RESOLUCIÓN 23 2016 SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA

Síntesis:

PRORROGA PROYECTO PEDAGÓGICO COMPLEMENTARIO - RESOLUCIÓN 457-SSGECP-15- ESCUELAS - TAREAS DE APOYO - RENDIMIENTO ESCOLAR - ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS - APRENDIZAJE - HORAS CÁTEDRA - DOCENTES -  ESCUELA 2 DE 20  - ESCUELA 2 DEL D E 16   - ESCUELA 4 DE 19 -  ESCUELA 6 DE 1  - SECCIONES TURNO MAÑANA - ESCUELA 2 DE 13 - ESCUELA 2  DE 14 - ESCUELA 3 DE  10 - ESCUELA 6 DE 5 - ESCUELAS MEDIA - SUBSECRETARÍA COORDINACIÓN PEDAGÓGICA EQUIDAD EDUCATIVA - CICLO LECTIVO 2016

Publicación:

20/05/2016

Sanción:

18/04/2016

Organismo:

SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA


VISTO:

El Expediente Electrónico N° 10.157.671/MGEYA-DGEGE/16, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 457-SSGECP/15 prorrogó para el Ciclo Lectivo 2015, las horas

cátedra del Proyecto Pedagógico Complementario que implementaron las

Resoluciones Nros. 512-SED/04, 1138-SED/04, 452- MEGC/07, 2302-MEGC/07, 561-

SSGECP/13, 4-SSGECP/15 en las Escuelas de Educación Media N° 2 del Distrito

Escolar 20°, N° 2 del Distrito Escolar 16°, N° 4 del Distrito Escolar 19°, N° 6 del Distrito

Escolar 1° (secciones turno mañana), N° 2 del Distrito Escolar 13°, N° 2 del Distrito

Escolar 14°, N° 3 del Distrito Escolar 10° y N° 6 del Distrito Escolar 5°;

Que el mencionado Proyecto Pedagógico contempló la inclusión de horas

institucionales para apoyar y acompañar, a través de distintas actividades

complementarias, el proceso de aprendizaje de los estudiantes de los Ciclos Básicos

que, debido a los cambios de organización institucional y curricular, presentan

mayores dificultades;

Que, por Decreto N° 363/15, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente

del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, transfiriéndose las

competencias para la aprobación del presente acto administrativo de la entonces

Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica a la actual

Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa;

Que en razón de lo expresado, la Subsecretaría de Planeamiento e Innovación

Educativa y la Dirección de Educación Media, han acordado prorrogar la presente

proyecto, en el período comprendido entre el 07 de marzo y el 31 de julio del Ciclo

Lectivo 2016;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete. Por ello y en uso de las facultades delegadas por

Resolución N° 363-MEGC/15,

LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

Y EQUIDAD EDUCATIVA

RESUELVE

Artículo 1.- Prorrógase en el período comprendido entre el 07 de marzo y el 31 de julio

del Ciclo Lectivo 2016, el Proyecto Pedagógico Complementario que implementó la

Resolución N° 457-SSGECP/15 en las Escuelas de Educación Media N° 2 del Distrito

Escolar 20°, N° 2 del Distrito Escolar 16°, N° 4 del Distrito Escolar 19°, N° 6 del Distrito

Escolar 1° (secciones turno mañana), N° 2 del Distrito Escolar 13°, N° 2 del Distrito

Escolar 14°, N° 3 del Distrito Escolar 10° y N° 6 del Distrito Escolar 5°.

Artículo 2.- Establécese que el Proyecto Pedagógico Complementario contemplará

tareas de apoyo al estudio y rendimiento académico de los estudiantes, estímulo y

apoyo a la escolaridad, el tratamiento de problemáticas adolescentes y jóvenes con

impacto en su vida escolar, y actividades optativas destinadas a la atención y

diversificación de intereses de sus alumnos y de su relación con la comunidad.

Artículo 3.- Prorrógase en la Escuela de Educación Media N° 2 del Distrito Escolar 20°,

las actividades del Proyecto Pedagógico Complementario con diecisiete (17) horas

cátedra semanales por cada curso y división de 1° y 2° año, las que serán asignadas

según la distribución de proyectos que presentará la Dirección Escolar, a la Dirección

de Educación Media.

Artículo 4.- Prorrógase en las Escuelas de Educación Media N° 4 del Distrito Escolar

19° y N° 6 del Distrito Escolar 5°, las actividades del Proyecto Pedagógico

Complementario con diez (10) horas cátedra semanales por cada curso y división de

1° y 2° año, las que serán asignadas según la distribución de proyectos que

presentarán las Direcciones de las Escuelas, a la Dirección de Educación Media.

Artículo 5.- Prorrógase en las nuevas secciones del turno mañana de la Escuela de

Educación Media N° 6 del Distrito Escolar 1°, las actividades del Proyecto Pedagógico

Complementario con treinta y dos (32) horas cátedra semanales por cada curso y

división de 1° y 2° año, las que serán asignadas según la distribución de proyectos que

presentará la Dirección Escolar, a la Dirección de Educación Media.

Artículo 6.- Prorrógase en las Escuelas de Educación Media N° 2 del Distrito Escolar

14° y N° 2 del Distrito Escolar 16°, las actividades del Proyecto Pedagógico

Complementario con cincuenta (50) horas cátedra semanales por cada curso y división

de 1° y 2° año, las que serán asignadas según la distribución de proyectos que

presentarán las Direcciones Escolares, a la Dirección de Educación Media. Artículo 7.-

Prorrógase en la Escuela de Educación Media N° 3 del Distrito Escolar 10°, las

actividades del Proyecto Pedagógico Complementario con once (11) horas cátedra

semanales por cada curso y división de 1° y 2° año, las que serán asignadas según la

distribución de proyectos que presentará la Dirección Escolar, a la Dirección de

Educación Media.

Artículo 8.- Prorrógase en la Escuela de Educación Media N° 2 del Distrito Escolar 13°,

las actividades del Proyecto Pedagógico Complementario con cincuenta y tres (53)

horas cátedra semanales por cada curso y división de 1° y 2° año, las que serán

asignadas según la distribución de proyectos que presentará la Dirección Escolar, a la

Dirección de Educación Media.

Artículo 9.- Establécese que los docentes a cargo de los proyectos que se realicen en

el marco del Proyecto Pedagógico Complementario, serán designados en el período

establecido en el artículo 1 de la presente Resolución, y a propuesta fundada de la

Dirección del establecimiento educativo correspondiente, aprobada por la Dirección de

Educación Media, entre los docentes de su planta orgánica o especialistas externos,

atendiendo a la especificidad de los proyectos.

Artículo 10.- Encomiéndase a la Subsecretaría de Planeamiento e Innovación

Educativa y a la Dirección de Educación Media, la evaluación y aprobación del

Proyecto Pedagógico Complementario y los criterios de distribución de las citadas

horas cátedra.

Artículo 11.- Impútase el gasto que demande la implementación del Proyecto

Pedagógico Complementario aprobado por la presente Resolución a la Jurisdicción 55

- Inciso 1 - Partida Principal 1.

Artículo 12.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectúense

las Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Subsecretaría de Gestión Económico

Financiera y Administración de Recursos, a las Direcciones Generales de Educación

de Gestión Estatal y de Personal Docente y No Docente, y a la Dirección de Educación

Media. Gírese a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa.

Cumplido, archívese. Bruzos Bouchet

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 23-SSCPEE-16, prorroga en el período comprendido entre el 07 de marzo y el 31 de julio<br />del Ciclo Lectivo 2016, el Proyecto Pedagógico Complementario que implementó la Resolución   457-SSGECP-15.</p>