DECRETO 287 2016
Síntesis:
CREACIÓN - CREA EL CONSEJO PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIONES PARA LA CONJUGACIÓN DE LAS ESTRATEGIAS Y ACCIONES - PRESIDIDO - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - INTEGRACIÓN - TITULARES - MINISTERIOS - HACIENDA - SALUD - AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - JUSTICIA Y SEGURIDAD DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - EDUCACIÓN - PLAN DIRECTOR DE ORDENAMIENTO HIDRÁULICO - ENCOMIENDA - JEFE DE GABINETE - DICTADO DE NORMAS ADMINISTRATIVAS - FUNCIONAMIENTO
Publicación:
05/05/2016
Sanción:
03/05/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460 y su modificatoria, y el Expediente Electrónico N°2016-10461651-
MGEYA-DGTALMH;
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria, se aprobó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que determina que el Jefe de
Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que le fueran conferidas por la misma;
Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- con el apoyo del Banco
Mundial- preparó el Plan Director de Ordenamiento Hidráulico que comprende una
serie de medidas para incrementar la protección contra lluvias y reducir las pérdidas
económicas y sociales para los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que basado en las experiencias de mejores prácticas en el manejo de riesgos de
inundaciones se estableció como prioridad la ejecución de un conjunto de medidas no
estructurales e intervenciones estructurales en cuencas claves para mitigar el efecto
de las inundaciones causadas por el desborde de las mismas debido a una mayor
intensidad y recurrencia en las lluvias;
Que resulta conveniente desarrollar un sistema de gestión integral del riesgo
entendido éste como un proceso secuencial y escalable que implica su diseño en
sucesivas etapas y como primera medida para la construcción del citado sistema
corresponde la creación de un espacio de trabajo conjunto y articulación de las
diversas áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires involucradas en
la gestión del riesgo de inundaciones;
Que entre las funciones comunes de los Ministros del Gabinete se encuentra la de
coordinar con los demás Ministerios los asuntos de interés compartido de modo que
las propuestas resultantes constituyan soluciones integradas que armonicen con la
política general y sectorial del gobierno;
Que por los motivos expuestos precedentemente, y considerando las funciones,
misiones, responsabilidades y atribuciones de los Ministerios de Hacienda, de Salud,
de Ambiente y Espacio Público, de Justicia y Seguridad, de Desarrollo Urbano y
Transporte y de Educación, resulta oportuno y necesario crear el "Consejo para la
Gestión del Riesgo de Inundaciones", integrado por los titulares de dichos ministerios y
presidido por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Créase el Consejo para la Gestión del Riesgo de Inundaciones para la
conjugación de las estrategias y acciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, el cual será presidido por señor Jefe de Gabinete de Ministros y estará
integrado por los titulares de los Ministerios de Hacienda, de Salud, de Ambiente y
Espacio Público, de Justicia y Seguridad, de Desarrollo Urbano y Transporte y de
Educación.
Artículo 2°.- Establécese que el Consejo para la Gestión del Riesgo de Inundaciones
deberá reunirse periódicamente.
Artículo 3°.- Encomiendáse al señor Jefe de Gabinete la constitución del Consejo
creado en el artículo 1° del presente Decreto y el dictado de las normas necesarias
para su funcionamiento.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Hacienda
y de Desarrollo Urbano y Transporte y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a los Ministerios de Hacienda,
de Salud, de Ambiente y Espacio Público, de Justicia y Seguridad, de Desarrollo
Urbano y Transporte y de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
Mura - Moccia - Miguel