RESOLUCIÓN 93 2016 SUBSECRETARÍA ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR
Síntesis:
CONVOCATORIA A PARTICIPAR DEL CONCURSO INCUBA XI - PARTICIPACIÓN - PROGRAMA FOMENTO AL DESARROLLO DE LAS PYMES PORTEÑAS - APRUEBA PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES - FORMULARIOS - DE EMPRENDIMIENTO - INSCRIPCIÓN - REQUISITOS - REGLAMENTO MARCO - PRESENTACIÓN DE PROYECTOS - CENTRO METROPOLITANO DE DISEÑO - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - SUBSECRETARÍA ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR - FUNCIONES - DIRECCION GENERAL DE EMPRENDEDORES
Publicación:
20/05/2016
Sanción:
17/05/2016
Organismo:
SUBSECRETARÍA ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR
VISTO:
La Ley N° 5460, los Decretos Nros. 2/10, 363/15 y sus modificatorias, y 141/16, la
Resolución N° 425/GCABA/MDEGC/2012, los IF N° 13178422/SSECYCE/2016,
13190470/SSECYCE/2016, 13190544/SSECYCE/2016, 13191267/SSECYCE/2016,
13191308/SSECYCE/2016 y 13191337/SSECYCE/2016, y el Expediente Electrónico
Nro. 2016-09608957-DGEMPR, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires contemplándose al Ministerio de Modernización, Innovación y
Tecnología;
Que, el Decreto N° 363/15 estableció la nueva estructura orgánica funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección
General, suprimiendo el Ministerio de Desarrollo Económico y transfiriéndose la hasta
entonces Subsecretaría de Economía Creativa a la órbita del Ministerio de
Modernización, Innovación y Tecnología;
Que, el Decreto 141/16 modificó la denominación de la Subsecretaría de Economía
Creativa del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, la cual pasó a
denominarse Subsecretaría Economía Creativa y Comercio Exterior, determinando
como responsabilidades primarias entre otras, entender en los planes, programas y
proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, propiciando su internacionalización;
Que a través del Decreto N° 2/10 se creó en el ámbito del hasta entonces denominado
Ministerio de Desarrollo Económico el Concurso IncuBA; con el objetivo de generar,
incentivar y fortalecer la creación y el desarrollo de proyectos relacionados con el
diseño y la creatividad;
Que, el artículo 4° de la referida normativa estableció que dicho Ministerio tiene la
facultad de designar a la Autoridad de aplicación en atención a su estructura orgánico -
funcional, aprobando los pliegos de Bases y Condiciones que establezcan las
condiciones, etapas y procedimiento del Concurso;
Que, por la Resolución N°425/MDEGC/2012, se designó a la entonces Subsecretaría
de Desarrollo Económico, hoy Subsecretaría Economía Creativa y Comercio Exterior,
dependiente del actual Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología (ex
Ministerio de Desarrollo Económico), como Autoridad de Aplicación del Concurso
IncuBA;
Que, dentro de las responsabilidades primarias de la Dirección General
Emprendedores, asignadas por el Decreto 141/16, tiene la de promover la creación y
consolidación de nuevas empresas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través
de la incubación física en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo, el Decreto mencionado anteriormente, determina entre las
responsabilidades primarias de la Dirección General de Industrias Creativas, entre
otras, la de administrar los predios Centro Metropolitano de Diseño (CMD) y Predio
Dorrego, y supervisar las actividades que se desarrollen en los mismos;
Que, dado el éxito que ha tenido lugar en las diferentes ediciones del concurso
"INCUBA", es que se propicia llevar a cabo una nueva edición de dicho concurso
Que, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la
intervención que le compete de conformidad con lo establecido en la ley 1218;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
Artículo 1°.- Convócase a emprendedores a participar del concurso "INCUBA XI", en el
marco del Programa "Fomento al Desarrollo de las Pymes Porteñas", creado por
Decreto N° 2/GCABA/10 y la Resolución N° 425/MDE/2012.-
Artículo 2°- .- Apruébanse las bases y condiciones del presente concurso que se
identifican como, Anexo I "Bases y Condiciones" IF-2016-13178422-SSECYCE; Anexo
II "Formulario del Emprendimiento" IF-2016-13190470-SSECYCE; Anexo III-
"Declaración Jurada de Antigüedad del Emprendedor y su equipo " IF-2016-13190544-
SSECYCE; Anexo IV "Declaración Jurada" IF-2016-13191267-SSECYCE; Anexo V
"Reglamento Marco para el Desarrollo del Proceso de Incubación de Proyectos de
Negocios basados en Diseño, Creatividad y/o Innovación" IF-2016-13191308-
SSECYCE; Anexos VI "Acta Acuerdo Emprendedor-SSECYCE-DGINC" IF-2016-
13191337-SSECYCE, los que se adjuntan como parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 3°.- Establécese que podrán presentarse para participar de este Concurso
cuya antigüedad en el desarrollo de la actividad no podrá ser menor a 1 (un) año a
contar desde la fecha de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Brutos
(AFIP) ni superar los tres (3) años al momento del cierre del plazo para la presentación
de los proyectos. Los proyectos que se presenten deberán tener por objetivo el
despegue de un negocio basado en el diseño, creatividad y/o innovación en el ámbito
de la C.A.B.A, y cumplir con los siguientes perfiles estipulados en el Anexo I aprobado
por el artículo 1°.
Artículo 4°.-.Establécese que todas las presentaciones de los proyectos Basados en el
Diseño, la Creatividad y/o la Innovación deberán realizarse a través del aplicativo para
presentación de proyectos online través de http://www.buenosaires.gob.ar/incuba
ingresando a la sección correspondiente al programa, de acuerdo a lo estipulado en la
presente resolución, a partir del día lunes 23 de Mayo de 2016 hasta el día miércoles
29 de Junio de 2016.
Artículo 5° Establécese que las presentaciones que deban realizarse, de acuerdo a la
metodología del concurso, deberán realizarse ante la Mesa de Entradas podrán
realizarse en la Dirección General Emprendedores, sita en Algarrobo 1041 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el horario de 11 a 15 hs.
Artículo 6°.- Los proyectos que sean aprobados serán incubados temporalmente en las
instalaciones de INCUBA, sitas en el Centro Metropolitano de Diseño dependiente de
la Subsecretaria Economía Creativa y Comercio Exterior del Ministerio de
Modernización, Innovación y Tecnología del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Artículo 7°.- Determínese que serán seleccionados hasta veinte (20) proyectos para
ser incubados en el marco del presente concurso, que de acuerdo a la naturaleza del
proyecto, la Autoridad de Aplicación de manera conjunta con la Dirección General de
Industrias Creativas, establecerán si el espacio físico asignado a los proyectos, será
de uso exclusivo o compartido.
Artículo 8°.- Determínase que esta Subsecretaría Economía Creativa y Comercio
Exterior, en su carácter de Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo:
a) Aprobar o rechazar cada propuesta presentada por las entidades concursantes de
acuerdo a la recomendación efectuada por la Autoridad de aplicación
b) Resolver cuestiones no previstas.
Articulo 9°- Desígnase a la Dirección General Emprendedores, dependiente de la
Subsecretaría Economía Creativa y Comercio Exterior, como Unidad Ejecutora.
Establécese que la Unidad Ejecutora tendrá a su cargo:
a) Verificar el cumplimiento de objetivos del Concurso y del Programa
b) Realizar un examen sobre la viabilidad de los proyectos y/o empresas presentados
c) Rechazar aquellos proyectos y/o empresas que desarrollen una actividad que no
cumpla con los objetivos y condiciones establecidos en las Bases y Condiciones.
d) Ejercer el control sobre el cumplimiento de las obligaciones que los Incubados
asuman en las actas acuerdo.
e) Informar a la Autoridad de Aplicación sobre el seguimiento del concurso y del
programa, conforme las Bases y Condiciones que como Anexo I forman parte de esta
Resolución, como asimismo de todos los Anexos.
j) Monitorear la actividad de los proyectos que resulten seleccionados.
Artículo 10°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General
Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, Innovación y
Tecnología, y a la Dirección General de Industrias Creativas. Cumplido, archívese.
Torres Carbonell
ANEXOS