DECRETO 337 2015

Síntesis:

DECLARA ADQUIRIDO POR EL GOBIERNO DE LA CIUDAD  DE BUENOS AIRES EL DOMINIO DEL INMUEBLE SITO EN CALLE JUFRÉ 51-53 - AUTORIZACIÓN A LA ESCRIBANÍA GENERAL A OTORGAR LA ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO - LOBIEL SRL -   SUBASTA PÚBLICA - LEY 4481 - LEY 4804

Publicación:

30/11/2015

Sanción:

25/11/2015

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 351, 4.481 y 4.804, el Expediente Electrónico N° 6.125.105/DGAB/15,

y

CONSIDERANDO:

Que, por las actuaciones citadas en el Visto tramita la regularización de la situación

dominial del predio sito en la calle Jufré N° 51/53 identificado catastralmente como

Circunscripción 18, Sección 31, Manzana 72, Parcela 16, que se encuentra inscripto

en la Matrícula FRE: 18-10556 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital

Federal;

Que dicho inmueble corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como

continuadora de la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, por haberlo

adquirido por avenimiento expropiatorio establecido por la Ordenanza N° 33.349 e

instrumentado por la Escritura N° 84 de fecha 13 de marzo de 1979, inscripta en el

Registro precedentemente citado;

Que a raíz de la expropiación referida, la entonces Municipalidad de la Ciudad de

Buenos Aires tomó posesión del inmueble el día 23 de octubre de 1979;

Que posteriormente por la Ley N° 4.481, complementada por Ley N° 4.804, se autorizó

al Poder Ejecutivo a vender el inmueble aludido, el cual, habiéndose subastado

públicamente el 27 de marzo de 2015, fue adjudicado a la firma LOBIEL S.R.L. en su

carácter de Comprador, suscribiéndose entre las partes el correspondiente Boleto de

Compraventa;

Que encomendada la escritura traslativa de dominio a favor del Comprador, se advirtió

la existencia de un defecto en el título antecedente;

Que, teniendo en cuenta la toma de posesión del inmueble por parte de la entonces

Municipalidad y, de acuerdo a lo manifestado por la Dirección General de

Administración de Bienes del Ministerio de Desarrollo Económico, se encuentran

acreditados los requisitos exigidos por el artículo 4° de la Ley N° 351 en cuanto a los

actos posesorios ejercidos de buena fe, en forma pacífica e ininterrumpida por el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, exteriorizándose así el ánimo de

dominio exigido;

Que, en orden a lo expuesto, a fin de salvar el defecto en el título antecedente y a

posteriori otorgar la correspondiente escritura a la firma LOBIEL S.R.L., corresponde

declarar adquirido el dominio del inmueble de la calle Jufré N° 51/53 a favor del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los términos de la Ley N° 351;

Que, a los fines descriptos, resulta necesario autorizar a la Dirección General de

Escribanía General a realizar todas las acciones tendientes para regularizar la

situación dominial del inmueble;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

debida intervención conforme lo establece la Ley N° 1.218.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Declárase adquirido por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires el dominio, de conformidad a lo prescripto por la Ley N° 351, del inmueble sito en

la calle Jufré N° 51/53 identificado catastralmente como Circunscripción 18, Sección

31, Manzana 72, Parcela 16 e inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo

la Matrícula FRE: 18-10556.

Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General dependiente de la

Secretaría Legal y Técnica a instrumentar la declaratoria de dominio a favor del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con respecto al inmueble

mencionado en el artículo 1°, mediante escritura pública y/o documento administrativo

e inscribirlo en el Registro de la Propiedad Inmueble.

Artículo 3°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General dependiente de la

Secretaría Legal y Técnica a realizar los trámites pertinentes a fin de otorgar la

escritura traslativa de dominio del mencionado inmueble a favor de LOBIEL S.R.L.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo

Económico y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General Administración de Bienes del Ministerio de

Desarrollo Económico, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección

General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese.

MACRI - Cabrera - Rodríguez Larreta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 del Decreto 337-15 declara adquirido por el Gobierno el dominio, de conformidad a lo prescripto por la Ley 351, del inmueble sito en la calle Jufré 51-53, cuya venta autorizara la Ley 4481, mediante su Art. 1 y Anexo 3.</p>