ORDENANZA 51278 1996
Síntesis:
INCORPORA ARTÍCULOS A LA ORDENANZA N° 33.581, B.M. N° 15.540, SOBRE CUIDADO DEL ASEO Y LIMPIEZA DE LA CIUDAD - DESRATIZACIÓN - RATAS - ALIMAÑAS - DENUNCIAS - BALDÍOS - TERRENOS - LOTES - CASAS ABANDONADAS - HIGIENE URBANA - SANEAMIENTO - DESINSECTACIÓN , DESINFECCIÓN -
Publicación:
09/04/1997
Sanción:
27/12/1996
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
29/01/1997
Estado:
No vigente
Artículo 1° - Incorpóranse a la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540, AD 470.2) los siguientes artículos:
"Art. 18 - El Poder Ejecutivo, una vez al año, procederá a publicar, mediante avisos durante cinco (5) días en el Boletín Oficial, en los diarios de mayor circulación y en otros medios de comunicación, la advertencia que formula el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a los propietarios de terrenos baldíos y casas abandonadas ubicados dentro del perímetro de la Ciudad, para que dentro de los noventa (90) días corridos de la última publicación, procedan a su higienización, desratización y mantenimiento en buen estado de conservación, bajo apercibimiento, de realizar los trabajos por administración y a su costa, de acuerdo a lo normado por el artículo 11 de este cuerpo normativo (B.M. N° 15.540, AD 470.1.2).
Art. 19 - El Poder Ejecutivo, en el mismo acto señalado en el articulo precedente, convocará a los vecinos de la Ciudad a que informen de la existencia de inmuebles en condiciones de infracción a la normativa mencionada, a los fines de proceder de conformidad con lo que dispone la citada legislación, para lo cual habilitará líneas telefónicas.
Art. 20 - Vencidos los plazos previstos en el artículo 18 de la presente, el organismo correspondiente dará cumplimiento al procedimiento previsto para el caso en la presente ordenanza"
Art. 2° - Comuníquese, etcétera.
Buenos Aires, 9 de abril de 1997.
La presente Ordenanza N° 51 .278 ha quedado automáticamente promulgada el 29 de enero de 1997.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial; cumplido archívese.