DECRETO 952 2000
Síntesis:
PROMULGA LA LEY N° 403 - S/CREACIÓN PROGRAMA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PARTICIPATIVA DE LA VILLA 1-11-14 - PLAN INTEGRAL DE URBANIZACIÓN - ACLARACIÓN ART. 7 - NO DEBE IMPLICAR EJECUCIÓN DE DESALOJOS
Publicación:
14/07/2000
Sanción:
06/07/2000
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 403 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 8 de julio de 2000. Hágase saber a la Legislatura que para superar la ambigüedad del artículo 7° de la citada Ley esta Jefatura de Gobierno vería con agrado la modificación del texto referido especificando que el plan lntegral de Urbanización de la Villa 1-11-14 no debe implicar la ejecución de desalojos. Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales y, para su conocimiento y demás fines, remítase a la Secretaría de Planeamiento Urbano. Cumplido, archívese.
El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Planeamiento Urbano y de Hacienda y Finanzas.