RESOLUCIÓN 276 2014 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Síntesis:
ACEPTA RENUNCIA - LEONARDO ANANÍA - SUBGERENTE OPERATIVO - SUBGERENCIA OPERATIVA DE PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA - DIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS AMBIENTALES - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
Publicación:
16/11/2015
Sanción:
17/06/2014
Organismo:
AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
VISTOS:
Las Leyes N° 2.628, el Decreto N° 509/GCBA/2013, la Resolución N° 228/APRA/14 y
235/APRA/14, el Expediente N° EX-2014- 07082987-MGEYA-DGTALAPRA y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, como una entidad autárquica en el ámbito del Ministerio
de Ambiente y Espacio Público;
Que esta Entidad Autárquica tiene como objeto la protección de la calidad ambiental a
través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para
cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;
Que asimismo de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la de creación de esta
Agencia debe ser administrada por un Presidente designado por el señor Jefe de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 509/GCBA/13 el Jefe de Gobierno de esta Ciudad designó al
suscripto como Presidente de la Agencia de Protección Ambiental (APRA);
Que conforme lo establecido por el artículo 8° inciso b) de la Ley N° 2628, es función
de esta Presidencia la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno y
administración de los recursos humanos de esta Agencia;
Que mediante la Resolución N° 228/APRA/14, se aprobó la Estructura Orgánica
Funcional de esta Agencia de Protección Ambiental como así también las
responsabilidades primarias de las diversas unidades organizativas;
Que en ese sentido por Resolución 235/APRA/14 se designó transitoriamente al Dr.
Leonardo Ananía (DNI N° 28.504.565; CUIL N° 20- 28504565-8) como Subgerente
Operativo de Producción más Limpia dependiente de la Dirección General de
Estrategias Ambientales de esta Agencia.
Que posteriormente el causante presentó su renuncia la que se incoporó a las
presentes actuaciones en el N° de Orden 2, la que por un error material involuntario
rectificó consignando su renuncia a partir del 5 de Junio de 2014,incorporada mediante
Informe N° IF-2014- 07198260;
Que sin perjuicio de ello, y por razones operativas y funcionales, por NO-2014-
07044148-DGEAMB rectificada por NO-2014-07207413- DGEAMB, y por NO-2014-
07071852-APRA rectificada por ME-2014-07208825-APRA el Director General de
Dirección General de Estrategias Ambientales y la Presidencia de esta Agencia
prestaron debida conformidad a la mentada solicitud.
Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y
Legal.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8° de la Ley N° 2.628 y
el Decreto N° 509/GCBA/13,
Artículo 1°.- Acéptase a partir del 5 de junio de 2014, la renuncia presentada por el Dr.
Leonardo Ananía (DNI N° 28.504.565; CUIL N° 20- 28504565-8) como Subgerente
Operativo de Producción más Limpia dependiente de la Dirección General de
Estrategias Ambientales de esta Agencia.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese y notifíquese a las interesadas, comuníquese a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y a
las Direcciones Generales dependientes de la Agencia de Protección Ambiental y para
su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa de Recursos
Humanos. Cumplido, archívese. Villalonga