DECRETO 121 2016

Síntesis:

 MODIFICACIÓN  - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - CREACIÓN DE DEPENDENCIAS - CREA EL OFN - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE - TRANSFERENCIA DE FUNCIONES Y FACULTADES EN MATERIA DE SEGURIDAD -  RANGO ATRIBUCIÓN Y REMUNERACIÓN DE SECRETARÍA -  CREACIÓN  OFN EL COMITÉ DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA -  OFN UNIDAD DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL -   CREACIÓN - EN EL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFRACCIONES  - UNIDAD  DE ENLACE  DE FALTAS ESPECIALES - UNIDAD DE ENLACE  DE FALTAS DE TRÁNSITO - UNIDAD ADMINISTRATIVA DE FALTAS MODIFICA  LAS RESPONSABILIDADES PRIMARIAS DE LA SUBSECRETARÍA DE REFORMA POLÍTICA Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL REFORMA POLÍTICA Y ELECTORAL -  MINISTERIO DE GOBIERNO - CREACIÓN SECRETARÍA DE SEGURIDAD -  SUBSECRETARÍAS - PFA JEFATURA CIUDAD DE BUENOS AIRES - PREVENCIÓN DEL DELITO - SEGURIDAD OPERATIVA  - SEGURIDAD CIUDADANA - VINCULACIÓN CIUDADANA CON LA SEGURIDAD -  ADMINISTRACIÓN DE LAS FUERZAS POLICIALES DE LA CIUDAD - DIRECCIÓN GENERAL - ADMINISTRACIÓN LEGAL DE LAS FUERZAS POLICIALES DE LA CIUDAD  - ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LAS FUERZAS POLICIALES DE LA CIUDAD - SUMINISTROS A LAS FUERZAS POLICIALES DE LA CIUDAD INFRAESTRUCTURA DE LAS FUERZAS POLICIALES DE LA CIUDAD - PLANEAMIENTO DE EMERGENCIA Y COORDINACIÓN DE BOMBEROS - PLANIFICACIÓN DE SEGURIDAD CON RECURSOS POLICIALES - INFORMACIÓN Y ESTADÍSTICA CRIMINAL - INVESTIGACIÓN CRIMINAL - COORDINACIÓN OPERATIVA  - EVENTOS MASIVOS - CONTENCIÓN PRIMARIA DE LA CIUDADANÍA ANTE DELITOS - DIAGNÓSTICO Y DISEÑO DE POLÍTICAS DE INTERVENCIÓN CIUDADANA - SUPRIME DEPENDENCIAS - MODIFICA DEPENDENCIA JERÁQUICA - ESTRUCTURA ORGÁNICA - JEFATURA POLICÍA METROPOLITANA - JEFATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DE POLICÍA FEDERAL ARGENTINA

Publicación:

01/02/2016

Sanción:

29/01/2016

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 5.460 y 5.503, Decreto N° 363/15, el Expediente Electrónico N° 2016-

4068358/MGEYA/DGALPM, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos tiene por

objetivo propiciar las medidas pertinentes a fin de mejorar la eficiencia y la eficacia de

su gestión, siendo la mejora constante de sus estructuras organizativas una de las

acciones centrales para la consecución del objetivo antes mencionado;

Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al

Ministerio de Gobierno y al Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que por el Decreto N° 363/15 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder

Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección

General, estableciéndose los objetivos, responsabilidades primarias y acciones de

todas sus unidades de organización;

Que la Ley N° 5.503 modificó la mentada Ley de Ministerios N° 5.460, estableciendo

entre las funciones del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires la organización de las estructuras de asistencia técnica y ejecución de la

convocatoria electoral, el financiamiento de los partidos políticos y los institutos de la

democracia participativa, tanto en el orden de la Ciudad como en el de las Comunas

en coordinación con el Ministerio de Gobierno;

Que, asimismo, de acuerdo al "Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires de Facultades y Funciones de Seguridad en todas las

materias no federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" celebrado

entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, surge

la necesidad de realizar modificaciones en la estructura organizativa del Ministerio de

Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines

de una mejor proyección operativa y una mayor eficiencia administrativa;

Que conforme lo expuesto, deviene necesario modificar parcialmente la estructura

organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad y del Ministerio de Gobierno,

aprobada por el Decreto N° 363/15.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 28 de enero 2016, la estructura organizativa del

Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15, de acuerdo con los

Anexos I (Organigrama) (IF-2016-04408381-MJYSGC) y II (Responsabilidades

Primarias, Acciones y Objetivos) (IF-2016-04409410-MJYSGC), los que a todos sus

efectos forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Créase la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)Transferencia de

Funciones y Facultades en materia de Seguridad, como Organismo Fuera de Nivel en

la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad, con rango, nivel y atribución de

Secretaría, de acuerdo a los objetivos que se detallan en el Anexo II (IF-2016-

04409410-MJYSGC) el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente

Decreto, dejándose establecido que a los titulares de las Unidades dependientes del

citado organismo les corresponde la retribución equivalente a Director General.

Artículo 3°.- Déjase establecido que corresponden al cargo del Titular de la UPE

mencionada en el artículo 2°, las unidades retributivas previstas para Secretario o

equivalente, de acuerdo al Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las

Autoridades Superiores, conforme lo dispuesto en el Decreto N° 363/15.

Artículo 4°.- Créase el Comité de Planificación Estratégica, como Organismo Fuera de

Nivel en la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad, de acuerdo a los objetivos que

se detallan en el Anexo II (IF-2016-04409410-MJYSGC) el que a todos sus efectos

forma parte integrante del presente Decreto, dejándose establecido que al titular del

mismo le corresponde la retribución equivalente a Secretario.

Artículo 5°.- Créase la Unidad de Organización Electoral, como Organismo Fuera de

Nivel en la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad, de acuerdo a los objetivos que

se detallan en el Anexo II (IF-2016-04409410-MJYSGC) el que a todos sus efectos

forma parte integrante del presente Decreto, dejándose establecido que al titular del

mismo le corresponde la retribución equivalente a Director General.

Artículo 6°.- Créanse la Unidad de Enlace de Faltas Especiales y la Unidad de Enlace

de Faltas de Tránsito, como Organismo Fuera de Nivel en la órbita de la Dirección

General de Administración de Infracciones, de acuerdo a los objetivos que se detallan

en el Anexo II (IF-2016-04409410-MJYSGC) el que a todos sus efectos forma parte

integrante del presente Decreto, dejándose establecido que a los titulares de las

mismas le corresponde la retribución equivalente a un 95% (noventa y cinco por

ciento) de Director General.

Artículo 7°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de

Reforma Política y de la Dirección General Reforma Política y Electoral, que le

depende, del Ministerio de Gobierno, de acuerdo al Anexo III (Responsabilidades

Primarias) (IF-2016- 04398348- MGOBGC), que a sus efectos forma parte integrante

del presente Decreto.

Artículo 8°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de dar

cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 9°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y

Seguridad, por el señor Ministro de Gobierno, el señor Ministro de Hacienda y por el

señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 10°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos ambas dependientes del Ministerio

de Hacienda, al Ministerio de Gobierno y, para su conocimiento y demás efectos,

remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ

LARRETA - Ocampo - Screnci Silva - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4812

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 121-16, modifica  la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto   363-15.</p><p>Art. 2 , crea la UPE Transferencia de Funciones y Facultades en materia de Seguridad, como OFN  en la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad, con rango, nivel y atribución de Secretaría.</p><p>Art. 4, crea el Comité de Planificación Estratégica, como OFN en la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad.</p><p>Art. 5, crea Unidad de Organización Electoral, como OFN  en la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad. </p><p>Art. 6, crea la Unidad de Enlace de Faltas Especiales y la Unidad de Enlace de Faltas de Tránsito, como OFN, en la órbita de la DG de Administración de Infracciones. </p><p>Art. 7, modifica las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Reforma Política y de la Dirección General Reforma Política y Electoral,  del Ministerio de Gobierno.</p><p> </p>