DECRETO 383 2015
Síntesis:
CESE Y DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS - CESA A RAMÓN ANTONIO LEDESMA - GUILLERMO GARCÍA FAHLER - DESIGNA A GUILLERMO JOSÉ BUGARÍN - SEBASTIÁN ARIEL UBERTI - DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO - SUBSECRETARÍA DE REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO
Publicación:
30/12/2015
Sanción:
23/12/2015
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460, el Decreto N° 363/15, y el Expediente N° 38.848.682-
MGEYA/DGTALMDUYT/15, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte;
Que por Decreto N° 363/15 se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en la
órbita del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, a las Direcciones Generales
de Interpretación Urbanística y de Registro de Obras y Catastro, dependiente de la
Subsecretaría de Registros, Interpretación y Catastro;
Que en consecuencia el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, propicia los
ceses y designaciones de las personas que se indican en el Anexo I y II del presente
Decreto, respectivamente;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9 de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Césanse, a partir del 10 de diciembre de 2015, los funcionarios que se
detallan en el Anexo I (IF-2015-38933304-MDUYTGC), el que a todos sus efectos
forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que se detallan en el
mismo.
Artículo 2°.- Desígnanse, a partir del 10 de diciembre de 2015, a las personas que se
detallan en el Anexo II (IF-2015-38933232-MDUYTGC), el que a todos sus efectos
forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que se detallan en el
mismo.
Artículo 3°.- Los agentes designados por el presente Decreto, que revisten en planta
permanente o cargos gerenciales concursados, deberán solicitar la correspondiente
licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía en los
términos del artículo 16, inc. k) de la Ley N° 471.
Articulo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Urbano y Transporte y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio
de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de
Desarrollo Urbano y Transporte. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
Moccia - Miguel
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4791