DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA 1572 1997

Síntesis:

RECTIFICA EL ARTÍCULO 124 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA 1510 - ENTRADA EN VIGENCIA

Publicación:

11/11/1997

Sanción:

05/11/1997

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto el Decreto N° 1.510-GCBA-97, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el referido decreto se aprobaron las disposiciones de procedimiento administrativo que se establecen en el Anexo I del mismo;

Que el artículo 2° establece que las normas de referencia entrarán en vigencia a partir de los sesenta (60) días contados desde su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el artículo 124 del cuerpo normativo que como anexo I se acompaña, establece que "La presente ley entrará en vigencia a partir de los cuarenta y cinco (45) días de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires",

Que resulta apropiado subsanar esta contradicción entre las normativas citadas, rectificando el artículo 124 supra citado en el sentido de que entrará en vigencia a partir de los sesenta (60) días de su publicación en el Boletín Oficial;

Que a tal fin, resulta necesario dictar normas que así lo establezca;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Rectifícase el artículo 124 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires que como Anexo I acompaña el Decreto N° 1.510-GCBA-97, quedando redactado de la siguiente manera:

"Artículo 124 - La presente Ley entrará en vigencia a partir de los sesenta (60) días de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires".

Art. 2° - Oportunamente gírese a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires para su ratificación.

Art. 3° - El presente decreto será refrendado por todos los señores Secretarios del Poder Ejecutivo.

Art. 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a todas las áreas integrantes del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido Archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del DNU 1572-97, rectifica el artículo 124 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires que como Anexo I acompaña el Decreto 1510-GCBA-97.</p>
RATIFICADA POR
<p>Resolución 41-LCBA-98, ratifica el DNU 1572/97. Ley de Procedimientos Administrativos.</p>