RESOLUCIÓN 488 2001 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

OTÓRGASE A LA EMPRESA COMSAT ARGENTINA S.A. PLAN DE FACILIDADES DE PAGO CON RESPECTO A LA DEUDA QUE MANTIENE CON EL G.C.B.A.

Publicación:

14/08/2001

Sanción:

08/08/2001

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto el Registro 1.539-DGICA-2001, por el cual la empresa Comsat Argentina S.A. presenta solicitud de acogimiento a un plan de facilidades de pago en el marco de los beneficios otorgados por la Resolución N° 2.034-SHyF-2000, y

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario disponer las medidas tendientes para que la empresa Comsat Argentina S.A. regularice la deuda contraída con el GCBA por derechos impagos para las tareas de apertura de la Vía Pública desarrolladas durante el año 2000;

Que dicha empresa ha manifestado su voluntad de eliminar la deuda contraída con el GCBA acogiéndose al plan de financiación estipulado por la Resolución N° 2.034-SHyF-2000 ;

Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos constituye la autoridad de aplicación de la Resolución N° 2.034-SHyF-2000, según su artículo 7°;

Que resulta necesario emitir la norma legal correspondiente;

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Otórgase a la empresa Comsat Argentina S.A. un plan de facilidades de 60 cuotas iguales mensuales y consecutivas con mas un interés del 1% mensual en carácter de financiación, para la regularización del total de la deuda que esa empresa contrajo con el GCBA, la cual asciende a un total de $ 99.687,17 según el detalle que se expone en ANEXO I, y comprende el total de las diferencias generadas durante el año 2000 (meses de Septiembre, Octubre, Noviembre, Diciembre y Canon anual 2000).

Artículo 2° - La cuota que resulta del cálculo que se expone en ANEXO II, se fija en $ 2.217,49 (pesos dos mil doscientos diecisiete con cuarenta y nueve ctvs.) y deberá ser abonada por la empresa Comsat Argentina S.A. del día 1 al día 10 de cada uno de los meses posteriores a la fecha de presentación o si aquel no lo fuera el día hábil siguiente y presentarse luego el comprobante de pago correspondiente en la DGICA.

Artículo 3° - El procedimiento a seguir ante la falta de pago o pago realizado fuera de término se regirá por lo determinado en la Resolución N° 2.034-SHyF-2000 (Arts. 5° y 6°).

Artículo 4° - Con la firma de la presente, se autoriza la concesión de nuevos permisos de apertura a la empresa Comsat Argentina S.A., en tanto no se incumpla con lo por ella estipulado.

Artículo 5° - La empresa deberá abonar simultáneamente con la cuota estipulada en el artículo 2°, los montos liquidados en concepto de aperturas que se ejecuten durante el presente periodo en su totalidad, aclarándose que los montos adeudados para el año 2001 según la Ley Tarifaria N° 540, anteriores a la firma de la presente, serán regularizados oportunamente cuando exista un mecanismo similar a aplicar para el corriente año.

Artículo 6° - Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; remítase para conocimiento de la empresa Comsat Argentina S.A. y aplicación a la DGICA; Cumplido archívese. Fatala


ANEXOS

Ver archivo 1

Ver archivo 2

Ver archivo 3

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Aplicación del plan de pagos creado por la Res. 2034-SHYF-00.