DECRETO NACIONAL 2608 1993

Síntesis:

PRIVATIZACIONES. SERVICIOS FERROVIARIOS DE PASAJEROS DE SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES S.E. Y LINEA GENERAL URQUIZA DE FERROCARRILES METROPOLITANOS S.A.

Publicación:

12/01/1994

Sanción:

22/12/1993

Organismo:

PODER EJECUTIVO NACIONAL


VISTO

el Expediente N.438/93 y agregado sin acumular el Expediente N605/93, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS YSERVICIOS PUBLICOS - SECRETARIA DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO

Que por Decreto N.1143 de fecha 14 de junio de 1991 seestableció el marco normativo para el otorgamiento de las concesiones de explotación de los servicios ferroviarios de pasajeros -de superficie y subterráneos- del AREA METROPOLITANA DEBUENOS AIRES, mediante el procedimiento de licitación pública.

Que por Resolución MEyOySP N.1456 de fecha 13 de noviembre de1991 fue aprobado el Pliego de Bases y Condiciones Generales a regir en las Licitaciones Públicas de Carácter Nacional e Internacional para la Concesión de la Explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros comprendidos en el Decreto N.1143/91,clasificados en SIETE (7) grupos, entre éstos el Grupo de Servicios 3 correspondiente a los servicios de SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO juntamente con los de la Línea URQUIZA de FERROCARRILES METROPOLITANOS S.A.

Que por Resolución MEyOySP N.134 del 29 de enero de 1992 fueron aprobadas las Condiciones Particulares de la Licitación Pública para la Concesión de la Explotación del Grupo de Servicios 3 (SBASE - Línea URQUIZA).

Que mediante Resolución MEyOySP N.884 del 21 de julio de 1992 se declaró calificado en los términos del Artículo 22.2 (Sobre N.1) del citado Pliego de Bases y Condiciones Generales, al oferente BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. - COMETRANS S.A. - BURLINGTON NORTHERN RAILROAD CO. - MORRISON KNUDSEN CORPORATION, INC - S.K.S. S.A.C.CI.F.A. y M.; y por Resolución MEyOySP N.1248 del 3 de noviembre de1992 también se lo declaró calificado, esta vez en los términosdel artículo 22.3 (Sobre N.2-A) del mismo Pliego de Bases y Condiciones Generales.

Que posteriormente, por Resolución MEyOySP N.118 del 27 de enero de 1993, en base a la oferta financiera contenida en el correspondiente Sobre N.2-B, se designó preadjudicatario en la Licitación de que se trata al citado oferente BENITO ROGGIO EHIJOS S.A. - COMETRANS S.A. - BURLINGTON NORTHERN RAILROAD CO. -MORRISON KNUDSEN CORPORATION, INC - S.K.S. S.A.C.C.I.F.A. y M.; y por Resolución MEyOySP N.1386 de fecha 18 de noviembre de 1993, culminando el proceso licitatario, se adjudicó al mismo la concesión de la explotación de los servicios ferroviarios depasajeros de SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO conjuntamente con los de la Línea URQUIZA de FERROCARRILES METROPOLITANOS S.A. (FE.ME.SA.), aprobándose al mismo tiempo el proyecto de acta constitutiva y de estatuto de la sociedad anónima concesionaria.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete, y la COMISION BICAMERAL DE REFORMA DEL ESTADO -LEY23.696- ha tomado conocimiento de lo actuado.

Que dentro del término previsto por el artículo 26.1. del Pliego De Bases y Condiciones Generales de la licitación, el adjudicatario dio cumplimiento a su obligación de constituirse bajo la forma de sociedad anónima, de acuerdo a lo establecido en la Ley N.19.550 (T.O. 1984), con el nombre de "METROVIAS S.A.", y con constancia de haber iniciado los trámites de inscripción correspondientes.

Que con fecha 25 de noviembre de 1993 fue suscripto el respectivo Contrato de Concesión y sus Anexos, por el señor MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en representación del ESTADO NACIONAL y la firma METROVIAS S.A. (en formación).

Que corresponde, en consecuencia, la aprobación del Contrato de Concesión que ha sido suscripto ad-referendum del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que en atención a las disposiciones del artículo 26.4 del Pliego de Bases y Condiciones Generales de la licitación, procede otorgarla exención prevista por el artículo 31 de la Ley N.19.550 (T.O.1984).

Que el servicio de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado en estas actuaciones la intervención que le compete.

Que el pronunciamiento respectivo encuadra en las atribucionesdel artículo 86, inciso 1, de la Constitución Nacional y en la Ley N° 23.696.

Art. 1: Apruébase todo lo actuado por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS con motivo de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de la Explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros de SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO juntamente con los de la Línea URQUIZA de FERROCARRILES METROPOLITANOS S.A.

Art. 2: Apruébase el Contrato de Concesión y sus Anexos suscripto por el señor MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS con METROVIAS S.A. (en formación) que como Anexo forma parte integrante del presente decreto.

Art. 3: Las firmas adjudicatarias no estarán sujetas al límite establecido por el Artículo 31, primer párrafo, de la Ley N.19.550(T.O. 1984) y sus modificaciones.

Art. 4: Facúltase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS para efectuar las interpretaciones, aclaraciones y modificaciones que sea necesario efectuar al Contrato de Concesión que se aprueba por el presente Decreto.

Art. 5: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Res.92-EURSP-07 sanciona a Metrovías, licitación adjudicada por Dto Nac. 2608-93.
INTEGRADA POR
Art 2 de la Res 98-ERSP-11 sanciona con multa a Metrovías, adjudicataria según Dto Nac 2608-93
REFERENCIADA POR
INTEGRA
Dto. Nacional 2608-93 adjudica la licitación llamada por Dto. Nac. 1143-PEN-91
INTEGRADA POR
Res. 47-EURSP-04 integra Dto. Nac. 2608-93 - Instrucción de sumario.
INTEGRADA POR
Res. 114-EURSP-06 sanciona a Metrovías, licitación adjudicada por Dto Nac. 2608-93