LEY 5467 2015
Síntesis:
AMPLÍA EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 18 LEY 238 - RÉGIMEN DE EXPROPIACIONES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
19/01/2016
Sanción:
03/12/2015
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
08/01/2016
Artículo 1°.- Amplíese el plazo establecido en el Artículo 18 de la Ley 238 (BOCBA
N°798 del 15/10/1999), a dos (2) años a partir de su vencimiento, al solo efecto del
cumplimiento de la Ley 4480 y su relación con la Ley 5032.
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez
Buenos Aires, 14 de enero de 2016
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.467 (Expediente Electrónico N° 38.679.857-
MGEYA-DGALE-2015), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en su sesión del día 3 de diciembre de 2015, ha quedado
automáticamente promulgada el día 8 de enero de 2016.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese. Montiel