LEY 5378 2015

Síntesis:

INCORPORA EL INCISO D - AL ARTÍCULO 2 1 5 DEL CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - VEHÍCULOS QUE SE ENCUENTREN ESTACIONADOS EN VIOLACIÓN A LAS NORMAS - ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS - INFRACCIONES

Publicación:

12/11/2015

Sanción:

15/10/2015

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

09/11/2015

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Incorpórase como inciso d) al artículo 2.1.5 del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, manteniendo el último párrafo del

mismo, el siguiente texto: "d) Cuando un vehículo se encuentre estacionado en

violación a las normas citadas en el inciso a), la indicación de que el vehículo se

encuentra imposibilitado de circular por desperfectos mecánicos en espera de auxilio

impedirá su remoción sólo si su conductor permanece dentro del vehículo o en lugar

más próximo sobre la acera, ello sin perjuicio de la colocación de la señalización

reglamentaria."

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 5378, incorpora inciso d) al artículo 2.1.5 del Código de Tránsito y<br />Transporte, aprobado por Ley 2148.</p>
PROMULGADA POR