DECRETO 271 2016
Síntesis:
MODIFICACIÓN ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - CREACIÓN -DIRECCIÓN GENERAL - PROYECTOS Y DISEÑO URBANO - OBRAS E INFRAESTRUCTURA - ÁMBITO - SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA URBANA Y COORDINACIÓN GUBERNAMENTAL - SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA - SUPRIME - DIRECCIÓN GENERAL OBRAS, PROYECTOS Y DISEÑO URBANO - TRANSFIERE - PERSONAL PATRIMONIO Y PRESUPUESTO - APRUEBA ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS
Publicación:
26/04/2016
Sanción:
22/04/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460 y su modificatoria N° 5.503, Decreto N° 363/15 y modificatorios, y el
Expediente Electrónico N° 8.941.917-/MGEYA- SECISYU/2016 y,
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos tiene por
objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia
de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria N° 5.530, se sancionó la Ley de Ministerios
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos a
la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que a través del Decreto N° 363/15 se aprobó la estructura orgánico funcional del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel
de Dirección General;
Que mediante el Decreto precitado se creó la Dirección General Obras, Proyectos y
Diseño Urbano dependiente de la Subsecretaría de Infraestructura Urbana y
Coordinación Gubernamental de la Secretaría de Integración Social y Urbana de la
Jefatura de Gabinete de Ministros, estableciéndose los objetivos y responsabilidades
primarias;
Que conforme la magnitud de tareas que se realizan en la mencionada Dirección y a
los fines de una mejor proyección operativa y una mayor eficacia administrativa, se
estima procedente propiciar el desdoblamiento de la misma en dos Direcciones
Generales, denominadas Proyectos y Diseño Urbano y Obras e Infraestructura;
Que en virtud de lo expuesto corresponde modificar parcialmente la estructura
organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, aprobada por el Decreto N°
363/15, quedando modificado parcialmente el citado Decreto.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de
Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado
parcialmente el Decreto 363/15, de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2016-
10868007-DGTALMJG) y II (Responsabilidades Primarias) (IF-2016-10867910-
DGTALMJG) los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente
Decreto.
Artículo 2°.- Créase la Dirección General Proyectos y Diseño Urbano y la Dirección
General Obras e Infraestructura ambas dependientes de la Subsecretaría de
Infraestructura Urbana y Coordinación Gubernamental de la Secretaría de Integración
Social y Urbana de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Suprímase la Dirección General Obras, Proyectos y Diseño Urbano
dependiente de la Subsecretaría de Infraestructura Urbana y Coordinación
Gubernamental de la Secretaría de Integración Social y Urbana de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, transfiriendo su personal, patrimonio y presupuesto a la
Dirección General Obras e Infraestructura.
Artículo 4°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y por el
señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto ambas dependientes del Ministerio
Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Jefatura de Gabinete
de Ministros. Cumplido, archívese. SANTILLI P/P - Mura - Miguel
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4869