DECRETO 270 2016
Síntesis:
DEROGA LOS DECRETOS 1439-05 - 1031-09 - DELEGACIÓN DE FACULTADES - OTORGAMIENTO DE PODERES ESPECIALES A FAVOR DE AGENTES - DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN DE LA FLOTA AUTOMOTOR - REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO - REVOCACIÓN - GESTIÓN DE TRÁMITES RELACIONADO CON EL PARQUE AUTOMOTOR - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN OPERATIVA - MINISTERIO DE HACIENDA - RESPONSABILIDADES - ESCRIBANÍA GENERAL - INSTRUMENTACIÓN - ESCRITURA PÚBLICA - REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR - POLICÍA FEDERAL - ORGANISMOS NACIONALES - ORGANISMOS PROVINCIALES - INSTITUCIÓN PRIVADA - TRÁMITES RELACIONADOS CON EL PARQUE AUTOMOTOR
Publicación:
26/04/2016
Sanción:
22/04/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Los Decretos Nros. 1439/05 y su modificatorio 1031/09, 363/15 y sus modificatorios y
el Expediente N° 2016-11.089.701-DGTALMH; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1031/09 fue modificado el artículo 1° del Decreto N°
1439/05, delegando en el señor Subsecretario de la entonces Subsecretaría de
Gestión y Administración Financiera dependiente del Ministerio de Hacienda, la
facultad de otorgar y revocar Poderes especiales a favor de agentes dependientes de
la entonces Dirección General de Mantenimiento de la Flota Automotor para que, en
nombre y representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
gestionen ante el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Policía Federal
Argentina, organismos nacionales, provinciales e institución privada, cualquier trámite
relacionado con el Parque Automotor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por el Decreto N° 363/15 fue aprobada la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo de este Gobierno, modificándose la denominación de la entonces Dirección
General de Mantenimiento de Flota Automotor y su dependencia, manteniendo sus
responsabilidades primarias;
Que al mismo tiempo, resulta oportuno establecer que la Dirección General de
Escribanía General es la encargada de instrumentar en escritura pública el
otorgamiento y revocación de poderes especiales;
Que por lo expuesto, resulta necesario delegar en la Subsecretaría de Gestión
Operativa dependiente del Ministerio de Hacienda la facultad de otorgar y revocar los
poderes señalados.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Delégase en la Subsecretaría de Gestión Operativa dependiente del
Ministerio de Hacienda, la facultad de otorgar y revocar Poderes Especiales a favor de
agentes dependientes de la Dirección General Gestión de la Flota Automotor para que,
en nombre y representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
gestionen ante el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Policía Federal
Argentina, organismos nacionales, provinciales e institución privada, cualquier trámite
relacionado con el Parque Automotor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Artículo 2° - Instrúyase a la Dirección General de Escribanía General a instrumentar
mediante escritura pública lo dispuesto en el artículo 1°.
Artículo 3° - Deróganse los Decretos Nros. 1439/05 y su modificatorio 1031/09
Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General de Escribanía General y para su conocimiento y
demás efectos pase al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Gestión de la
Flota Automotor. Cumplido, archívese. SANTILLI P/P - Mura - Miguel