RESOLUCIÓN 126 2016 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
ENCOMENDACIÓN DE FIRMA DE ACTOS ADMINISTRATIVOS - INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO ÚNICO Y OBLIGATORIO DE ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES PARA PERSONAS MAYORES - DIRECTOR GENERAL LEGAL Y TÉCNICO - PROCEDIMIENTO - SUSCRIPCIÓN - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - DELEGACIÓN DE FACULTADES
Publicación:
11/03/2016
Sanción:
07/03/2016
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO:
Las Leyes N° 2624 (texto consolidado por Ley N° 5454), N° 661 (texto consolidado por
Ley N° 5454) y N° 3996 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto N°
1076/GCABA/05, las Resoluciones N° 66/AGC/13 y modificatorias, y el Expediente
Electrónico N° 7812168/MGEYA/AGC/2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), como
ente autárquico en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme lo dispuesto en la Resolución N° 66/AGC/13 y sus modificatorias, se
estableció la estructura orgánico funcional de la AGC, bajo cuya órbita funciona la
Dirección General Legal y Técnica (DGLyT);
Que a través del Decreto N° 15/GCABA/16, se designó a quien suscribe, Dr. Matías
Álvarez Dorrego, (CUIL N° 20-25704964-8), como Director Ejecutivo de la AGC;
Que por su parte, mediante la Resolución N° 12/AGC/16, se designó a cargo de la
referida Dirección General Legal y Técnica, al Dr. Pablo José Beverina (CUIL 20-
14189650-5);
Que mediante la Ley N° 661/01, se creó el Registro Único y Obligatorio de
Establecimientos Residenciales para Personas Mayores de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que el Artículo 3° del Anexo del Decreto N° 1076/GCABA/05 estableció como requisito
obligatorio para el funcionamiento de los Establecimientos Residenciales la inscripción
en el Registro Único y Obligatorio de Establecimientos Residenciales para Personas
Mayores;
Que posteriormente, mediante la Ley N° 3996/11 se modificó la precitada Ley,
instituyendo en su Artículo 4° a la Agencia Gubernamental de Control como autoridad
de aplicación;
Que por razones operativas resulta necesario delegar en el Dcirector General Legal y
Técnico de esta AGC, la suscripción de los actos administrativos relativos a las
inscripciones en el Registro Único y Obligatorio de Establecimientos Residenciales
para Personas Mayores previsto en el Decreto N° 1076/GCABA/05;
Que de acuerdo con lo normado en el Artículo 12° inc. g) de la Ley N° 2.624, el
Director Ejecutivo se encuentra facultado para delegar, a través de los actos
administrativos correspondientes, las facultades en los directores generales y personal
superior de la Agencia;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y
Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12° de la Ley N° 2.624,
Artículo 1°.- Encomiéndase la firma de los actos administrativos relativos a las
inscripciones en el Registro Único y Obligatorio de Establecimientos Residenciales
para Personas Mayores previsto en el Decreto N° 1076/GCABA/05, en el Director
General Legal y Técnico de esta AGC.
Artículo 2°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales y
demás Unidades dependientes de esta AGC y a la Subsecretaría de Tercera Edad del
Ministerio de Desarrollo Social. Cumplido, archívese. Álvarez Dorrego