RESOLUCIÓN 217 2015 FISCALÍA GENERAL

Síntesis:

MODIFICA LA ASIGNACIÓN DE COMISARÍAS PREVISTA EN LA RESOLUCIÓN 332-FG-12 - REASIGNA COMPETENCIAS - POLICÍA FEDERAL - METROPOLITANA - UNIDADES FISCALES - ESTE - OESTE - NORTE - SUR - ACTUALIZA ÁMBITO TERRITORIAL DE ACTUACIÓN DE LAS FISCALÍAS -  CASOS PENALES Y CONTRAVENCIONALES - FISCAL GENERAL - ENCOMIENDA A LA DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA LA REALIZACIÓN DE LAS MODIFICACIONES NECESARIAS EN EL SISTEMA INFORMÁTICO KIWI - DELEGAR EN LA FISCALIA GENERAL ADJUNTA EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS MODIFICACIONES FUTURAS - COMUNICAR AL DEFENSOR GENERAL - ASESORA GENERAL TUTELAR - PRESIDENCIA DE LA CAMARAL EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS - PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - JEFES POLICIA FEDERAL ARGENTINA - POLICIA METROPOLITANA - GENDARMERIA NACIONAL - PREFECTURA NAVAL - POLICIA SEGURIDAD AEROPORTUARIA - APARTIR 1RO ENERO 2016

Publicación:

16/12/2015

Sanción:

11/12/2015

Organismo:

FISCALÍA GENERAL


VISTO:

Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

las facultades previstas en la Ley N° 1903 -texto conforme Ley N° 4891-, las

Resoluciones FG N° 332/2012; 189/2015 y 201/2015,

Y CONSIDERANDO,

Que la Res.FG 332/2012, que entró en vigencia el 1 de enero de 2013, tuvo por objeto

distribuir territorialmente el Ministerio Público Fiscal en cinco zonas y ajustar con

equidad la asignación de la carga de trabajo en cada una, incluída la proveniente de

las comisarías, sobre la base del promedio de casos ingresados durante el período

2009-2011. La intervención territorial de las restantes fuerzas de seguridad se

determinó por el lugar de su actuación, conforme el mapa de zonas que finalmente fue

establecido.

En aquella oportunidad, se tomaron como referencia los ingresos que computaban el

dato referido a alguna de las cincuenta y tres comisarías de la Policía Federal,

quedando excluidos del universo de casos válidos al efecto aquellos sin datos e

ingresados por intervención de la Policía Metropolitana, Policía Aeronáutica,

Prefectura Naval Argentina y otras divisiones.

Se previó la asignación del 22% de los ingresos penales y contravencionales a las

unidades fiscales Norte, Sur y Oeste, con 8 Fiscalías cada una; un 19% a la Unidad

Fiscal Este, con 7 Fiscalías y un 14% a la Unidad Fiscal Sudeste, que cuenta con 5

Fiscalías con competencia en materia Penal y Contravencional y cuatro especializadas

en materia Penal Tributario, delitos y contravenciones ambientales e intervención en

los procesos de Faltas.

Transcurridos tres años de la implementación de aquel esquema, corresponde su

revisión por surgir la necesidad de realizar ajustes, en virtud de la variación porcentual

en el ingreso de casos, las modificaciones en el sistema de asignación de los turnos,

la actualización de los procesos administrativos y de apoyo a la gestión judicial

operada desde entonces.

Al respecto, cabe considerar que en el volumen total de ingreso de casos al Ministerio

Público Fiscal no se observan variaciones significativas en los últimos tres años,

pasando de 57.000 en el año 2012 a 55.000 en el año 2014, siendo la composición de

este último, de 44% en materia penal y 56% en materia contravencional1.

En cuanto al ingreso a cada una de las cinco zonas, se observa un desvío

considerable respecto de la previsión original, que genera en la actualidad un

desequilibrio por Unidad Fiscal y en consecuencia una disparidad inadecuada en la

carga de trabajo.

Conforme los datos que surgen de los anuarios estadísticos de 2013 y 2014,

correspondientes al Fuero Penal, Contravencional y de Faltas, del Consejo de la

Magistratura local, que incluyen un detalle de ingresos al Ministerio Público Fiscal por

comisarías, la Unidad Fiscal Norte recibió mayor cantidad de ingresos que los

originalmente previstos, llegando en el año 2014 al alcanzar el 30%, es decir un ocho

por ciento más de lo orginalmente previsto para esa zona.

Por su parte, en las unidades fiscales Sudeste y Oeste se advierte una disminución de

los ingresos en relación al porcentaje originalmente previsto -14 y 22%- pasando al 12

y 17%, respectivamente, en el año 2014.

Las unidades fiscales Este y Sur son las que se han mantenido en un nivel similar al

originalmente previsto en la asignación llevada a cabo.

En la tabla que puede verse a continuación, se observa la previsión original de

ingresos penales y contravencionales, dispuesta en la Res.FG 332/12 y el impacto de

la variación por los ingresos de los años 2013 y 2014. En el caso de las cuatro

fiscalías que integran la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, mantuvieron

hasta ahora el 100% de los ingresos de casos correspondientes a su especialidad.

Ver archivo 1

El ingreso de casos a las fiscalías se determina, además, conforme el sistema de

turnos vigente y los criterios de asignación o pase para investigación y juicio que rigen

la actuación de las unidades de intervención temprana.

En lo que respecta a éstas últimas, la Res.FG 47/2015 encomendó al Fiscal General

Adjunto un diagnóstico del sistema actual de asignación de casos a fin de identificar y

proponer alternativas para su mejor funcionamiento, cuya revisión se plasmó en el

dictado de la Res.FG 201/2015, que actualizó los manuales operativos de la Oficina de

Apoyo e Intervención Inicial de la Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, la

Oficina Coordinadora de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos y las

unidades de intervención temprana.

También, durante el corriente año se llevó a cabo una actualización del esquema de

turnos que rige el ingreso de casos a las fiscalías. La última modificación se realizó a

través de la Res.FG 123/2015, que incorporó como criterio novedoso en relación al

vigente hasta ese momento, la inclusión de las fiscalías especializadas en faltas al

turno de ingresos de casos penales y contravencionales, en los que intervendrán hasta

su finalización cuando se produjeren en flagrancia y se hayan evacuado consultas en

forma directa (ya sea a través del/a Fiscal o del Secretario/a) o indirecta (Oficina

Central Receptora de Denuncias en base a instrucciones previas). Esta variante, que

se da en la Unidad Fiscal Sudeste, determina que para considerar la carga de trabajo

en mérito a los casos que ingresen en estas condiciones se deberá evaluar la

actuación de nueve fiscalías y no cinco como ocurría entonces.

La situación descripta impone entonces la implementación de algunas correcciones,

orientadas a restablecer el equilibrio entre las zonas, mediante la reasignación de

algunas comisarías entre las unidades fiscales, teniendo en cuenta el volumen de

ingresos y la conflictividad observada.

Del análisis pertinente, surge conveniente en el sentido expuesto reasignar la

competencia correspondiente a las comisarías 5ta. , 7ma. y 9na. de la Policía Federal

Argentina de la Unidad Fiscal Este a la Unidad Fiscal Sudeste; la de las comisarías

41ra. y 45ta. de la Unidad Fiscal Norte a la de la Unidad Fiscal Oeste; y la de la

Comisaría 23ra. de la Unidad Fiscal Norte a la Unidad Fiscal Este.

Se pretende con esta modificación restablecer el equilibrio en cuanto a los ingresos de

casos que, sobre la base de las estadísticas del año 2014, quedaría determinado de la

siguiente manera.

Ver archivo 2

Se actualiza de este modo el ámbito territorial de actuación de las fiscalías, con

mínimas modificaciones respecto a la previsión original, la inclusión de las nuevas

comisarías de la Policía Metropolitana y la permanencia de la actuación de las demás

fuerzas de seguridad con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme la

proximidad territorial a cada una de las distintas unidades fiscales.

Se adjunta a continuación una tabla ilustrativa del nuevo esquema dispuesto.

Ver archivo 3

La presente distribución se ajustará periódicamente conforme las revisiones que

promueva el Fiscal General Adjunto, con intervención de la Secretaría de Apoyo a la

Coordinación Jurisdiccional y los/las fiscales coordinadores/ras de cada unidad fiscal.

Teniendo en consideración que en aquellos casos ingresados a través de las unidades

de orientación y denuncia y la Oficina Central Receptora de Denuncias2 no puede

obtenerse actualmente el dato referido a la asignación territorial de cada comisaría y a

fin de obtener en futuras revisiones una mayor precisión en cuanto a la distribución de

los ingresos, se encomendará a la Dirección de Informática y Tecnología del Ministerio

Público Fiscal que arbitre las medidas necesarias para identificar en el sistema

informático Kiwi la comisaría inter viniente en todos los ingresos de casos, incluyendo

aquellas denuncias ingresadas a través de las oficinas referidas.

Por ello, conforme las facultades emergentes del artículo 124 de la Constitución de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los arts. 31 inc. 4°, 33 inc. 2°de Ley 1903- texto

conforme Ley Nro. 4891- y la Resol. FG.216/15.

EL FISCAL GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1. Modificar a partir del 1° enero del año 2016, la asignación de comisarías

prevista en la Res. FG 332/12, y disponer que los casos penales y contravencionales

de competencia del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires iniciados

con intervención de las seccionales de la Policía Federal Argentina Nros. 5ta., 7ma. y

9na. tramiten en la Unidad Fiscal Sudeste; que en los iniciados con intervención de las

comisarías 41ra. y 45ta. de la Policía Federal Argentina entienda la Unidad Fiscal

Oeste, y en los iniciados en la Comisaría 23ra. de la Policía Federal Argentina

intervenga la Unidad Fiscal Este.

Artículo 2. Mantener la competencia territorial vigente al momento de dictarse la

presente, en cuanto a la asignación de las demás comisarías de la Policía Federal y

otras fuerzas de seguridad.

Artículo 3. Encomendar a la Dirección de Tecnología e Informática, la realización de

las modificaciones necesarias en el sistema informático Kiwi, para que se pueda

identificar estadísticamente la comisaría interviniente en todos los casos penales y

contravencionales ingresados al Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires.

Artículo 4. Solicitar a la Secretaría de Apoyo a la Coordinación Jurisdiccional el

seguimiento del ingreso de casos por zona, para que se analice la revisión de la

presente distribución en el plazo de un año.

Artículo 5. Delegar en el Fiscal General Adjunto en lo Penal, Contravencional y de

Faltas las modificaciones futuras del esquema de asignación de las comisarías

intervinientes en cada Unidad Fiscal, conforme los ajustes que considere necesarios

en virtud de las variaciones que el ingreso de casos u otras circunstancias pudiesen

ocasionar, con noticia al Fiscal General.

Artículo 6. Comunicar al señor Defensor General, a la señora Asesora General Tutelar,

a la Presidencia de la Cámara en lo Penal, Contravencional y de Faltas, al Presidente

del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los Sres.

Jefes de la Policía Federal Argentina, la Policía Metropolitana, la Gendarmería

Nacional, la Prefectura Naval Argentina y la Policía de Seguridad Aeroportuaria el

nuevo mapa de zonas y asignación de competencia territorial de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, señalado en el artículo 1°, y la fecha dispuesta para su entrada en

vigencia.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página de Internet del Ministerio

Público Fiscal, comuníquese por medio informático al Secretario General de Política

Criminal y Planificación Estratégica, al Secretario General de Acceso a la Justicia, al

Secretario General de Análisis de Flujo de Trabajo y Apoyo a las Investigaciones

Complejas, a la Secretaría de Apoyo a la Coordinación Jurisdiccional y al

Departamento de Tecnología del Ministerio Público Fiscal y por nota al Sr. Fiscal

General Adjunto en lo Contencioso Administrativo y Tributario, a los Fiscales de

Cámara y a los/as Sres./as Fiscales de Primera Instancia con competencia en lo

Penal, Contravencional y de Faltas, a los Señores Jueces de Primera Instancia y a la

Cámara de Apelaciones del mismo fuero, al Presidente de la Comisión de Justicia de

la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, por su intermedio, a todos

sus integrantes. Oportunamente, archívese. Cevasco a/c

Notas:

1) Reporte de ingresos del sistema informático Kiwi.

2) En el año 2014 representan el 27% y 57% de los casos ingresados en materia penal

y contravencional respectivamente, conforme los datos obtenidos del reporte

estadístico de ingresos del sistema Kiwi (noviembre 2015).

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 217-FG-15, modifica a partir del 1° enero del año 2016, la asignación de comisarías<br />prevista en la Resolución 332-FG-12.</p>
SUSPENDIDA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 218-FG-15 Suspende la implementación de la Resolución 217-FG-15, hasta el 1-3-2016.</p>