RESOLUCIÓN 1332 2016 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
MODIFICA EL ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN 1226-SED-00 - DISEÑO CURRICULAR CORRESPONDIENTE A NIÑOS DESDE 45 DÍAS HASTA 2 AÑOS - NIVEL INICIAL
Publicación:
22/04/2016
Sanción:
06/04/2016
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO:
La Resolución N° 1226-SED/00, el Expediente Electrónico N° 27.102.856/MGEYA-
DGPLINED/15, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la modificación del Diseño Curricular
Jurisdiccional para la educación inicial de niños y niñas desde 45 (cuarenta y cinco)
días hasta 2 (dos) años a los efectos de su implementación en los establecimientos de
la Dirección de Educación Inicial y de Formación Docente, dependientes de la
Dirección General de Educación de Gestión Estatal y de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada;
Que la Constitución de la Ciudad en su artículo 24, establece que la Ciudad asume la
responsabilidad indelegable de asegurar y financiar la educación pública, estatal, laica
y gratuita en todos los niveles y modalidades, a partir de los 45 (cuarenta y cinco días)
de vida hasta el nivel superior, con carácter obligatorio desde el preescolar hasta
completar 10 (diez) años de escolaridad o el período mayor que la legislación
determine;
Que la Ley Nacional N° 27.045 declara obligatoria la educación inicial para niños y
niñas de 4 (cuatro) años en el sistema educativo nacional, determinando que las
autoridades jurisdiccionales deberán asegurar el cumplimiento de la obligatoriedad
escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de
derechos que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y
rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad equivalentes
en todo el país y en todas las situaciones sociales;
Que su artículo tercero, la mencionada ley, establece que la educación inicial
constituye una unidad pedagógica y comprende a los/as niños/as desde los 45
(cuarenta y cinco) días hasta los 5 (cinco) años de edad inclusive, siendo obligatorios
los 2 (dos) últimos años, por lo cual las jurisdicciones tienen la obligación de
universalizar los servicios educativos para los/as niños/as de 3 (tres) años de edad,
priorizando la atención educativa de los sectores menos favorecidos de la población;
Que la Ley N° 33 dispone que todo nuevo plan de estudios o cualquier modificación a
ser aplicada en los contenidos o carga horaria de los planes de estudio vigentes en los
establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad y tipo de gestión
dependientes o supervisados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
para lograr validez deberán estar aprobados por el Ministerio de Educación de la
Ciudad mediante el dictado de Resolución fundada para cada caso concreto; que la
Resolución N° 1226-SED/00 aprobó el Diseño Curricular vigente para el nivel,
comprendiendo el marco General, niños de 45 días a 2 años, niños de 2 y 3 años y
Niños de 4 y 5 años;
Que la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa, a través de la
Gerencia Operativa de Currículum, ha desarrollado en los últimos años un proceso de
actualización del Diseño Curricular de Niños desde 45 (cuarenta y cinco) días hasta 2
(dos) años, incorporando los aportes de los diversos actores del sistema de educación
pública de gestión estatal y privada, y especialistas en educación Infantil;
Que el Decreto N° 660/11 y sus modificatorios establece que la citada Dirección
General tiene entre sus responsabilidades primarias la de diseñar y proponer la
currícula educativa;
Que, por Decreto N° 363/15, se aprobó la nueva estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
transfiriéndose las competencias de la Dirección General de Planeamiento e
Innovación Educativa, a la Dirección General de Planeamiento Educativo;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención legal que le compete;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Modifícase el Anexo I de la Resolución N° 1226-SED/00 en la parte del
Diseño Curricular correspondiente a Niños desde 45 días hasta 2 años, conforme el
Anexo I (IF-2015-27104800-DGPLINED) que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2.- Establécese que la presente Resolución será obligatoria a partir del ciclo
lectivo del año 2016, sin perjuicio del cronograma que las Direcciones de Formación
Docente y de Educación Inicial elaboren con las supervisiones para la incorporación
de establecimientos durante el presente ciclo.
Artículo 3.- Establécese que el actual Diseño correspondiente a Niños desde 45 días
hasta 2 años, que se imparten en los establecimientos de Educación Inicial de la
Dirección General de Educación de Gestión Estatal, de la Dirección de Formación
Docente de la Dirección de Educación Superior y de la Dirección General de
Educación de Gestión Privada mantendrá su vigencia hasta la implementación
definitiva de la modificación del Diseño Curricular Jurisdiccional que se aprueba en el
artículo 1 de la presente Resolución, la que quedará concretada en el ciclo lectivo
2016.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y efectúense
las Comunicaciones Oficiales a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y
Equidad Educativa, a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de
Educación de Gestión Privada, de Planeamiento e Innovación Educativa, y para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección de Educación Inicial y a la
Gerencia Operativa de Currículum del Ministerio de Educación. Cumplido, archívese.
Acuña
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4867