RESOLUCIÓN 959 2015 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

SE APLICA LA BAJA OBLIGATORIA AL OFICIAL OSCAR ERNESTO JALIF

Publicación:

17/11/2015

Sanción:

10/11/2015

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO:

La Ley N° 2.947, el Decreto N° 36/11, la Resolución N° 162- PMCABA - 2012, el

Expediente N° 1289542/13 e Inc. y EE 2014-03830852-SICYPDP y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado de la Resolución N° 162- PMCABA - 2012, el Jefe de la

Policía Metropolitana, ordenó instruir sumario administrativo en el ámbito de la

Dirección de Control de Desempeño Profesional, con el objeto de esclarecer los

hechos y deslindar la responsabilidad que pudiere atríbuírsele al Oficial LP 1841 Oscar

Ernesto Jalif en los hechos ocurridos el día 17 de noviembre de 2012 en la Ciudad de

Tapalque, Pcia. de Buenos Aires; el cual tramita bajo el N° 140/12

Que en la misma Resolución, se dispuso el cambio de situación de revista de dicho

funcionario de servicio activo a servicio pasivo, ordenándose asimismo la

conformación de una junta médica en el ámbito de la Superintendencia de

Coordinación y Planificación del Desarrollo Policial con el objeto de dictaminar sobre la

situación psicofísica del Oficial sumariado;

Que el sumario se inició a raíz de actuaciones prevencionales remitidas por la

Comisaría de Tapalque, de la Provincia de Buenos Aires;

Que de las mismas surge que el día 17 de noviembre de 2012, el Oficial Jalif, fue

hallado por personal policial de la Comisaría Jurisdiccional, en una quinta de la zona

en estado de exaltación, con su torso desnudo, portando el arma reglamentaria en la

cintura, vociferando incoherentemente "no me maten, no me maten ( SIC) " ,

esgrimiendo que habían intentado robarle;

Que sin embargo, posteriormente el sumariado manifestó espontáneamente que nada

había ocurrido, que todo había sido una alucinación, producto del consumo de una

línea de clorhidrato de cocaína;

Que los hechos descriptos, además de haber sido relevados e informados por la

Estación Policía Comunal Tapalque de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, fue

corroborado por el informe del Hospital Italiano de fecha 17 de noviembre de 2012, el

que refiere, entre otros términos " paciente Jalif Oscar..., ingresa hace 2 horas con

cuadro de delirium aguda, aparentemente con sobredosis de cocaína, paciente

delirante, con alucinaciones visuales, paciente con antecedentes cardiológicos...

Paciente de 39 años que concurre a guardia central acompañado de sus familiares y

amigos por presentar descompensación psiquiátrica..";

Que habiendo tomado intervención la junta médica actuante en el ámbito de la

Superintendencia de Coordinación y Planificación del Desarrollo Policial, en fecha 9 de

enero de 2013, expuso que: "... No se encuentra en condiciones de portar armamento

... Actualmente con medicación psiquiátrica. ... se dictamina que el Oficial LP 1841

Jalif, Oscar Ernesto no se encuentra en condiciones de pertenecer a esta Institución

con estado policial".

Que sin perjuicio de la existencia de posteriores intervenciones de la Junta Médica

aludida, dicho Cuerpo Colegiado se reunió nuevamente en fecha en fecha 18 de

agosto de 2015, estableciendo:...3 Evaluación psicotécnica de agosto de 2015 en

donde la Lic. Dominguez informa que el Oficial no cuenta con las competencias

requeridas para el desempeño de la función policial con uso de armamento.- 4.- Dada

la entrevista realizada por esta Junta, y los informes de los profesionales

intervinientes, del Oficial LP 1841 Oscar Ernesto Jalif, no se encuentra apto para

realizar funciones policiales en la Institución, siendo de destacar que el trabajo como

oficial requiere de competencias específicas que el Oficial no reúne." Que el informe

mencionado fue notificado en la misma fecha al Oficial Jalif;

Que de conformidad a lo actuado, y considerando que el Oficial LP 1841 Jalif, Oscar

Ernesto, se encuentra revistando en situación de pasiva desde el día 10 de diciembre

de 2012, fecha de la Resolución N° 162 -PMCABA - 2012, y que los dictámenes de la

Junta Médica efectuados expresan, principalmente el último de ellos, de fecha 18 de

agosto de 2015, que el Oficial Jalif no se encuentra apto para realizar funciones

policiales en la Institución;

Que el art. 49 inc. d) de la Ley 2947, expresa que: " La baja obligatoria importa la

exclusión definitiva del personal y la consecuente pérdida de su estado policial .La

baja obligatoria será dispuesta en los siguientes casos: ... d) Cuando en los exámenes

psicofísicos periódicos surgiera una disminución grave de las aptitudes profesionales y

personales que le impidan el normal ejercicio de la función policial que le compete, y

no pudiere ser asignado a otro destino ni acogerse a los beneficios previsionales.";

Que asimismo tomando en cuenta que tampoco se pueden asignar tareas de índole

administrativa, el Organo de Control Externo propicia la aplicación del art.49 inc. d) de

la Ley 2947,

Que por todo lo expuesto y compartiendo el criterio propiciado por la Auditoría Externa

Policial, corresponde disponer la baja obligatoria del Oficial LP 1841 Oscar Ernesto

Jalif; de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 49° inciso d) del precitado plexo

normativo.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1.- Aplicar al Oficial LP 1841 Oscar Ernesto Jalif, la baja obligatoria de

conformidad con lo dispuesto en el Artículo 49 inc. d) de la Ley 2947.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese

al sumariado. Comuníquese a la Jefatura de la Policía Metropolitana, a la Dirección

General de Administración de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana.

Cumplido, archívese. Montenegro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 Decreto 420-19 desestima el recurso jerárquico interpuesto por Oscar Ernesto Jalif, contra términos Resolución 959-MJYSGC-15.</p>