DECRETO 518 1994

Síntesis:

REGISTRA EL ACTA DE TOMA DE POSESIÓN SUSCRIPTA ENTRE LA M.C.B.A.. EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIO5 PÚBLICOS Y METROVIAS S.A.

Publicación:

01/07/1994

Sanción:

22/04/1994

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Buenos Aires, 22 de abril de 1994.

Visto el Acta de toma de posesión de fecha 28 de diciembre dé 1993, suscripta entre la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, el Ministerio de Obras y Servicios Públicos y Metrovías S,A. (en formación), y

CONSlDERANDO:

Que mediante dicho instrumento las partes han tratado cuestiones de interés común, en relación a lo previsto en el artículo 22 del Contrato de Concesión, aprobado por Decreto N° 2.608 de fecha 22 de diciembre de 1993;

Que en el marco del precitado artículo, Metrovías S.A. (en formación), comunicó al Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y a la Comuna su decisión de tomar posesión del Grupo de Servicios Concedidos (Grupo 3-S.B.A.S.E.), el día 1° de enero de 1994;

Que, asimismo, S.B.A.S.E. y Ferrocarriles Metropolitanos, por una parte, y Metrovías S. A., por la otra, han convenido oportunamente e instrumentado los actos necesarios para transferir al concesionario los bienes afectados a la concesión y los contratos cuya transferencia se encuentra prevista en el artículo 10 del contrato respectivo;

Que el concesionario más arriba nombrado, incorporará a su planta de personal, a partir de la fecha de toma de posesión de la concesión, el personal de S.B.A.S.E. y FE.ME.SA., conforme las nóminas que ya fueran comunicadas a estas últimas;

Que Metrovías S.A. (en formación), ha presentado la póliza de seguro de responsabilidad civil y la póliza de seguro de responsabilidad civil y la póliza de accidentes de trabajo, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación y en el Contrato de la Concesión;

Que el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, por medio del representante de Ferrocarriles Metropolitanos S.A., hará entrega al concesionario, en el acto formal a realizarse a las 7 horas del día 1° de enero de 1994, de los bienes afectados a la concesión de los contratos comprendidos en el artículo 10 del Contrato de Concesión, perteneciente a FE.ME.SA.

Que la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, por intermedio del representante de S.B.A.S.E., hará entrega al concesionario en el acto formal, a realizarse a las 8 horas del día 1° de enero de 1994, de los bienes afectados a la concesión pertenecientes a S.B.A.S.E. Y cesión de los contratos suscriptos por dicha empresa, comprendido en el artículo 10 del mencionado Contrato de Concesión.

Que de dichos actos formales se labrarán las correspondientes actas, las que serán suscriptas por los representantes del concedente y del concesionario, y que se anexarán posteriormente al Acta de toma de posesión mencionado más arriba, juntamente con las respectivas nóminas de personal de S.B.A.S.E. Y FE.ME.SA., que Metrovías (en formación) incorporará a su planta;

Que la toma de posesión del grupo de servicios concedidos tendrá pleno efecto entre las partes a partir de la firma de las actas referidas en el párrafo anterior;

Que por todo ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 31, inciso a) de la Ley Orgánica Municipal N° 19.987,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

Artículo 1° - Regístrese el Acta de toma de posesión suscripta con fecha 28 de diciembre de 1993 entre la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y Metrovías S.A. (en formación), que forma parte del presente como Anexo I.

Art. 2° - El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas y por la señora Secretaría de Producción y Servicios.

Art. 3° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Producción y Servicios y a la empresa Subterráneos de Buenos Aires S.E.


ANEXOS

ACTA DE TOMA DE POSESION

En la ciudad de Buenos Aires, a los 28 días del mes de diciembre de 1993, el Estado Nacional, Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, en adelante el Concedente, representado por el señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos, doctor Domingo Felipe Cavallo, quien fija domicilio en Hipólito Yrigoyen 250, Capital Federal, y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, representada por el señor Intendente Municipal, doctor Saúl Bouer, con domicilio en Avenida de Mayo 567, capital Federal, por una parte, y por la otra, Metrovías S.A. (en formación), en adelante el Concesionario, representada por su Presidente, señor Sergio Claudio Cirigliano, quien fija domicilio en Leandro N. Alem 1050, piso 9°, Capital Federal, se reúnen con el objeto previsto en el artículo 22 del Contrato de Concesión, aprobado por el Decreto N° 2.608 de fecha 22 de diciembre de 1993, y consideran:

- Que en el marco del precitado artículo 22 del Contrato de Concesión, el Concesionario ha comunicado formalmente al Concedente su decisión de tomar posesión del Grupo de Servicio Concedido (Grupo 3-S.B.A.S.E., Línea Urquiza), el día 1° de enero de 1994;

- Que el Concesionario, por una parte, y Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (S.B.A.S.E.) y Ferrocarriles Metropolitanos S.A. (FE.ME.S.A), por. la otra,. han convenido e instrumentado los actos necesarios para transferir al Concesionario: a) . los bienes afectados a la

concesión y b) los contratos, cuya transferencia está prevista en el artículo 10 del Contrato. de Concesión.

- Que el Concesionario ha comunicado formalmente al Concedente las respectivas nóminas de personal de S.B.A.S.E. y de FE.ME.S.A., que Incorporará a su planta de personal a partir de la fecha da toma de posesión de la concesión.

- Que el Concesionario ha presentado la póliza de seguro de responsabilidad civil, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18.2 (primero y segundo párrafos) del Contrato de Concesión; y también la póliza de accidentes de · trabajo de · conformidad con lo establecido en los artículos v 38.3 del Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación. y 18:3 del Contrato, de la Concesión.

Por ello, con motivo del acto de toma de posesión de la concesión, se suscribe la presente Acta en los siguientes términos:

1. El Concedente formaliza en la fecha y hora indicadas en los puntos 2 y 3 de la presente, la entrega, para su recepción por el Concesionario, de la posesión del Grupo de Servicios Concedido, integrado por los servicios de transporte de pasajeros de Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado y de la Línea Urquiza de Ferrocarriles Metropolitanos S.A., para su explotación por concesión con el alcance y delimitación especificados en el Contrato de Concesión.

2. El Concedente, por intermedio de Ferrocarril ·a Metropolitanos S.A., representada por su Presidente Ingeniero Luis A. Laguinge, hará entrega al Concesionario, en acto formal a realizarse a las siete (7) horas del día 1° de enero de 1994, de los bienes afectados a la Concesión pertenecientes a Ferrocarriles Metropolitanos S. A.; y cesión de los contratos comprendidos en el artículo 10 del Contrato de Concesión.

3. El Concedente, por intermedio de Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado, representada por su Presidente ingeniero Jorge Andrade, hará entrega al Concesionario, en , acto formal a realizarse a las ocho (8) horas del día 1° de enero de 1984, de los bienes afectados a la Concesión pertenecientes a Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado; y cesión de los contratos suscriptos por dicha Empresa, comprendidos en el artículo 10 del Contrato de Concesión.

4. De los actos formales a realizarse según lo expresado en los puntos 2 y 3 de la presente, se labrarán las respectivas actas, las cuales, suscriptas por los representantes del Concedente y del Concesionario, se anexarán a la presente para formar parte de ella.

5. El Concedente y el Concesionario acuerdan anexar a la presente Acta, para que formen parte de ella, las respectivas nóminas de personal de S.B.A.S.E. y de FE.ME.SA. que el Concesionario incorporará a su planta de personal a partir del día de la Toma de Posesión.

6. La Toma de Posesión del Grupo de Servicios Concedido tendrá pleno afecto entre las partes, a partir de la firma de las actas referidas en los . puntos 2 y 3 de la presente.

En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor en el lugar y, fecha indicados en el Inciso de la presente Acta.

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