RESOLUCIÓN 353 2002 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

Síntesis:

IMPLEMENTA EL CURSO INSTRUMENTOS PARA OPTIMIZAR LA PARTICIPACIÓN VOLUNTARIA. APRUEBA MODELO DE CONVENIO DE COOPERACIÓN. CREA EL REGISTRO DE VOLUNTARIOS EN LA ÓRBITA DEL PROGRAMA SER SOLIDARIOS

Publicación:

15/01/2003

Sanción:

17/12/2002

Organismo:

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL


Visto la Nota N° 3.120/SDSOC/02 y el Decreto N° 2.140/GCBA/99 y;

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fomenta la capacitación de sus habitantes arbitrando los medios para procurar el estímulo de la participación ciudadana, en un marco de solidaridad y compromiso comunitario;

Que es necesario promover la participación de los ciudadanos que elijan comprometerse con una tarea permanente de apoyo a los que más necesitan, resultando que la tarea voluntaria en ese sentido tiene por finalidad recrear y concientizar sobre los mecanismos de solidaridad en relación a grupos vulnerables en distintas áreas;

Que las dependencias de la Secretaría de Desarrollo Social que atienden a personas con necesidades especiales cuentan con programas para fortalecer la tarea que realizan las organizaciones no gubernamentales especializadas;

Que por otra parte, el Programa de Voluntariado Ser Solidario desarrolla diversas actividades solidarias entre las cuales se ha detectado la disponibilidad de voluntarios para realizar acciones de apoyo a personas con necesidades especiales;

Que el voluntario que brinde apoyo a las personas con necesidades especiales y a sus familias, requiere capacitación acorde con la especificidad de la tarea y por otra parte, la oferta de colaboración que origina este sector social es insuficiente, por lo que, en consecuencia, el referido Programa ha elevado la propuesta de realizar juntamente con quienes abordan esta temática, la capacitación de voluntarios que desean brindar apoyo en este ámbito de participación;

Que por Decreto N° 2.140/GCBA/99 se aprobó el Programa Apoyo a Entidades de Bien Público, Asociaciones y Grupos que Desarrollen Actividades de Asistencia y Promoción de Personas con Necesidades Especiales con el objeto de brindar apoyo económico y asesoramiento técnico a las entidades que atienden las necesidades y/o situaciones de vulnerabilidad, constituyéndose en espacios de contención, atención, esparcimiento y convivencia para las personas con necesidades especiales y sus familiares;

Que mediante el precitado Decreto se dispone que la Secretaría de Desarrollo Social propondrá el otorgamiento de subsidios a las instituciones y Organizaciones No Gubernamentales y realizará las acciones que por gestión propia resultaren necesarias para brindar apoyo a las instituciones que desarrollan actividades de asistencia y promoción de las personas con necesidades especiales;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 2.140/GCBA/99;

LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1° - Impleméntase el Curso Instrumentos para Optimizar la Participación Voluntaria, en el modo y forma que se detalla en el Anexo I que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2° - La Secretaría de Desarrollo Social, en el marco del Decreto N° 2.140/GCBA/99, suscribirá convenios con distintas entidades que se encuentren participando del Programa N° 4524 Apoyo a Instituciones que Asisten a Personas con Discapacidad, de acuerdo al modelo de convenio que obra como Anexo II del la presente Resolución.

Artículo 3° - Las entidades que suscriban los convenios mencionados en el artículo precedente, tendrán a su cargo el dictado del Curso implementado por el artículo 1° de la presente Resolución.

Artículo 4° - Créase el Registro de Voluntarios en la órbita del Programa Ser Solidarios.

Artículo 5° - El gasto que demande la implementación de la presente resolución se imputará a la partida de transferencias del programa N° 4513.

Artículo 6° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos pase a los Programas de Voluntariado Ser Solidarios y de Apoyo a Instituciones que Asisten a Personas con Discapacidad . Cumplido archívese. González Gass

ANEXO

ANEXO I

Curso Instrumentos para Optimizar la Participación Voluntaria

Descripción

El Programa de Voluntariado Ser Solidarios propone la realización de un curso de capacitación para personas que desarrollen o deseen desarrollar actividades de apoyo a la comunidad.

El curso consiste en una capacitación teórico práctica no menor a dieciséis (16) horas en un período no mayor de un mes.

Alcances

Se propone que los participantes alcancen los siguientes logros:

1) Incorporar los conocimientos y actitudes propias de la responsabilidad del trabajo voluntario, sus derechos y obligaciones.

2) Reconocer la tipología y las características de las discapacidades.

3) Adquirir los conocimientos, destrezas y habilidades pertinentes a las distintas características de las personas con necesidades especiales a atender.

Destinatarios

Podrán realizar el curso todas las personas, residentes en la Ciudad de Buenos Aires que se encuentren participando o deseen participar como voluntarios en actividades relacionadas con personas con necesidades especiales.

Contenido

El curso ofrecerá como conocimientos mínimos:

1) El voluntariado en relación con los sectores sociales más vulnerables, el Estado, el Tercer Sector y las empresas.

2) Derechos y obligaciones que incumben a los voluntarios.

3) Conocimientos sobre los programas de la Secretaría de Desarrollo Social vinculados con las personas con necesidades especiales.

4) Requerimientos que demanda la atención dentro de esta problemática.

5) Modalidades de ayuda, reeducación y reinserción social de las personas con necesidades especiales, integración e igualdad de oportunidades.

6) Mecanismos de facilitación de la comunicación, abordaje y atención por parte de las familias con respecto a las personas con necesidades especiales.

MODALIDAD:

Del dictado del curso

La modalidad del curso se dictara en dos módulos.

El primer módulo lo desarrollará el equipo de capacitación del Programa Ser Solidarios abarcando los puntos 1 a 3 de los contenidos destinados a los docentes de las ONG's seleccionados para el dictado del curso.

El segundo módulo (puntos 1 a 6) lo realizarán los docentes propuestos por las ONG's que acrediten solvencia en la temática sobre personas con necesidades especiales y que hubieran participado y aprobado la capacitación del 1° módulo, con la colaboración de docentes de los Programas Ser Solidarios y Apoyo a Instituciones que asisten a personas con discapacidad que realizarán su tarea sin percibir remuneración o emolumento alguno.

Las ONG's fijarán los días y horarios de cursada, debiendo en forma previa, comunicarlos fehacientemente a los Programas Ser Solidarios y Apoyo a Instituciones que asisten a personas con discapacidad.

Las ONG's dispondrán de instalaciones adecuadas y de los materiales apropiados para posibilitar el eficaz dictado del curso.

Los grupos no podrán exceder las treinta (30) personas.

Las ONG's, una vez finalizada la capacitación entregarán a los asistentes certificación del curso realizado.

De la selección de los voluntarios

Los cursantes serán seleccionados en un cincuenta por ciento (50%) por la ONG y en un cincuenta por ciento (50%) por la Secretaría de Desarrollo Social. Esta conformación debe promover el intercambio y la interacción entre las personas que se desempeñan en el marco del Programa de Voluntariado Ser Solidarios y aquellas personas que colaboran directamente con las ONG's.

Las ONG's arbitrarán las medidas necesarias para realizar la selección del 50 % de los cursantes, debiendo comunicar los seleccionados al Programa Ser Solidarios, en forma previa al inicio del curso.

El Programa Ser Solidarios seleccionará el otro 50 % de los cursantes, en base a la apertura de un Registro confeccionado a tal efecto, y tomando como criterios mínimos: su participación como voluntarios en áreas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, los antecedentes en temáticas de voluntariado y discapacidad.

De la compensación de gastos

Las ONG's recibirán por parte de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la suma equivalente a pesos ciento cincuenta ($ 150) por cada voluntario que vaya a capacitar, y pesos cuatrocientos cincuenta ($ 450) para hacer frente a los gastos de puesta en funcionamiento del dictado del curso, cubriendo con esa plata a sus docentes, administración, y cualquier otra erogación que pudiera demandar la actividad

Los destinatarios recibirán una compensación de gastos por parte de las ONG's conveniadas de pesos ciento cincuenta ($ 150), cuando certifiquen éstas en forma fehaciente la acreditación del cumplimiento del 80 % mínimo de concurrencia al curso.

Las ONG's harán efectiva la compensación mencionada en el párrafo anterior dentro de los 5 días hábiles posteriores a la finalización del curso.

Una vez finalizado el curso, las ONG's deberán presentar un informe final con el detalle del destino dado a los recursos y la rendición de los gastos realizados en el marco del subsidio otorgado, comprometiéndose a devolver los fondos no invertidos a la Secretaría de Desarrollo Social.

Del compromiso de los cursantes

Los destinatarios se inscribirán en el Registro de Voluntarios una vez finalizado el curso a los efectos de ser invitados a participar de las distintas actividades solidarias que organice el Programa de Voluntariado Ser Solidario de la Secretaría de Desarrollo Social.

ANEXO II

CONVENIO DE COOPERACIÓN

Entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representado en este acto por la señora Secretaria de Desarrollo Social, Dra. Gabriela Marta González Gass, con domicilio en Avenida de Mayo 575, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires, por una parte y en adelante denominada EL GCBA y la ............................, representada en este acto por su Presidente .................................................., DNI N° ................, con domicilio en ................................... por la otra parte y en adelante denominada LA ONG, acuerdan celebrar el presente Convenio de Cooperación, que dejan sujeto a las siguientes cláusulas.

PRIMERA: LA ONG adhiere a los términos de la Resolución N° ................... en relación al Curso Instrumentos para Optimizar la Participación Voluntaria.

SEGUNDA: El Curso de Capacitación previsto por la Resolución citada en la Cláusula Primera del presente, será desarrollado por LA ONG de acuerdo con las pautas y forma previsto en el precitado acto administrativo.

TERCERA: LA ONG se compromete a asumir las siguientes obligaciones:

a) Cumplir las normas, procedimientos y requisitos establecidos en la Resolución N° .........

b) Asignar personal especializado para capacitar a voluntarios en la temática específica.

c) Hacer efectivo el pago en concepto de gastos otorgado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la mencionada Resolución, certificando el cumplimiento de las condiciones mínimas requeridas a los asistentes al Curso.

d) Realizar un informe final y rendición de cuentas de las sumas percibidas y su ejecución.

e) Se deja constancia que la precedente enumeración es meramente enunciativa y no taxativa.

CUARTA: EL GCBA a través de los Programas Ser Solidarios y Apoyo a Instituciones que Asisten a Personas con discapacidad de la Secretaría de Desarrollo Social, se compromete:

a) Abonar los importes como compensación de gastos por persona a capacitar.

b) Asignar capacitadores del Programa Voluntariado para la formación básica de los docentes que desarrollarán los cursos presentes en la Resolución.

c) Suspervisar la implementación del Curso y el cumplimiento de la Resolución N°......

QUINTA: El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en la Cláusula Tercera del presente, dará derecho a EL GCBA a rescindir el presente convenio, sin que ello genere derecho a reclamación alguna, comprometiéndose en tal caso la Institución a reintegrar la totalidad del subsidio percibido.

SEXTA: El presente acuerdo tendrá vigencia por sesenta (60) días corridos desde la fecha de su suscripción.

SÉPTIMA: Queda expresamente prohibida la cesión o transferencia total o parcial del presente convenio por parte de LA ONG.

OCTAVA: A todos los efectos del presente convenio las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y fijan sus domicilios en los señalados en el encabezamiento del presente, dejando constancia que las notificaciones judiciales a EL GCBA deberán ser realizadas en la calle Uruguay 440, 2° piso, Oficina 27 de la Ciudad de Buenos Aires. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente.

Previa lectura y ratificación de las cláusulas que anteceden, las partes firman de conformidad tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a los ....... días del mes de ...................... de 2002.


ANEXOS

ANEXO

ANEXO I

Curso Instrumentos para Optimizar la Participación Voluntaria

Descripción

El Programa de Voluntariado Ser Solidarios propone la realización de un curso de capacitación para personas que desarrollen o deseen desarrollar actividades de apoyo a la comunidad.

El curso consiste en una capacitación teórico práctica no menor a dieciséis (16) horas en un período no mayor de un mes.

Alcances

Se propone que los participantes alcancen los siguientes logros:

1) Incorporar los conocimientos y actitudes propias de la responsabilidad del trabajo voluntario, sus derechos y obligaciones.

2) Reconocer la tipología y las características de las discapacidades.

3) Adquirir los conocimientos, destrezas y habilidades pertinentes a las distintas características de las personas con necesidades especiales a atender.

Destinatarios

Podrán realizar el curso todas las personas, residentes en la Ciudad de Buenos Aires que se encuentren participando o deseen participar como voluntarios en actividades relacionadas con personas con necesidades especiales.

Contenido

El curso ofrecerá como conocimientos mínimos:

1) El voluntariado en relación con los sectores sociales más vulnerables, el Estado, el Tercer Sector y las empresas.

2) Derechos y obligaciones que incumben a los voluntarios.

3) Conocimientos sobre los programas de la Secretaría de Desarrollo Social vinculados con las personas con necesidades especiales.

4) Requerimientos que demanda la atención dentro de esta problemática.

5) Modalidades de ayuda, reeducación y reinserción social de las personas con necesidades especiales, integración e igualdad de oportunidades.

6) Mecanismos de facilitación de la comunicación, abordaje y atención por parte de las familias con respecto a las personas con necesidades especiales.

MODALIDAD:

Del dictado del curso

La modalidad del curso se dictara en dos módulos.

El primer módulo lo desarrollará el equipo de capacitación del Programa Ser Solidarios abarcando los puntos 1 a 3 de los contenidos destinados a los docentes de las ONG's seleccionados para el dictado del curso.

El segundo módulo (puntos 1 a 6) lo realizarán los docentes propuestos por las ONG's que acrediten solvencia en la temática sobre personas con necesidades especiales y que hubieran participado y aprobado la capacitación del 1° módulo, con la colaboración de docentes de los Programas Ser Solidarios y Apoyo a Instituciones que asisten a personas con discapacidad que realizarán su tarea sin percibir remuneración o emolumento alguno.

Las ONG's fijarán los días y horarios de cursada, debiendo en forma previa, comunicarlos fehacientemente a los Programas Ser Solidarios y Apoyo a Instituciones que asisten a personas con discapacidad.

Las ONG's dispondrán de instalaciones adecuadas y de los materiales apropiados para posibilitar el eficaz dictado del curso.

Los grupos no podrán exceder las treinta (30) personas.

Las ONG's, una vez finalizada la capacitación entregarán a los asistentes certificación del curso realizado.

De la selección de los voluntarios

Los cursantes serán seleccionados en un cincuenta por ciento (50%) por la ONG y en un cincuenta por ciento (50%) por la Secretaría de Desarrollo Social. Esta conformación debe promover el intercambio y la interacción entre las personas que se desempeñan en el marco del Programa de Voluntariado Ser Solidarios y aquellas personas que colaboran directamente con las ONG's.

Las ONG's arbitrarán las medidas necesarias para realizar la selección del 50 % de los cursantes, debiendo comunicar los seleccionados al Programa Ser Solidarios, en forma previa al inicio del curso.

El Programa Ser Solidarios seleccionará el otro 50 % de los cursantes, en base a la apertura de un Registro confeccionado a tal efecto, y tomando como criterios mínimos: su participación como voluntarios en áreas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, los antecedentes en temáticas de voluntariado y discapacidad.

De la compensación de gastos

Las ONG's recibirán por parte de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la suma equivalente a pesos ciento cincuenta ($ 150) por cada voluntario que vaya a capacitar, y pesos cuatrocientos cincuenta ($ 450) para hacer frente a los gastos de puesta en funcionamiento del dictado del curso, cubriendo con esa plata a sus docentes, administración, y cualquier otra erogación que pudiera demandar la actividad

Los destinatarios recibirán una compensación de gastos por parte de las ONG's conveniadas de pesos ciento cincuenta ($ 150), cuando certifiquen éstas en forma fehaciente la acreditación del cumplimiento del 80 % mínimo de concurrencia al curso.

Las ONG's harán efectiva la compensación mencionada en el párrafo anterior dentro de los 5 días hábiles posteriores a la finalización del curso.

Una vez finalizado el curso, las ONG's deberán presentar un informe final con el detalle del destino dado a los recursos y la rendición de los gastos realizados en el marco del subsidio otorgado, comprometiéndose a devolver los fondos no invertidos a la Secretaría de Desarrollo Social.

Del compromiso de los cursantes

Los destinatarios se inscribirán en el Registro de Voluntarios una vez finalizado el curso a los efectos de ser invitados a participar de las distintas actividades solidarias que organice el Programa de Voluntariado Ser Solidario de la Secretaría de Desarrollo Social.

ANEXO II

CONVENIO DE COOPERACIÓN

Entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representado en este acto por la señora Secretaria de Desarrollo Social, Dra. Gabriela Marta González Gass, con domicilio en Avenida de Mayo 575, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires, por una parte y en adelante denominada EL GCBA y la ............................, representada en este acto por su Presidente .................................................., DNI N° ................, con domicilio en ................................... por la otra parte y en adelante denominada LA ONG, acuerdan celebrar el presente Convenio de Cooperación, que dejan sujeto a las siguientes cláusulas.

PRIMERA: LA ONG adhiere a los términos de la Resolución N° ................... en relación al Curso Instrumentos para Optimizar la Participación Voluntaria.

SEGUNDA: El Curso de Capacitación previsto por la Resolución citada en la Cláusula Primera del presente, será desarrollado por LA ONG de acuerdo con las pautas y forma previsto en el precitado acto administrativo.

TERCERA: LA ONG se compromete a asumir las siguientes obligaciones:

a) Cumplir las normas, procedimientos y requisitos establecidos en la Resolución N° .........

b) Asignar personal especializado para capacitar a voluntarios en la temática específica.

c) Hacer efectivo el pago en concepto de gastos otorgado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la mencionada Resolución, certificando el cumplimiento de las condiciones mínimas requeridas a los asistentes al Curso.

d) Realizar un informe final y rendición de cuentas de las sumas percibidas y su ejecución.

e) Se deja constancia que la precedente enumeración es meramente enunciativa y no taxativa.

CUARTA: EL GCBA a través de los Programas Ser Solidarios y Apoyo a Instituciones que Asisten a Personas con discapacidad de la Secretaría de Desarrollo Social, se compromete:

a) Abonar los importes como compensación de gastos por persona a capacitar.

b) Asignar capacitadores del Programa Voluntariado para la formación básica de los docentes que desarrollarán los cursos presentes en la Resolución.

c) Suspervisar la implementación del Curso y el cumplimiento de la Resolución N°......

QUINTA: El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en la Cláusula Tercera del presente, dará derecho a EL GCBA a rescindir el presente convenio, sin que ello genere derecho a reclamación alguna, comprometiéndose en tal caso la Institución a reintegrar la totalidad del subsidio percibido.

SEXTA: El presente acuerdo tendrá vigencia por sesenta (60) días corridos desde la fecha de su suscripción.

SÉPTIMA: Queda expresamente prohibida la cesión o transferencia total o parcial del presente convenio por parte de LA ONG.

OCTAVA: A todos los efectos del presente convenio las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y fijan sus domicilios en los señalados en el encabezamiento del presente, dejando constancia que las notificaciones judiciales a EL GCBA deberán ser realizadas en la calle Uruguay 440, 2° piso, Oficina 27 de la Ciudad de Buenos Aires. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente.

Previa lectura y ratificación de las cláusulas que anteceden, las partes firman de conformidad tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a los ....... días del mes de ...................... de 2002.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA