RESOLUCIÓN 351 2002 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

 NORMA DEROGADA - APRUEBA LA CONSTRUCCIÓN DE UN BOLSÓN VEHICULAR SOBRE LA AV. JULIO ARGENTINO ROCA ENTRE LAS CALLES PIEDRAS Y CHACABUCO.

Publicación:

30/12/2002

Sanción:

18/12/2002

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto la Nota N° 3.902/DGTYT/02 relacionada con la construcción de un bolsón vehicular en la Av. Julio A. Roca entre Piedras y Chacabuco, y

CONSIDERANDO:

Que dicha medida se considera apropiada materializarla en la ubicación que se indica en Plano N° 6.955/20 02, que integra la presente, permitiendo la acumulación de los vehículos provenientes de la calle Piedras;

Que tal temperamento se fundamenta en permitir el cruce peatonal en ese sector, bajo adecuadas condiciones de seguridad y orden;

Que asimismo la medida propiciada aporta a la accesibilidad de personas con movilidad reducida a sectores aledaños al edificio ubicado en Av. J. A. Roca 782 donde funciona la Sede de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas;

Por ello ,

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1° Apruébase la construcción de un bolsón vehicular sobre la Av. J. A. Roca entre Piedras y Chacabuco, conforme se grafíca en el plano N° 6.955/02 que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Artículo 2° La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente y adecuado su señalamiento luminoso

Artículo 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Sede de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas, a la Policía Federal Argentina, al Ente de Mantenimiento Urbano Integral, a las Direcciones Generales de Obras Públicas, de Seguridad Vial, y para su conocimiento, notificaciones pertinentes y demás fines remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte. Cumplido archívese. Blot


ANEXOS


ANEXO I



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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Res. 157-SOYSP-03 Art.6 - Deja sin efecto los términos de la Res. 351-SSTYT-02