RESOLUCIÓN 960 2015 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

PRORROGA LA RESOLUCIÓN 627-SSTRANS-15 -  DENOMINA PRIORIDAD PEATÓN -   A DIVERSOS TRAMOS DE ARTERIAS DEL MICRO Y MACROCENTRO - MAIPÚ - CHACABUCO - TENIENTE GENERAL JUAN DOMINGO PERÓN - BOLÍVAR - PERÚ - ALSINA - MORENO - 25 DE MAYO - RECONQUISTA - SAN MARTÍN - SUIPACHA - TACUARÍ - BARTOLOMÉ MITRE - SARMIENTO - TRES SARGENTOS - MARCELO T DE ALVEAR - RICARDO ROJAS - ESMERALDA - PIEDRAS - VELOCIDAD MÁXIMA 10 KM -PH  - ASIGNACIÓN DE SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - MANO ÚNICA - PROHIBICIÓN DE ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS - TRÁNSITO

Publicación:

01/12/2015

Sanción:

25/11/2015

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

la Resolución N° 627/GCABA/SSTRANS/15; y

CONSIDERANDO

Que por la Resolución N° 627/GCABA/SSTRANS/15 se denominó ¨Prioridad Peatón¨,

con carácter experimental y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos a

partir de su vigencia a diversos tramos de arterias del micro y macrocentro,

estableciéndose como velocidad máxima 10 Km/h con carácter experimental y

evaluativo, por el término indicado precedentemente, en dichos tramos de arterias, y

prohibiéndose el estacionamiento general de vehículos las 24 horas junto a ambas

aceras con carácter experimental y evaluativo, por igual lapso en las arterias

denominadas ¨Prioridad Peatón;

Que la medida adoptada favoreció la circulación vehicular en el sector aludido en el

considerando primero, contribuyendo a mejorar las condiciones de la seguridad vial, lo

cual aconseja disponer la pertinente prórroga;

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta

Subsecretaría por el Decreto N° 498- GCBA-2008 (B.O.C.B.A. N° 2926),

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos, y hasta tanto la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se expida, la Resolución N°

627/GCABA/SSTRANS/15.

Artículo 2°.- Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que

de carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, dentro del

término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del artículo 1.2.3

del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos,

comuníquese a la Subsecretaría de Transporte, remítase a la Dirección General de

Planificación de la Movilidad para su conocimiento y a la Policía Federal Argentina,

Policía Metropolitana y a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control

del Tránsito y el Transporte, de Tránsito y Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido,

continúese con el trámite indicado en el artículo anterior. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 960-SSTRANS-15, prorroga por el término de 90 días corridos, la Resolución 627-SSTRANS-15.</p>