RESOLUCIÓN 636 2015 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

DEROGA RESOLUCIONES 4-SSLYT-98 - 65-SSLYT-01 - DEROGA RESOLUCIONES 4-SSLYT-98 Y 65-SSLYT-01 - PUBLICACIONES EN EL BOLETÍN OFICIAL - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - PLAZOS PARA REMISIÓN DE MATERIALES - HORARIO PARA EL SUMINISTRO DEL BOLETÍN OFICIAL

Publicación:

23/11/2015

Sanción:

19/11/2015

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

Las Leyes Nros. 2.739 y 4.013, el Decreto N° 964/08, las Resoluciones Nros.

4/SSLYT/98, 65/SSLYT/01, 138/SECLYT/08, 613/SECLYT/15 y 620/SECLYT/15, la

Disposición N° 6/DGCL/14 y el Expediente Electrónico N° 2015-33937260-MGEYA-

DGTAD, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 4/SSLYT/98 se determinaron aspectos relativos al

suministro, suscripción, venta y fotocopias del mencionado Boletín;

Que por medio de la Resolución 65/SSLYT/01 se establecieron pautas relativas a la

solicitud y publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en el marco de la política de modernización del estado y transparencia de los

actos de gobierno implementado por esta administración, a través de la Ley N° 2.739

se dispuso que la publicación del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires en el

sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma y

condiciones y con las garantías que estableciera la reglamentación, tiene carácter

oficial y auténtico, y produce iguales efectos jurídicos que su edición impresa;

Que posteriormente, por el Decreto N° 964/08 se determinó que el Boletín Oficial se

publica en edición electrónica y se difunde en el sitio web del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, correspondiéndole a la Secretaria Legal y Técnica la

organización y administración de su publicación y la implementación de su difusión;

Que en ese marco, por la Resolución N° 138/SECLYT/08 se aprobó el régimen de

publicación y las normas para la redacción de los actos a publicarse en el Boletín

Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y se expresó que su edición electrónica puede

ser consultada a través del sitio web oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, con acceso libre y gratuito a todos los documentos publicados;

Que, finalmente, por la Disposición N° 6/DGCL/14 se estabilizaron y aprobaron los

modelos de los documentos para publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires y se determinaron los requisitos para la publicación de edictos particulares en el

indicado Boletín;

Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires contemplándose entre las Secretarías del Poder Ejecutivo,

a la Secretaría Legal y Técnica;

Que conforme el artículo 29 de la citada ley, le corresponde a la Secretaría Legal y

Técnica asistir al Jefe de Gobierno en todo lo inherente a sus competencias de

acuerdo a los objetivos allí enunciados, entre el que se encuentra "Administrar la

publicación del Boletín Oficial e implementar su difusión por los medios oficiales de

comunicación";

Que, en virtud de la normativa reseñada, por la Resolución N° 613/SECLYT/15 se

derogaron las Resoluciones Nros. 4/SSLYT/98 y 65/SSLYT/01,

Que, finalmente, por Resolución N° 620/SECLYT/15 se dejo sin efecto la Resolución

N° 613/SECLYT/15 en virtud del error material involuntario incurrido en su motivación;

Que en consecuencia, resulta necesario derogar las Resoluciones Nros. 4/SSLYT/98 y

65/SSLYT/01.

Por ello en uso de facultades conferidas,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Derógase la Resolución N° 4/SSLYT/98.

Artículo 2°.- Derógase la Resolución N° 65/SSLYT/01.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder

Ejecutivo, a las reparticiones de rango o nivel equivalente, a la Procuración General de

la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a

los Organismos Descentralizados y a los Organismos Fuera de Nivel del Gobierno de

la Ciudad de Buenos Aires y, para la prosecución de su trámite, remítase a la

Dirección General de Coordinación Legal. Cumplido. Archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Art. 2 de la Resolución 636-SECLYT-15 deroga Resolución 65-SSLYT-01.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 636-SECLYT-15 deroga la Resolución 4-SSLYT-98.</p>