ORDENANZA 22901 1967
Síntesis:
NORMA DEROGADA - ESTABLECE PAUTAS DE PROHIBICIÓN Y PERMISO PARA EL GIRO EN AMBOS SENTIDOS
Publicación:
12/09/1967
Sanción:
04/09/1967
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Promulgación:
04/09/1967
Estado:
No vigente
Artículo 1° - Déjase establecido, con carácter general, que en las intersecciones con señalización luminosa regirán las siguientes normas relativas al desplazamiento de vehículos de y hacia las transversales:
a) Intersección de dos arterias con doble sentido de circulación: Quedan prohibidos los cuatro giros a la izquierda;
b) Intersección de una arteria con doble sentido de circulación con otra de sentido único: Queda prohibido el giro a la izquierda desde la primera hacia la segunda.
Art. 2° - Exceptúase de esta disposición aquellas intersecciones en donde expresamente se autorice el giro a la izquierda mediante la correspondiente señalización por medio de semáforos con flecha.