ORDENANZA 41434 1986

Síntesis:

NORMAS DE IDENTIFICACIÓN PARA PACIENTES QUE SE ASISTAN EN ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES DE LA COMUNA. DEROGA ORDENANZA N° 19.361 - SECRETARÍA DE SALUD- HOSPITALES - FICHAS - FICHADO - ATENCIÓN

Publicación:

18/09/1986

Sanción:

28/08/1986

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

15/09/1986


El Honorable Concejo Deliberante

de la Ciudad de Buenos Aires

Sanciona con Fuerza de

ORDENANZA:

Artículo 1° - A todo paciente que se encuentre internado o que sea atendido en los Consultorios Externos, servicios de guardia o auxiliares domicilíarios de los establecimientos asistenciales dependientes de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, se le confeccionará una ficha en la que se dejarán establecidos con claridad y precisión los siguientes datos:

a) Nombre y apellido

b) Estado civil

c) Sexo

d) Lugar de nacimiento

e) Fecha de nacimiento

f) L.E., L.C. o D.N.I. para argentinos

g) Documento del país de origen para extranjeros

h) Domicilio

i) Profesión u oficio

j) Si el paciente es jubilado o pensionado, se indicará la Caja y número de beneficio

k) Si está afiliado a alguna obra social o sistema de medicina prepago, se indicará número de inscripción; si carece de cobertura se expresará dicha circunstancia.

Art. 2° - Derógase la Ordenanza N° 19.361 (B.M. N° 12.386 (AD 460.46))

Art. 3° - Comuníquese, etcétera.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REQUERIDA POR
Art. 1 Res. 1926-SS-02 Advierte cumplimiento Ord. 41434. Fichado de pacientes atendidos en Hospitales.
PROMULGADA POR
DEROGA
Art. 2 Ord. 41434 Deroga Ord. 19361. Fichado de pacientes.
COMPLEMENTADA POR
Res. 370-SS-05 complementa Ord. 41434 - Unidad Móvil de diálisis aguda - Modelo de ficha médica
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ordenanza 48121 incorpora inciso l) al Art. 1 de la Ordenanza 41434.</p>