RESOLUCIÓN 616 2016 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO

Síntesis:

DELEGA - CREACIÓN Y ADMINISTRACIÓN - REGISTRO DE PERMISOS DE CALESITAS Y CARRUSELES - DIRECCIÓN GENERAL ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO -  NOMBRES DE TITULARES - UBICACIONES - PLAZOS DE DURACIÓN - PERMISOS DE CALESITAS Y CARRUSELES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ESTADO DE CONSERVACIÓN -VALORACIÓN - INFORME A  SECRETARÍA DE CULTURA - ACCIONES PERTINENTES MARCO LEY  5418 - PERMISOS EN VÍA PÚBLICA

Publicación:

02/05/2016

Sanción:

26/04/2016

Organismo:

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO


VISTO:

Las Leyes N° 5.418 y N° 5.460, el Decreto N° 363/GCBA/15, N° 141/16, el Expediente

Electrónico N° 2016-11350021- -MGEYA-DGTALMAEP, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 5.418 se modificó el marco regulatorio de las calesitas y

carruseles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires anteriormente normada mediante

la Ordenanza N° 46.229;

Que la mencionada Ley designó como Autoridad de Aplicación de la misma al

Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que mediante la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad de Buenos Aires creándose, entre otros, al Ministerio de Ambiente y Espacio

Público;

Que por el Decreto N° 363/15, modificado por Decreto N° 141/16, se aprobó la

estructura orgánico funcional dependiente de este Ministerio, estableciéndose a la

Dirección General Ordenamiento del Espacio Público y fijando, entre sus

Responsabilidades Primarias, la de "Administrar el otorgamiento de permisos de uso y

ocupación del espacio público, con la única exclusión de los referidos a ferias y

mercados";

Que el 11.16.10. del Anexo I de la Ley N° 5.418 establece que "El Ministerio de

Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o la autoridad

en la que lo delegue, llevará un registro de los permisos otorgados en el cual asentará

los nombres de los titulares, las ubicaciones correspondientes, los plazos de duración

de los permisos, el estado de conservación de las calesitas y carruseles, la valoración

que corresponda en cada caso conforme lo establecido por la Ley N° 2554 y de

corresponder, informará a la Secretaría de Cultura las acciones pertinentes en el

marco de la ley mencionada";

Que, en virtud de las competencias de la antedicha Dirección General Ordenamiento

del Espacio Público referente al otorgamiento de permisos en la vía pública,

corresponde delegar las misiones contenidas en el Anexo I que se mencionan en el

Considerando precedente a la referida Dirección General, así como instruir a la misma

a dictar las normas operativas, interpretativas y complementarias que fueran

necesarias para una mejor aplicación de la Ley N° 5.418.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por las Leyes N° 5.418, N° 5.460 y los

Decretos N° 363/15 y N° 141/16,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Deléguese en la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público la

creación y administración de un registro de los permisos otorgados en el cual asentará

los nombres de los titulares, las ubicaciones correspondientes, los plazos de duración

de los permisos de las calesitas y carruseles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

el estado de conservación de los mismos, la valoración que corresponda en cada caso

conforme lo establecido por la Ley N° 2554 y de corresponder, informar a la Secretaría

de Cultura las acciones pertinentes en el marco de la ley mencionada.

Artículo 2°.- Instrúyase a la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público a

que dicte las normas operativas, interpretativas y complementarias que fueran

necesarias para una mejor aplicación de la Ley N° 5.418.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y para su conocimiento, y demás efectos comuníquese a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal y a la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público

dependiente de este Ministerio. Cumplido, archívese. Macchiavelli

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 616-MAYEPGC-16 delega en la Dirección general Ordenamiento del Espacio Público la creación y administración de un registro de los permisos otorgados en el marco del art 11.16.10. del Anexo I Ley 5418. </p><p>Art. 2 instruye a la Dirección General Ordenamiento del Espacio Público a que dicte las normas operativas,  interpretativas y complementarias que fueran necesarias para una mejor aplicación de la Ley 5418.</p>