LEY NACIONAL 27092 2014
Síntesis:
DIA NACIONAL DE LA NO VIOLENCIA
Publicación:
11/02/2015
Sanción:
16/12/2014
Organismo:
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Promulgación:
28/11/2015
ARTÍCULO 1° - Institúyese el 2 de octubre de cada año como Día Nacional de la No Violencia.
ARTÍCULO 2° - El Ministerio de Educación de la Nación, en el marco del Consejo Federal de Educación, promoverá la incorporación de la fecha mencionada en el artículo precedente en el calendario escolar e implementará actividades tendientes a difundir entre los alumnos el conocimiento y significado de la conmemoración.
ARTÍCULO 3° - Invítase a las jurisdicciones educativas provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a esta ley a los mismos efectos dispuestos en el artículo 2°.
ARTÍCULO 4° - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.