DISPOSICIÓN 396 2015 DIRECCION GENERAL DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA

Síntesis:

INSTITUCIONES DE NIVEL SECUNDARIO INCORPORADAS A LA ENSEÑANZA OFICIAL - PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS PARA LA INCLUSIÓN DE OTROS ESPACIOS CURRICULARES - ESCUELAS PRIVADAS - EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA - DISEÑOS CURRICULARES - CICLO BÁSICO - CICLO ORIENTADO - ESCUELA SECUNDARIA - FORMACIÓN GENERAL - FORMACIÓN ESPECÍFICA - PLAN DE ESTUDIOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA - CONDICIONES PARA LA INCORPORACIÓN DE LOS ESPACIOS CURRICULARES - AMPLIACIÓN DE HORAS CÁTEDRA SEMANALES MÍNIMAS - SEMINARIOS - PROYECTOS - PASANTÍAS - TUTORÍA - ORIENTACIÓN VOCACIONAL - CICLOS ORIENTADOS - TÍTULOS DOCENTES - FORMALIDADES Y PLAZOS RESOLUCION 2926-MEGC-2015 - APRUEBA CONDICIONES PARA LA INCORPORACION DE ESPACIOS CURRICULARES - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA

Publicación:

13/11/2015

Sanción:

23/10/2015

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA


VISTO:

La Ley N° 26.206, la Resolución N° 84-CFE/09, la Resolución N° 93-CFE/09, la

Resolución N° 2427-MEGC/15, Resolución 1597-MEGC/15 y las Resoluciones N° 321-

MEGC/15 y N° 1189-MEGC/15, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución N° 84-CFE/09 se establecen las orientaciones de las

ofertas educativas;

Que la Resolución N° 93-CFE/09 "Orientaciones para la Organización Pedagógica e

Institucional de la Educación Secundaria Obligatoria" establece que el desarrollo

curricular podrá presentar variantes según las posibilidades de las organizaciones

institucionales;

Que las mencionadas resoluciones establecen que los nuevos diseños curriculares

jurisdiccionales tendrán en cuenta la inclusión de variadas propuestas de enseñanza

que permitan a los estudiantes conocer y apropiarse de los saberes;

Que estas instancias podrán organizarse de distintos modos, con tiempos, espacios y

agrupamientos de alumnos alternativos;

Que por Resolución N° 321- MEGC/15 y su modificatoria N° 1189-MEGC/15 se

aprobaron los Diseños Curriculares y las estructuras curriculares para el Ciclo Básico y

el Ciclo Orientado de la Escuela Secundaria, con su correspondiente Formación

General y Formación Específica de cada una de las diversas Orientaciones;

Que la Resolución N° 2427/ MEGC/14 aprobó el documento denominado "Condiciones

para la Adecuación de la Grilla Curricular de Estructura Curricular de la Nueva Escuela

Secundaria";

Que la mencionada Resolución establece que los establecimientos educativos de nivel

secundario que lo necesitaran podrán, con diagnóstico y fundamentación

correspondiente, proponer adecuaciones a las Estructuras Curriculares aprobadas por

la Resoluciones N°. 321- MEGC/15 y N° 1189-MEGC/15, conforme los lineamientos y

condiciones aprobados;

Que la Resolución N° 1597-MEGC/15 aprueba las modalidades y condiciones de los

Trayectos Formativos en Lenguas Adicionales;

Que las propuestas de la ampliación de horas cátedra semanales que presenten las

instituciones educativas deberán fundamentarse en una adecuación a las necesidades

de aprendizaje de los estudiantes a partir de un diagnóstico específico y poner de

manifiesto las condiciones de factibilidad en consonancia con lo establecido en el

Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por Resolución N° 321-MEGC/2015 y N°

1189-MEGC/15;

Que la ampliación de horas cátedra semanales puede dar lugar a la creación de

nuevos espacios curriculares o a la extensión de los existentes, los que podrán tener

distintos formatos pedagógicos y variados modos de agrupamiento de alumnos;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA

DISPONE

Artículo 1°.- Las instituciones de nivel secundario incorporadas a la enseñanza oficial,

supervisadas por la Dirección General de Educación de Gestión Privada, podrán

presentar propuestas para la inclusión de otros espacios curriculares con ampliación

de hasta un 50% más de las 38 horas cátedra semanales mínimas establecidas por

las Resoluciones N° 321/MEGC/2015, N° 1189/MEGC/2015 y N° 2327/MEGC/2015.

Artículo 2°.- Los espacios curriculares que se incorporen formarán parte del Plan de

Estudios de la Institución Educativa como propuestas de carácter programático y,

como tales, serán elevados con las formalidades estipuladas y en los plazos previstos

según la Resolución N° 2926- MEGC/2015.

Artículo 3°.- Apruebansé las "Condiciones para la incorporación de los Espacios

Curriculares" que como anexo I (DI-2015-30107531-DGEGP) forma parte integrante d

la pres3nte disposición.

Artículo 4°.- La aprobación de dichas propuestas no implicará necesariamente el

reconocimiento económico de las mismas.

Artículo 5° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a la Dirección

Pedagógica y la Gerencia Operativa de Transferencia a Institutos para su notificación

a las Coordinaciones de Supervisión de Nivel Secundario, Técnico Pedagógica y de

Organización Escolar. Cumplido, archívese. Jauregui


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4764

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 396-DEGP-15 establece que las instituciones de nivel secundario incorporadas a la enseñanza oficial, supervisadas por la Dirección General de Educación de Gestión Privada, podrán presentar propuestas para la inclusión de otros espacios curriculares con ampliación de hasta un 50% más de las 38 horas cátedra semanales mínimas establecidas por la Resolución 321-ME-15.- Dicha norma modificada por las Resoluciones 1189-MEGC-2015 y 2327-MEGC-2015.-</p>