DECRETO 287 2016

Síntesis:

CREACIÓN - CREA EL CONSEJO PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIONES PARA LA CONJUGACIÓN DE LAS ESTRATEGIAS Y ACCIONES - PRESIDIDO - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - INTEGRACIÓN - TITULARES - MINISTERIOS - HACIENDA - SALUD - AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - JUSTICIA Y SEGURIDAD DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - EDUCACIÓN - PLAN DIRECTOR DE ORDENAMIENTO HIDRÁULICO - ENCOMIENDA - JEFE DE GABINETE - DICTADO DE NORMAS ADMINISTRATIVAS - FUNCIONAMIENTO

Publicación:

05/05/2016

Sanción:

03/05/2016

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 5.460 y su modificatoria, y el Expediente Electrónico N°2016-10461651-

MGEYA-DGTALMH;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria, se aprobó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que determina que el Jefe de

Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que le fueran conferidas por la misma;

Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- con el apoyo del Banco

Mundial- preparó el Plan Director de Ordenamiento Hidráulico que comprende una

serie de medidas para incrementar la protección contra lluvias y reducir las pérdidas

económicas y sociales para los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que basado en las experiencias de mejores prácticas en el manejo de riesgos de

inundaciones se estableció como prioridad la ejecución de un conjunto de medidas no

estructurales e intervenciones estructurales en cuencas claves para mitigar el efecto

de las inundaciones causadas por el desborde de las mismas debido a una mayor

intensidad y recurrencia en las lluvias;

Que resulta conveniente desarrollar un sistema de gestión integral del riesgo

entendido éste como un proceso secuencial y escalable que implica su diseño en

sucesivas etapas y como primera medida para la construcción del citado sistema

corresponde la creación de un espacio de trabajo conjunto y articulación de las

diversas áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires involucradas en

la gestión del riesgo de inundaciones;

Que entre las funciones comunes de los Ministros del Gabinete se encuentra la de

coordinar con los demás Ministerios los asuntos de interés compartido de modo que

las propuestas resultantes constituyan soluciones integradas que armonicen con la

política general y sectorial del gobierno;

Que por los motivos expuestos precedentemente, y considerando las funciones,

misiones, responsabilidades y atribuciones de los Ministerios de Hacienda, de Salud,

de Ambiente y Espacio Público, de Justicia y Seguridad, de Desarrollo Urbano y

Transporte y de Educación, resulta oportuno y necesario crear el "Consejo para la

Gestión del Riesgo de Inundaciones", integrado por los titulares de dichos ministerios y

presidido por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Créase el Consejo para la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la

conjugación de las estrategias y acciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, el cual será presidido por señor Jefe de Gabinete de Ministros y estará

integrado por los titulares de los Ministerios de Hacienda, de Salud, de Ambiente y

Espacio Público, de Justicia y Seguridad, de Desarrollo Urbano y Transporte y de

Educación.

Artículo 2°.- Establécese que el Consejo para la Gestión del Riesgo de Inundaciones

deberá reunirse periódicamente.

Artículo 3°.- Encomiendáse al señor Jefe de Gabinete la constitución del Consejo

creado en el artículo 1° del presente Decreto y el dictado de las normas necesarias

para su funcionamiento.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Hacienda

y de Desarrollo Urbano y Transporte y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a los Ministerios de Hacienda,

de Salud, de Ambiente y Espacio Público, de Justicia y Seguridad, de Desarrollo

Urbano y Transporte y de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -

Mura - Moccia - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 del Decreto 287-16, crea el  Consejo para la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la conjugación de las estrategias y acciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,  presidido por  el Jefe de Gabinete de Ministros, integrado por los titulares de los Ministerios de Hacienda, de Salud, de Ambiente y Espacio Público, de Justicia y Seguridad, de Desarrollo Urbano y Transporte y de Educación, en concordancia con las presponsabilidades primarias de cada ministerio, aprobados por Decreto 363-15.</p>