DECRETO 1309 2008
Síntesis:
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO - CESES Y REUBICACIONES - MÓNICA ADRIANA GIGLIO - CESA COMO DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA - SE REUBICA COMO CONSEJERA - RAMÓN ANTONIO LEDESMA - CESA COMO CONSEJERO DEL PLAN URBANO AMBIENTAL - SE REUBICA COMO DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA
Publicación:
17/11/2008
Sanción:
10/11/2008
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
El Expediente N° 58.924/08, y
CONSIDERANDO:
Que, según surge de los presentes actuados los Arquitectos Mónica Adriana Giglio, D.N.I. 12.418.420, CUIL. 27-12418420-2, ficha 333.512, y Ramón Antonio Ledesma, D.N.I. 14.678.206, CUIL. 20-14678206-0, presentaron a partir del 30 de septiembre de 2.008, sus renuncias como Directora General, de la Dirección General Interpretación Urbanística, y como Consejero del Consejo de Planeamiento Urbano Ambiental, respectivamente, ambas reparticiones, dependientes del Ministerio de Desarrollo Urbano;
Que, como consecuencia de lo expresado la Subsecretaría de Planeamiento, manifiesta la necesidad de cubrir los mismos;
Que, por lo expuesto, solicita se designe a partir del 1 de octubre de 2.008, a las personas en cuestión, en los cargos que nos ocupan;
Que, atento lo expresado, procede realizar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Artículo 1°.- Acéptanse a partir del 30 de septiembre de 2.008, las renuncias presentadas por diversas personas, en distintos cargos, pertenecientes a diferentes reparticiones del Ministerio de Desarrollo Urbano, tal como se indica en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto, en el modo y condiciones que se consigna.
Artículo 2°.- Desígnanse a partir del 1 de octubre de 2.008, a diversas personas, en distintos cargos, pertenecientes a diferentes reparticiones del Ministerio de Desarrollo Urbano, tal como se indica en el Anexo II, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto, en el modo y condiciones que se consigna.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Urbano y señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3058