RESOLUCIÓN 10 1997 SUBSECRETARIA DE PROMOCION Y DESARROLLO COMUNITARIO

Síntesis:

APRUEBA LAS NORMAS DE PROCEDIMIENTO PARA COORDINAR LAS PRESTACIONES DE LOS SERVICIOS SOCIALES ZONALES EN LOS CENTROS DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN

Publicación:

25/09/1998

Sanción:

05/06/1997

Organismo:

SUBSECRETARIA DE PROMOCION Y DESARROLLO COMUNITARIO


Visto, los Decretos Nros. 213-GCBA-96 (BOGCBA N° 39) y 483-GCBA-96 (BOGCBA N° 86), relacionados con los Centros de Gestión y Participación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la Resolución N° 1- VJGCBA-96 (BOGCBA N° 63), la Resolución N°2-SSD-97 (BOGCBA N° 142) y el Decreto N° 7.975/85 (B.M. N° 17.652) mediante el cual se crean los Servicios Sociales, y

CONSIDERANDO:

Que por las normas legales citadas, se crean los Centros de Gestión y Participación dependientes de la Subsecretaría de Descentralización y los Servicios Sociales Zonales dependientes de la Secretaría de Promoción Social, con límites territoriales coincidentes, basados en los ex Consejos Vecinales y lugar de funcionamiento en una misma sede, por lo que resulta menester coordinar las acciones de ambos organismos a fin de dar en forma mancomunada una respuesta directa del Gobierno de la Ciudad a los problemas de la comunidad;

Que en el ámbito del Consejo de Descentralización y Modernización, las Direcciones Generales de Políticas Sociales y de Descentralización, han diseñado un acuerdo de gestión, en el que se establece la articulación entre los Centros de Gestión y Participación y los Servicios Sociales Zonales dependientes de la Dirección de Políticas Sociales a través del establecimiento de nuevos procedimientos y responsabilidades compartidas;

Que en esta primera etapa se han fijado las actividades y servicios a coordinar, asignando los recursos físicos y el personal necesario para una atención adecuada a Ios problemas sociales, reduciendo trámites, demoras y traslados innecesarios;

Que en tal sentido corresponde aprobar Normas de Procedimiento que fijen las competencias de cada área para coordinar las prestaciones de los Servicios Sociales Zonales en los Centros de Gestión y Participación de! Gobierno de la Ciudad propendiendo a la optimización de los servicios y a la unificación de criterios de gestión y atención al ciudadano;

Que es necesario desarrollar prioridades de gestión y políticas de mejora en los Servicios así como coordinar la convocatoria a las actividades de participación a nivel local y el relevamiento de recursos y necesidades por zona;

Que corresponde comunicar a las distintas áreas de la Administración Central los alcances del procedimiento a implementar a través de la correspondiente publicación en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;


Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE PROMOCION Y DESARROLLO
COMUNITARIO Y EL SUBSECRETARIO DE
DESCENTRALIZACION
RESUELVEN:

Artículo 1° - Apruébanse las Normas de Procedimiento para coordinar las prestaciones de los Servicios Sociales Zonales Decreto N° 7.975/85 (B.M. N° 17.652), en los Centros de Gestión y Participación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que como ANEXO I y ANEXO II forman parte integrante de la presente.

Art. 2° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Promoción y Desarrollo Comunitario, Dirección General de Políticas Sociales para la comunicación a los Servicios Sociales Zonales, a la Subsecretaría de Descentralización y Dirección General de Descentralización para la comunicación a los Centros de Gestión y Participación Nos. 1, 2 Norte, 2 Sur, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 Este, 14 Oeste y al Consejo de Descentralización y Modernización.

Cumplido, archívese.


ANEXOS

Anexo I

NORMAS DE PROCEDIMIENTO PARA COORDINAR LAS PRESTAClONES DE LOS SERVICIOS SOCIALES ZONALES DECRETO N° 7.975/85 (B.M. N° 17.652), EN LOS CENTROS DE GESTION Y PARTICIPACION DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

De las normas generales:

A fin de dar una respuesta mancomunada del Gobierno de la Ciudad en materia de promoción y asistencia social en los barrios, la Subsecretaría de Promoción y Desarrollo Comunitario dependiente de la Secretaría de Promoción Social y la Subsecretaría de Descentralización dependiente de la Vicejefatura de Gobierno ajustarán el funcionamiento de los Servicios Sociales Zonales y de los Centros de Gestión y Participación que le dependen respectivamente, a la siguiente Norma de Procedimiento que tiene como objetivo básico coordinar a través de dichos organismos la plena utilización de los recursos públicos y privados disponibles en la atención directa y personalizada de los problemas de los habitantes del barrio.



De los Recursos

ARTICULO PRIMERO: "Recursos Normativos, para la Programación de Acción Coordinada".

La Dirección General de Políticas Sociales a través de quien ésta designe al efecto y los Directores Generales de los Centros de Gestión y Participación, potenciarán conforme sus misiones y funciones la promoción de las actividades comunitarias en su ámbito territorial, mediante la programación conjunta y la acción coordinada de los procedimientos para la articulación con los Programas del Gobierno de la Ciudad.

ARTICULO SEGUNDO: " Relaciones Internas"

La Dirección General de Políticas Sociales y la Dirección General de Descentralización establecerán coordinaciones funcionales y convenios explícitos con otras áreas del Gobierno de la Ciudad para potenciar su accionar local y sentar las bases para la descentralización administrativa en apoyo de la participación comunitaria.

ARTICULO TERCERO: " Recursos Externos ".

Los Directores Generales de los Centros de Gestión y la Dirección General de Políticas Sociales fomentarán la organización en Redes de instituciones gubernamentales y no gubernamentales, entidades religiosas asociaciones intermedias, cámaras empresarias, medios de comunicación, usuarios, etc., integrándose a un proceso de construcción colectivo basado en la confianza y el respeto mutuo, optimizando las relaciones sociales para contribuir a generar alternativas de auto organización potenciando la utilización de los recursos.

Los recursos estratégicos compartidos se constituyen en Redes que se activan para resolver la problemática de cada una de las zonas, mediante el establecimiento de relaciones fluidas y horizontales entre todos los participantes. Pueden existir varias Redes en el ámbito geográfico de cada Centro de Gestión y Participación.

ARTICULO CUARTO: "Recursos Institucionales y Físicos".

Relevamiento de los Recursos Físicos en el área del CGP. Los Directores Generales de los Centros de Gestión y Participación y la Dirección General de Políticas Sociales, mantendrán actualizado el relevamiento de los recursos institucionales y físicos destinados a las actividades sociales existentes en el área de su competencia (Unidades Hospitalarias - Establecimientos Educativos - Hogares Geriátricos - Centros Polideportivos - Clubes - Espacios Públicos - Anfiteatros - Iglesias - etc.). Dicho relevamiento deberá contemplar entre otras variables, las siguientes: localización, máximo responsable características de los servicios que presta, de la población objetivo y del equipamiento disponible y, potencial o real articulación con el Centro de Gestión y Participación y el Servicio Social Zonal y toda otra información que resulte de interés.
La actualización del relevamiento de los recursos institucionales y físicos y de toda otra información pertinente, será realizada de común acuerdo entre la Dirección General de Políticas Sociales a través de quien ésta designe al efecto y las Direcciones Generales de los Centros de Gestión y Participación.
Los Recursos relevados, serán comunicados mensualmente por la Dirección General del Centro de Gestión y Participación a la Dirección General de Descentralización, a efectos de su incorporación al Sistema de Información Geográfica (SIG) de la Subsecretaría de Descentralización, que contará asimismo con el mapa conceptual de variables socioeconómicas producido por el sistema estadístico del Gobierno de la Ciudad. Asimismo la Dirección General de Políticas Sociales, comunicará mensualmente a la Secretaría de Promoción Social la actualización del relevamiento de recursos institucionales y físicos para la incorporación al sistema informático de dicha Secretaría.

Ambos sistemas informáticos, deberán mantener recíprocamente actualizada su información comunicando automáticamente cualquier actualización que registre alguna de las áreas.

ARTICULO QUINTO: "Recursos Presupuestarios".

Los recursos presupuestarios están conformados por el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y los recursos de los Programas y Planes ejecutados por las Secretarías destinados a obras y servicios públicos básicos para la comunidad.

La Dirección General de Políticas Sociales y Directores Generales de los Centros de Gestión y Participación, solicitarán información sobre los Programas y Proyectos aprobados en el Presupuesto General para cada Secretaría, que se ejecuten en el territorio de cada Centro de Gestión y Participación. Dicha información podrá solicitarse en forma individual o conjunta, debiéndose mantener entre las áreas un flujo de intercambio de información permanente, sobre los recursos del Gobierno de Ia Ciudad aplicados a programas sociales o con implicancia social en la zona.

De la Metodología Operativa para la Programación y Coordinación de Actividades.

ARTICULO SEXTO: La Programación de los Servicios de Promoción y Asistencia Social será realizada en forma conjunta entre la Dirección General de Políticas Sociales a través de quien ésta designe al efecto y el Director General del Centro de Gestión y Participación y deberá contemplar entre otros, los siguientes aspectos:

1. Encuadrarse en las orientaciones generales de la Política Social de la Secretaría de Promoción Social del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

2. Considerar las realidades sociales locales del área geográfica del Centro de Gestión y Participación de que se trate, para lo que se realizarán los estudios técnicos específicos.

3. La Dirección General de Políticas Sociales y la Dirección General de Descentralización harán los esfuerzos necesarios para coordinar los recursos del Gobierno de la Ciudad en el área de cada Centro de Gestión y Participación, así como la participación de aquellos recursos emergentes de las Redes Sociales que existieran.

4. La Programación de actividades en el área de cada Centro de Gestión y Participación, será conjunta y con una frecuencia como mínimo trimestral, a efectos de optimizar los recursos y revisar las estrategias. Se definirán en dichas programaciones los siguientes aspectos:

a)Metas.
b)Responsables.
c)Recursos.

5. Cuando se requiera la participación de otras áreas del Gobierno la convocatoria será conjunta.

6. Como marco para la programación, las Direcciones Generales de Políticas Sociales y de Descentralización pondrán en conocimiento mutuo los respectivos planes anuales.

7. Los Directores Generales de los Centros de Gestión y Participación mantendrán informada a la Dirección General de Políticas Sociales sobre toda actividad que otras áreas del Gobierno de la Ciudad articulen a través de los Directores Generales de los Centros de Gestión y Participación y que tenga implicancias sociales.

8. La Dirección General de Políticas Sociales mantendrá informados a los Directores Generales de los Centros de Gestión y Participación sobre toda actividad que otras áreas del Gobierno de la Ciudad articulen a través de los Servicios Sociales Zonales y que tenga implicancia social.

De las Intervención en los Procesos.

ARTICULO SEPTIMO: Establécese que la articulación del Centro de Gestión y Participación en los principales procesos gestionados por el Servicio Social Zonal, deberá instrumentarse de acuerdo con el siguiente detalle, indicándose que la mención de las actividades enumeradas no es taxativa pudiendo ampliarse mediante Disposición Conjunta de las Direcciones Generales de Políticas Sociales y de Descentralización:

1. Solicitud de información por parte de los vecinos sobre recursos para atender problemas sociales:

� Se tenderá a un Servicio de Orientación Unico. A futuro y según las condiciones de cada Centro de Gestión y Participación, se creará una Ventanilla Unica de información y atención administrativa. En esta primera etapa la Dirección General de Políticas Sociales, pondrá a disposición de la Dirección General de Descentralización (Area de Sistemas) la información con que cuenta sobre recursos disponibles para atender problemas sociales en la zona, a efectos de incorporarlo al sistema de información con que cuenta cada Centro de Gestión y Participación.

2. Reclamos y denuncias:

� Los reclamos y denuncias de los vecinos de cada barrio que ingresen a la Dirección General de Políticas Sociales, serán derivados cuando corresponda a los Centros de Gestión y Participación para su tratamiento. Los Reclamos ingresados en el Centros de Gestión y Participación que se refieran a problemas sociales, serán tratados directamente por el Servicio Social Zonal, informando sobre su gestión a la Dirección General de Políticas Sociales a través de quien designe al efecto y al Director General del Centro de Gestión y Participación periódicamente, mediante una Nota Interna.
3. Derivaciones del Servicio Social Zonal a otros Organismos:
� La derivación de los casos sociales es una competencia del Servicio Social Zonal.
Cuando se realicen derivaciones a establecimientos ubicados dentro del área geográfica del Centro de Gestión y Participación, se podrá solicitar al Director General su intervención para facilitar la gestión y consolidar la presencia del Centro de Gestión y Participación en la zona.

4. Atención Individual, Familiar y de Grupos:
� El Servicio Social Zonal brindará asesoramiento y tratamiento a individuos, grupos y familias, derivando cuando sea necesario y de acuerdo con los problemas diagnosticados.
La información estadística que se produce en cada Servicio Social será comunicada en forma trimestral a la Dirección General del Centro de Gestión y Participación.

5. Redes Sociales.
Promoción:
La Dirección General de Políticas Sociales difundirá los aspectos conceptuales del trabajo en Red, a través de:

� Seminarios internos en cada CGP, con la participación de Instituciones y Organismos Gubernamentales y no Gubernamentales para construir una visión compartida que permita incrementar la productividad social y reducir el conflicto.
� � Información acerca de las Redes existentes, con sus integrantes y los logros alcanzados por las mismas.

Procedimiento para la gestión en redes:

� Los Proyectos que ingresen a ambos organismos y que requieran de la convocatoria a Redes existentes o a la puesta en su consideración, se planificarán conjuntamente.

� Los Directores Generales de los Centros de Gestión y Participación serán informados y/o invitados a participar de las reuniones de las redes de las que forma parte el personal de los Servicios Sociales Zonales, según la dinámica de los procesos de las redes existentes.

6. Proyectos Locales:
� La Dirección General de Políticas Sociales podrá convocar a pasantes de universidades para realizar trabajos de campo que sirvan como base para diseñar proyectos locales que se incorporarán a la programación conjunta.

7. Base de Datos de Organizaciones que operan en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires:
� El Servicio Social Zonal aporta información a la Base de Datos de las Organizaciones que estén o no registradas formalmente. La Base de Datos será responsabilidad compartida de la Dirección de Relaciones Institucionales dependiente de la Dirección General de Políticas Sociales y en quien ésta designe en su representación. En treinta (30) días, a partir de la firma de la presente Resolución Conjunta, se entregará un diskette con la primera versión que será distribuida completa en todos los CGP para disponer de información que facilite la articulación de los actores sociales. Por otra parte se coordinarán los campos mínimos que en común contendrán las bases que sobre el particular creen las Direcciones Generales de la Subsecretaría de Descentralización a efectos de su futura integración.

8. Estudios Técnicos Locales:

� Se debe identificar claramente el tipo de Estudio.

� Cuando se requiera un Estudio Especial el Director General del Centro de Gestión y Participación deberá comunicarse con la Dirección General de Políticas Sociales, para realizar el análisis metodológico para su abordaje según la característica de la demanda.

� Periódicamente el Servicio Social Zonal brindará información sistemática sobre la distribución territorial de las demandas, lo que permitirá actualizar el diagnóstico de la zona.

9 Acciones de Difusión

� Toda pieza de información que se produzca para orientar la demanda de los vecinos o para promocionar actividades de índole social hará mención a ambos organismos con sus respectivas dependencias institucionales, identificándolos con el iso o logotipo que se encuentre vigente en cada caso.

� Los Directores Generales de Políticas Sociales y de Descentralización designarán, respectivamente, dentro de los 30 días de la presente, un responsable para coordinar las pautas de comunicación conjuntas.

10 Supervisión de la prestación del Servicio

� Procedimiento administrativo: Las Notas y Actuaciones que el Director General del Centro de Gestión y Participación y el Coordinador del Servicio Social Zonal deban firmar en forma conjunta, serán numeradas y registradas en la Mesa de Entradas y Salidas del Centro de Gestión y Participación. Cumplido dicho trámite se remitirá una copia al Servicio Social Zonal.

� Parte Semanal y Mensual: El Coordinador del Servicio Social Zonal, deberá confeccionar un "Parte Semanal" de actividades que contendrá el listado de todas las actividades desarrolladas durante cada día de la semana, carga horaria destinada y su resultado y un "Resumen Mensual", que sintetizará dichas actividades, carga horaria y resultados.

� El "Parte Semanal" y el "Resumen Mensual" serán visados por el Director General del Centro de Gestión y Participación y se archivará en un legajo que será abierto a tal efecto en ambas Reparticiones. Una copia del " Parte Semanal " y del " Resumen Mensual ", será enviada a la Dirección General de Políticas Sociales a través de quien ésta designe al electo.

� Horario: Se tenderá a la unificación los horarios de atención de los Servicios Sociales Zonales en los Centros de Gestión y Participación, condicionado a los recursos humanos disponibles y a la evaluación de la demanda de cada zona.

� Control de Asistencia de Personal: El personal del Servicio Social Zonal depende orgánica y funcionalmente de la Dirección General de Políticas Sociales. A efectos de garantizar la calidad y coordinación de los servicios, deberá registrar su presentismo (entrada y salida) en la Dirección General del Centro de Gestión y Participación que le deberá asignar un lugar al efecto. Asimismo el Coordinador del Servicio Social Zonal informará las comisiones y los permisos de salida en relación a las tareas programadas y coyunturales.

ARTICULO OCTAVO: " Infraestructura "
La Dirección General de Políticas Sociales y la Dirección General de Descentralización, coordinarán en cada Centro de Gestión y Participación, la disponibilidad de una oficina para el trabajo del equipo y un despacho para la entrevista personalizada y privada de las familias o individuos que demanden el servicio. De acuerdo con sus posibilidades, los Centros de Gestión y Participación facilitarán espacios para la realización de actividades colectivas.

ARTICULO NOVENO: La presente Norma de Procedimiento, comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, cubriendo el territorio de la Ciudad de Buenos Aires en la forma establecida en el ANEXO II de: Límites territoriales, Asientos físicos, Funcionarios responsables y Servicios básicos.


Anexo II

LIMITES TERRITORIALES, ASIENTO
FISICO, FUNCIONARIOS RESPONSABLES Y
SERVICIOS BASICOS


CGP N° 1 Uruguay 740.
Límites: Avdas. Juan de Garay - Entre Ríos - Callao - Pueyrredón - Jujuy- Río de la Plata. Director General: Sr. Adrián Rivero.
Teléfono - Fax: 373-1896 / 6774.
Conmutador GCBA: 323-8000 internos 4550 y 4551.
Coordinadora Servicio Social Zonal: Lic. María Susana Pietropaolo.
Teléfono - Fax: 371-2387


CGP N° 2 Norte Av. Coronel Díaz 2110
Límites: Córdoba - Callao - del Libertador - Figueroa Alcorta Zona Urb. Pque. Thais J. Salguero - Figueroa Alcorta - Ocampo - Cnel. Díaz - Las Heras - Juncal - Bulnes.
Director General: Dr. Sergio Abrevaya.
Teléfono - Fax: 824-1071 - 827-5956/5957/5958/5961.
Conmutador GCBA: 323-8000 internos 4570 y 4571.
Coordinadora Servicio Social Zonal: Lic. Gabriela Pisano.
Teléfono - Fax: 824-1071






CGP N° 2 Sur Junín 521/23
Limites: Córdoba - Callao - Entre Ríos - Independencia - Boedo - Bulnes.
Director General: Dr. José Kibudi. Teléfono - Fax: 375-0645/0644
Conmutador GCBA: 323-8000
Coordinadora Servicio Social Zonal: Lic. Alejandra Fontanazza.
Teléfono - Fax: 861-2962


CGP N° 3 Martín García 427/31
Límites: Juan de Garay - Entre Ríos - Velez Sarsfield - Pedro de Mendoza - Río de la Plata
Directora General: Lic. Silvana Giúdici. Teléfono - Fax: 307-3134 / 0774 - 300-4539 Conmutador GCBA: 323-8000 intemos 4564 y 4565
Coordinadora Servicio Social Zonal: Lic. María Suárez
Teléfono - Fax: 307-3134 interno N°11 - 300-9461


CGP N° 4 Sarandí 1273.
Límites: Av. Sáenz - Boedo - Independencia - Entre Ríos - Vélez Sársfieid - Riachuelo.
Directora General: Sra. Susana Alvarado Teléfono - Fax: 304-3754 - 305-2887
Conmutador GCBA: 323-8000 internos 4552 y 4553.
Coordinadora Servicio Social Zonal: Lic. Graciela Loudet.
Teléfono - Fax: 305-7383


CGP N° 5 Av. del Barco Centenera 2902/6 (ver posible cambio)
Límites: Mariano Acosta - Eva Perón - Curapaligüe Asamblea - Juan de Garay - Boedo - Sáenz - 27 de febrero Mariano Acosta.
Director General: Dr. Ezio Emiliozzi Teléfono - Fax: 918-8920
Conmutador GCBA: 323-8000 internos 4574 y 4575
Coordinadora Servicio Social Zonal: Lic. Silvia Castelo
Teléfono - Fax: 918-2243/1815


CGP N° 6 Av. Díaz Vélez 4558.
Límites: Emilio Mitre - Gainza - Gallardo - Córdoba - Bulnes Boedo - Vernet.
Director General: Dr. Juan José Pi de la Serra. Teléfono - Fax: 981 -5291 / 8269 / 81 37.
Conmutador GCBA: 323-8000 internos 4560 y 4561
Coordinadora Servicio Social Zonal: Lic. Georgina Mariani Ruejas
Teléfono - Fax: 9B2-0789



CGP N° 7 Av. Rivadavia 7202
Límites: J.B. Justo - Gaona - Gainza - E. Mitre - Eva Perón Escalada - Irigoyen.
Directora General: Sra. Ana Z. de Arcuri. Teléfono - Fax: 611-1765 - 613-1530 - 637-0439. Conmutador GCBA: 323-8000 internos 4566 y 4567
Coordinadora Servicio Social Zonal: Lic. Alejandra López Ferré.
Teléfono - Fax: 637-0481.

CGP N° 8 Av. Cnel. Roca 5252.
Límites: Eva Perón - Mariano Acosta - 27 de Febrero - Gral. Paz.
Director General: Arq. Ariel Pradelli.
Teléfono - Fax: 605-1735/2631 - 604-0218 Conmutador GCBA: 323-8000 internos 4554 y 4555 Coordinadora Servicio Social Zonal: Lic. María Eugenia Salazar
Teléfono - Fax: 604-1124.


CGP N° 9 Timoteo Gordillo 2212
Limites: Bacacay - Irigoyen - Escalada - Eva Perón - Gral. Paz.
Director General: Cdor. Roberto Castro.
Teléfono - Fax: 687-6251/2095/6251 - 686-2115
Conmutador GCBA: 323-8000 internos 4562 y 4563.
Coordinadora Servicio Social Zonal: Lic. Olga Caballero. Teléfono - Fax: 686-1762.


CGP N° 10 Av. Francisco Beiró 4629.
Límites: Avda. Gral. Paz - Cuenca - J.B. Justo - César Díaz - Bacacay.
Director General: Jorge Rubén Delellis
Conmutador GCBA: 323-8000 internos 4576 y 4577
Coordinadora Servicio Social Zonal: Lic. Patricia Manso.
Teléfono - Fax: 501-0287.


CGP N° 11 Alte. Fco. Seguí 2125
Límites: S. M. del Carril - Forest - Corrientes - Angel Gallardo - Cuenca
Director General: Dr. Norberto Almécija.
Teléfono - Fax: 581-0809 - 582-3985 - 583-6165
Conmutador GCBA: 323-8000 internos 4546 y 4547
Coordinadora Servicio Social Zonal: Lic. Estela Maisonave
Teléfono - Fax: 581-8368


CGP N° 12 Miller 2751
Límites: Gral. Paz - Vidal - La Pampa - S. M. del Carril Cuenca.
Director General: Arq. Walter Duhalde.
Teléfono - Fax: 522-9947/4745 - 521-3467
Conmutador GCBA: 323-8000 internos 4578 y 4579
Coordinadora Servicio Social Zonal: Lic. Isabel Terriña.
Teléfono - Fax: 523-9489

CGP N° 13 Av. Cabildo 3061
Límites: La Pampa - Río de la Plata - Gral. Paz - Vidal.
Directora General: Lic. Virginia Haurie.
Teléfono - Fax: 702-3748 - 702-3749.
Conmutador GCBA: 323-8000 internos 4568 y 4569
Coordinadora Servicio Social Zonal: Lic. María Cecilia Baracetti.
Teléfono - Fax: 703-4187


CGP N° 14 Este Av. Coronel Díaz 2110.
Límites: Río de la Plata - Dorrego - Int. Bullrrich - J. B. Justo Corrientes - Estado de Israel - Córdoba - Bulnes - Juncal Cnel. Díaz - Cerviño - Ocampo -Figueroa Alcorta - Salguero.
Director General: Lic. Enrique Maldonado.
Teléfono - Fax: 827-5954 / 5056 / 5957 / 5958 / 5961
Conmutador GCBA: 323-8000 internos 4570 y 4571
Coordinadora Servicio Social Zonal: Lic. Gabriela Pisano.
Teléfono - Fax:


CGP N° 14 Oeste Av. Córdoba 5690.
Límites: Río de la Plata - La Pampa - Forest - Corrientes - J. B. Justo - Bullrrich - Dorrego.
Director General: Prof. Raúl Ñamandú.
Teléfono - Fax: 776-1017 / 1067 - 771-7286
Conmutador GCBA: 323-8000 internos 4572 y 4573.
Coordinadora Servicio Social Zonal: Lic. Lidia Fernández
Teléfono - Fax:

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Res. 10-SSPYDC-SSD-98 aprueba las Normas de Procedimiento para coordinar las prestaciones de los Servicios Sociales Zonales creados por Dto. 7975-98
REFERENCIADA POR
Res. 972-MDSGC-08 Crea el Programa de Atención Social Descentralizada en el ámbito de la Dirección General de Servicios Sociales Zonales , a fin de garantizar la atención social descentralizada.
INTEGRA
Res. 10-SSPYDC-SSD-98 aprueba las Normas de Procedimiento para coordinar las prestaciones de los Servicios Sociales Zonales en los CGPS, creados por Dto. 213-96