DECRETO 1930 2002
Síntesis:
MODIFICA EL ANEXO I DEL DECRETO N° 1.162/GCABA/02, B.O. N° 1527 - ESCALAS TARIFARIAS EN AUTOPISTAS -
Publicación:
14/01/2003
Sanción:
30/12/2002
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 55.039/2002, y
CONSIDERANDO:
Que por estas actuaciones la empresa Autopistas Urbanas S.A. da cuenta de un error involuntario incurrido en la transcripción del Anexo I del Decreto N° 1.162/GCBA/02 (B.O.C.B.A. N° 1527);
Que por dicha norma legal se modificó el artículo 1° del Decreto N° 102/GCBA/02 (B.O.C.B.A. N° 1376) referente a la explotación de las autopistas de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por dicho Anexo se fija la contribución de peaje que deben abonar los usuarios por el uso de las vías concesionadas;
Que para proceder a la adecuación del sistema de peaje en función de la escala tarifaria, corresponde subsanar el precitado error, dado que en dicho Anexo donde se lee Categoría de 3 a 9, debe leerse Categoría de 5 a 9;
Por ello y en uso de las facultadas legales que le son propias (Art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Artículo 1° - Modifícase el Anexo I del Decreto N° 1.162/GCBA/02 (B.O.C.B.A. N° 1527) en lo que corresponde al rubro Tarifas de Pesados - Diferencial por Horario, debiendo leerse Categorías de 5 a 9 en lugar de Categoría de 3 a 9.
Artículo 2° - El presente Decreto es refrendado por los señores Secretarios de Obras y Servicios Públicos y de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Empresa Autopistas Urbanas S.A. y a la Escribanía General y para su conocimiento y fines pertinentes pase a las Secretarías de Obras y Servicios Públicos y de Hacienda y Finanzas. IBARRA - Fatala - Pesce - Fernández