RESOLUCIÓN 472 2016 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
AUTORIZA GUARDIAS PARA MÉDICOS PEDIATRAS - SERVICIOS DE PEDIATRÍA - HOSPITALES GENERALES DE AGUDOS - GUARDIAS MÉDICAS - AUTORIZACIÓN EXCEPCIONAL - MESES DE MAYO A SEPTIEMBRE DE 2016 - SERVICIO DE PEDIATRÍA - HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS RICARDO GUTIÉRREZ - PEDRO DE ELIZALDE - DEPARTAMENTO DE URGENCIAS - PROFESIONALES DE KINESIOLOGÍA - KINESIÓLOGOS - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
28/03/2016
Sanción:
22/03/2016
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO:
El Decreto N° 983/2003 y el Expediente Electrónico N° 2016-08246326-MGEYA-
DGHOSP y;
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección General de Hospitales, informa sobre la necesidad de reforzar la
atención de pediatría y kinesiología durante los meses de mayo a septiembre
inclusive, en función de la mayor incidencia de enfermedades respiratorias, como
bronquiolitis, neumonía y bronquitis, correspondientes al período estacional;
Que, la excesiva demanda de atención en los Servicios de Pediatría, tanto en la
consulta externa como en la internación, ha demostrado tener tal magnitud que
justifica la implementación de la modalidad que se propicia, para la optimización del
tratamiento de las patologías mencionadas, habiendo mejorado la calidad de atención
de las mismas, a través de los años en que se aplica;
Que, en función de lo expuesto, resulta de imprescindible necesidad reforzar, durante
los meses de Mayo a Septiembre inclusive, los Servicios de Pediatría de los
Hospitales Generales de Agudos y de los Hospitales Generales de Niños, con médicos
con especialidad pediátrica;
Que, para un tratamiento integral, también corresponde incorporar un profesional
kinesiólogo en los servicios mencionado precedentemente;
Que, el artículo 8° del Decreto N° 938/2003 autoriza a la otrora Secretaría de Salud, a
resolver toda situación de carácter excepcional no prevista en el Anexo I del citado
Decreto y que sea necesario adoptar para asegurar la continuidad de las prestaciones
de urgencia;
Por ello, y en uso de atribuciones que le son propias,
Artículo 1°.- Autorizase una (1) guardia de 24 horas por día para médicos pediatras en
todos los Servicios de Pediatría de los Hospitales Generales de Agudos dependientes
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el período comprendido
entre los meses de mayo a septiembre de 2016 inclusive, con dependencia operativa
del Servicio de Pediatría.
Artículo 2°.- Autorizase dos (2) guardias de 24 horas por día para médicos pediatras
en los Hospitales Generales de Niños (Ricardo Gutiérrez y Pedro de Elizalde),
dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el período
comprendido entre los meses de mayo a septiembre de 2016 inclusive, con
dependencia operativa del Departamento de Urgencias.
Artículo 3°.- Autorizase una (1) guardia diaria de 24 horas para profesionales de
kinesiología en todos los Servicios de Pediatría de los Hospitales Generales de
Agudos y Generales de Niños, dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en el período comprendido entre los meses de Mayo a Septiembre de
2016 inclusive, pudiendo ser dividida, cada guardia en dos (2) guardias de doce (12)
horas cada una, para la atención exclusiva de los pacientes pediátricos afectados por
estas patologías.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
para su conocimiento y demás fines y notificación pertinente, pase a la Subsecretaría
de Atención Hospitalaria, a las Direcciones Generales de Hospitales y Administración y
Desarrollo de Recursos Humanos de Salud. Cumplido archívese. Bou Pérez