LEY 5435 2015

Síntesis:

PRORROGA ENTRADA EN VIGENCIA - ARTÍCULO 1 DE LA LEY 622 - PROHIBE - PROHIBICIÓN - INGRESO DE GANADO VACUNO EN TODO EL TERRITORIO DE LA CIUDAD  DE BUENOS AIRES  - GANADO EN PIE -  EXCEPCIÓN - EXCEPTÚA - EXPOSICIONES FERIAS - ACTIVIDADES CIENTÍFICAS - CULTURALES  -  DEPORTIVAS

Publicación:

30/12/2015

Sanción:

26/11/2015

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

23/12/2015


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2017 la entrada en vigencia del

artículo 1° de la Ley 622, referida a la prohibición de ingreso de ganado en pie en todo

el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2°.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su sanción.

Art. 3°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 28 de diciembre de 2015

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.435 (Expediente Electrónico N° 37.696.328-

MGEYA-DGALE-2015), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires en su sesión del día 26 de noviembre de 2015 ha quedado

automáticamente promulgada el día 23 de diciembre de 2015.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al

Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese. Montiel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 5435, prorroga hasta el 31 de diciembre de 2017 la entrada en vigencia del art. 1 de la Ley 622.</p>