LEY 5378 2015
Síntesis:
INCORPORA EL INCISO D - AL ARTÍCULO 2 1 5 DEL CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - VEHÍCULOS QUE SE ENCUENTREN ESTACIONADOS EN VIOLACIÓN A LAS NORMAS - ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS - INFRACCIONES
Publicación:
12/11/2015
Sanción:
15/10/2015
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
09/11/2015
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Incorpórase como inciso d) al artículo 2.1.5 del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, manteniendo el último párrafo del
mismo, el siguiente texto: "d) Cuando un vehículo se encuentre estacionado en
violación a las normas citadas en el inciso a), la indicación de que el vehículo se
encuentra imposibilitado de circular por desperfectos mecánicos en espera de auxilio
impedirá su remoción sólo si su conductor permanece dentro del vehículo o en lugar
más próximo sobre la acera, ello sin perjuicio de la colocación de la señalización
reglamentaria."
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez