolución CFE N°
1/07;
Que mediante la Resolución CFE N° 32/07, dicho consejo aprobó el Acuerdo Marco de
Educación a Distancia para la Educación Primaria, Secundaria y Superior;
Que en el marco de lo expuesto, el Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires trabaja en la implementación federal del "Educación Adultos 2000" -el
cual fuere aprobado por Resolución N° 1536/SED/98 y cuyo Plan de Estudios
Bachillerato a Distancia fue implementado por Resoluciones Nros. 1386/SED/03,
823/SED/07, 6943/MEGC/08, 5518/MEGC/09 y 128/SSGECP/13-, con el fin de
aumentar el número de jóvenes y adultos que acceden y completan la educación
media, a efectos de lograr una mejora en las condiciones de empleo y de participación
social y cultural de la Nación;
Que con el objetivo de extender la posibilidad de acceso al programa a los jóvenes y
adultos de todo el país, a través de un sistema que permitiese facilitar la inscripción
con el fin agilizar el ingreso al mismo para poder completar su educación media a
distancia desde cualquier localidad, la Resolución N° 2363/MEGC/14, modificada por
la Resolución N° 2391/MEGC/14 incorporó al "Sistema de Inscripciones en Línea"
creado por Resolución N° 3337/MEGC/13, el Proyecto "Educación Adultos 2000";
Que de acuerdo a lo mencionado, se propone constituir a las mencionadas
representaciones en centros de apoyo del Proyecto en cuestión, asesorando y
asistiendo a los interesados, tanto en los procedimientos de inscripción al proyecto
como en el manejo de la plataforma virtual del programa;
Que en consecuencia, el Ministerio de Gobierno y el Ministerio de Educación
entienden conveniente acordar los términos de la colaboración mutua, a los fines de
mancomunar esfuerzos a favor de la Educación Pública;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1.- Acuérdase la actuación conjunta entre el Ministerio de Educación y el
Ministerio de Gobierno, a efectos de lograr la promoción y difusión del Proyecto
"Educación Adultos 2000", aprobado por Resolución N° 1536/SED/98, en las Ciudades
de Córdoba, Provincia de Córdoba y Rosario, Provincia de Santa Fe, así como
también para asesorar a los residentes de las mencionadas Ciudades en cuestiones
relativas a dicho Proyecto, de acuerdo a lo previsto en los artículos 2 y 3 de la
presente Resolución.
Artículo 2.- Encomiéndase a la Dirección General de Fortalecimiento de la Comunidad
Educativa, dependiente de la Subsecretaría de Equidad Educativa del Ministerio de
Educación, la capacitación del equipo de las Casas de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires sitas en las ciudades de Córdoba, Provincia de Córdoba y Rosario, Provincia de
Santa Fe, en las siguientes temáticas: Procedimientos de inscripción al Proyecto
Educación Adultos 2000" y Manejo de la plataforma Virtual necesaria para la
participación en dicho Proyecto.
Artículo 3.- Establécese que, efectuada la capacitación prevista en el artículo 2 de la
presente Resolución, las Casas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sitas en las
ciudades de Córdoba y Rosario, funcionarán como centros de apoyo del Proyecto
"Educación Adultos 2000", prestando asistencia al público en general en temas
relativos a la Inscripción en dicho Proyecto, así como también en la utilización de la
plataforma Virtual necesaria para la participación en el Proyecto.
Artículo 4.- Encomiéndase a la Dirección General Casas de la Ciudad de Buenos
Aires, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Federales del Ministerio de
Gobierno, la promoción y difusión del Proyecto "Educación Adultos 2000" a través de
las Casas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que funcionan en las ciudades de
Córdoba y Rosario.
Artículo 5.- Encomiéndase a las Direcciones Generales de Fortalecimiento de la
Comunidad Educativa, de la Subsecretaría de Equidad Educativa del Ministerio de
Educación, y de Casas de la Ciudad, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos
Federales del Ministerio de Gobierno, la planificación conjunta e implementación de las
actividades previstas en la presente Resolución.
Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, efectúense
las Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Dirección General Casas de la Ciudad,
dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Federales del Ministerio de Gobierno y a
la Dirección General de Fortalecimiento de la Comunidad Educativa, dependiente de la
Subsecretaría de Equidad Educativa del Ministerio de Educación del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase
a Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno.
Cumplido, archívese. Bullrich - Monzó