RESOLUCIÓN 11 2016 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
MODIFICA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - DISTINTAS ÁREAS - A PARTIR 11-01-2016 - ORGANIGRAMA - AGC
Publicación:
14/01/2016
Sanción:
11/01/2016
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO:
La Ley N° 2.624, la Resolución N° 296/AGC/08 y modificatorias, el Expediente N°
2016-00882775-MGEYA-AGC, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 2.624, se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC)
como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de controlar, fiscalizar y regular -en
las condiciones que lo reglamente el Sr. Jefe de Gobierno- en el marco del ejercicio
del poder de policía en lo que respecta a la seguridad, salubridad e higiene alimentaria
de los establecimientos públicos y privados, a las habilitaciones de todas aquellas
actividades comprendidas en el código respectivo como así también el otorgamiento
de permisos para ciertas actividades y a las obras civiles, públicas y privadas,
comprendidas por el Código de la Edificación;
Que de acuerdo al artículo 4° de la misma Ley, modificado por el artículo 4° de la Ley
N° 4.340, se transfirieron al ámbito de este ente autárquico las responsabilidades
primarias, objetivos y acciones, presupuesto y recursos humanos en sus respectivos
niveles y grados escalafonarios vigentes de la Dirección General de Higiene y
Seguridad Alimentaria, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos con
excepción de la Dirección Permisos en la Vía Pública, la Dirección General de
Fiscalización y Control con las excepciones establecidas en el artículo 6° inciso f) de
esa Ley, la Dirección General Adjunta de Eventos Masivos, la Dirección General de
Fiscalización de Obras y Catastro, y la Gerencia Operativa de Registro Público de
Lugares Bailables;
Que mediante el Artículo 5° de la citada norma se conformó la estructura organizativa
de la AGC hasta el nivel de Director General conforme el anexo aprobado al efecto;
Que asimismo, en cumplimiento de la Cláusula Transitoria Primera de la Ley N° 2.624,
se aprobó la estructura de esta entidad autárquica, en los niveles inferiores a los
previstos en el considerando anterior, mediante el dictado de la Resolución N°
296/AGC/08;
Que por su parte, a través de la Resolución N° 66/AGC/2013 y sus modificatorias, se
estableció la actual estructura organizativa de esta AGC;
Que dentro de las competencias asignadas al Director Ejecutivo por el Artículo 7° de la
Ley N° 2.624 se encuentra la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de
la Agencia respecto a su estructura orgánico-funcional para los niveles inferiores a los
aprobados por esa normativa;
Que, por razones de eficiencia funcional y organizativa, se estima conveniente
modificar la actual estructura orgánico funcional de la AGC, transfiriendo bajo la órbita
de la Jefatura de Gabinete a la Gerencia Operativa Control Inspectivo y bajo la órbita
de la Unidad de Coordinación General dependiente de la Jefatura de Gabinete a la
Unidad de Sistemas Informáticos y Procesos, a las Direcciones Generales de
Fiscalización y Control, de Fiscalización y Control de Obras, de Higiene y Seguridad
Alimentaria y de Habilitaciones y Permisos, y a la Gerencia Operativa Coordinación de
Enlace de Faltas Especiales;
Que, en consecuencia, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo que
recepte dicha decisión;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y
Técnica de esta Agencia Gubernamental de Control ha tomado la intervención de su
competencia.
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por los artículos 7° inciso e) y 12 inciso
e) de la Ley N° 2.624.
Artículo 1°.- Transfiérense, a partir del 11/01/2016, las distintas áreas de esta Agencia
Gubernamental de Control, de conformidad con el Anexo I (IF N°-2016-00928734-
AGC) que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Modifícase la estructura orgánico funcional de la Agencia Gubernamental
de Control, a partir del 11/01/2016, conforme al organigrama previsto en el Anexo II (IF
N°-2016-00928716-AGC) que forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de
Justicia y Seguridad, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos
dependiente del Ministerio de Modernización, a todas las Direcciones Generales y
Unidades de esta AGC, a la Gerencia Operativa de Control Inspectivo y a la Gerencia
Operativa Coordinación de Enlace de Faltas Especiales. Cumplido, archívese. Álvarez
Dorrego
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4800