RESOLUCIÓN 69 2016 SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
Síntesis:
APRUEBA PLAN CURRICULAR INSTITUCIONAL - CARRERA DE FORMACIÓN DOCENTE PRESENCIAL PROFESORADO DE EDUCACIÓN INICIAL - INSTITUTO SUMMA - PLANES CURRICULARES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
07/04/2016
Sanción:
18/03/2016
Organismo:
SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
VISTO:
El Expediente Electrónico N° 3.577.987/MGEYA-DGEGP/15, y
CONSIDERANDO:
Que por estas actuaciones tramita la aprobación del Plan Curricular Institucional para
la carrera de Formación Docente presencial del "Profesorado de Educación Inicial" que
se implementará en el Instituto "SUMMA" (A-613);
Que es objetivo primordial del Ministerio de Educación desarrollar acciones que
conlleven al mejoramiento de la calidad de la enseñanza y de las propuestas
formativas y que, a su vez, aseguren la coherencia y consistencia del conjunto de las
ofertas brindadas por las instituciones educativas de gestión estatal y gestión privada;
Que la Ley N° 33 dispone que todo nuevo plan de estudio o cualquier modificación a
ser aplicada en los contenidos o carga horaria de los planes de estudio vigentes en los
establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad y tipo de gestión
dependientes o supervisados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, para lograr validez, deberán estar sujetos a la aprobación del Ministerio de
Educación, mediante el dictado de resolución fundada para cada caso concreto;
Que mediante la Resolución N° 24/CFE/07 se aprobó el documento con los
"Lineamientos Curriculares Nacionales para la Formación Docente Inicial"
estableciéndose en el Apartado II - Niveles de concreción del currículo, punto 20.2 que
"...se espera que cada jurisdicción pueda elaborar los diseños curriculares pertinentes
y culturalmente relevantes para su oferta educativa, a partir de los lineamientos
nacionales y considerando un margen de flexibilidad para el desarrollo de propuestas y
acciones de definición institucional local";
Que por Resolución N° 2438-MEGC/14 se aprobó el Diseño Curricular Jurisdiccional
para la Formación Docente del "Profesorado de Educación Inicial " que deberá
implementarse en los Institutos Superiores de Formación Docente, dependientes de la
Dirección de Formación Docente perteneciente a la Dirección General de Educación
Superior y en los Institutos de Formación Docente supervisados por la Dirección
General de Educación de Gestión Privada del Ministerio de Educación del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que las Resoluciones aprobatorias de los Diseños Curriculares Jurisdiccionales de
Formación Docente de carácter presencial conllevan la elaboración de Planes
Curriculares Institucionales por parte de cada Instituto;
Que la Resolución N° 1067-MEGC/15 regula el proceso de aprobación de los Planes
Curriculares Institucionales de Formación Docente y especifica los componentes que
los institutos deben elevar para su aprobación;
Que el Instituto San Ambrosio, incorporado a la enseñanza oficial con la característica
(A-399), ha elaborado su Plan Curricular Institucional de acuerdo con el Diseño
Curricular Jurisdiccional "Profesorado de Educación Inicial" (Resolución N° 2438-
MEGC-2014) y los requisitos de la Resolución N° 1067/MEGC/15;
Que el Instituto Nacional de Formación Docente certificó que el Instituto "SUMMA" (A-
613) CUE020075300, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentra inscripto
en el Registro Federal de instituciones y ofertas de Formación Docente; Que la
Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que
le compete.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Resolución N° 263-MEGC/16,
Artículo 1.- Apruébase el Plan Curricular Institucional de la carrera de Formación
Docente presencial "Profesorado de Educación Inicial" del Instituto "SUMMA" (A- 613)
que como Anexo (IF-2015-37343320-DGEGP) forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Autorízase su implementación en el instituto incorporado a la enseñanza
oficial "SUMMA" (A- 613), sito en Yerbal 65, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3.- Encomiéndase a la Dirección General de Educación de Gestión Privada el
seguimiento, la evaluación y la elevación de la aplicación del Plan Curricular
Institucional aprobado en el artículo 1 de la presente.
Artículo 4.- Déjase constancia de que lo aprobado en el artículo 1 no lleva implícito el
derecho a percibir aporte gubernamental por parte del Ministerio de Educación de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y efectúense
las comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Planeamiento e
Innovación Educativa, de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a las
Direcciones Generales de Educación Superior, de Planeamiento Educativo, de
Educación de Gestión Privada y, para su conocimiento y demás efectos, a la Gerencia
Operativa de Currículum. Gírese a la a la Direcciones Generales de Gestión Privada,
archívese. Azar
ANEXOS