RESOLUCIÓN 93 2016 SUBSECRETARÍA ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR

Síntesis:

CONVOCATORIA A PARTICIPAR DEL CONCURSO INCUBA XI - PARTICIPACIÓN - PROGRAMA FOMENTO AL DESARROLLO DE LAS PYMES PORTEÑAS - APRUEBA PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES - FORMULARIOS - DE EMPRENDIMIENTO - INSCRIPCIÓN - REQUISITOS - REGLAMENTO MARCO - PRESENTACIÓN DE PROYECTOS - CENTRO METROPOLITANO DE DISEÑO - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - SUBSECRETARÍA ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR - FUNCIONES - DIRECCION GENERAL DE EMPRENDEDORES

Publicación:

20/05/2016

Sanción:

17/05/2016

Organismo:

SUBSECRETARÍA ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR


VISTO:

La Ley N° 5460, los Decretos Nros. 2/10, 363/15 y sus modificatorias, y 141/16, la

Resolución N° 425/GCABA/MDEGC/2012, los IF N° 13178422/SSECYCE/2016,

13190470/SSECYCE/2016, 13190544/SSECYCE/2016, 13191267/SSECYCE/2016,

13191308/SSECYCE/2016 y 13191337/SSECYCE/2016, y el Expediente Electrónico

Nro. 2016-09608957-DGEMPR, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad de Buenos Aires contemplándose al Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología;

Que, el Decreto N° 363/15 estableció la nueva estructura orgánica funcional del Poder

Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección

General, suprimiendo el Ministerio de Desarrollo Económico y transfiriéndose la hasta

entonces Subsecretaría de Economía Creativa a la órbita del Ministerio de

Modernización, Innovación y Tecnología;

Que, el Decreto 141/16 modificó la denominación de la Subsecretaría de Economía

Creativa del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, la cual pasó a

denominarse Subsecretaría Economía Creativa y Comercio Exterior, determinando

como responsabilidades primarias entre otras, entender en los planes, programas y

proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, propiciando su internacionalización;

Que a través del Decreto N° 2/10 se creó en el ámbito del hasta entonces denominado

Ministerio de Desarrollo Económico el Concurso IncuBA; con el objetivo de generar,

incentivar y fortalecer la creación y el desarrollo de proyectos relacionados con el

diseño y la creatividad;

Que, el artículo 4° de la referida normativa estableció que dicho Ministerio tiene la

facultad de designar a la Autoridad de aplicación en atención a su estructura orgánico -

funcional, aprobando los pliegos de Bases y Condiciones que establezcan las

condiciones, etapas y procedimiento del Concurso;

Que, por la Resolución N°425/MDEGC/2012, se designó a la entonces Subsecretaría

de Desarrollo Económico, hoy Subsecretaría Economía Creativa y Comercio Exterior,

dependiente del actual Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología (ex

Ministerio de Desarrollo Económico), como Autoridad de Aplicación del Concurso

IncuBA;

Que, dentro de las responsabilidades primarias de la Dirección General

Emprendedores, asignadas por el Decreto 141/16, tiene la de promover la creación y

consolidación de nuevas empresas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través

de la incubación física en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, asimismo, el Decreto mencionado anteriormente, determina entre las

responsabilidades primarias de la Dirección General de Industrias Creativas, entre

otras, la de administrar los predios Centro Metropolitano de Diseño (CMD) y Predio

Dorrego, y supervisar las actividades que se desarrollen en los mismos;

Que, dado el éxito que ha tenido lugar en las diferentes ediciones del concurso

"INCUBA", es que se propicia llevar a cabo una nueva edición de dicho concurso

Que, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le compete de conformidad con lo establecido en la ley 1218;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias

LA SUBSECRETARIA ECONOMIA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1°.- Convócase a emprendedores a participar del concurso "INCUBA XI", en el

marco del Programa "Fomento al Desarrollo de las Pymes Porteñas", creado por

Decreto N° 2/GCABA/10 y la Resolución N° 425/MDE/2012.-

Artículo 2°- .- Apruébanse las bases y condiciones del presente concurso que se

identifican como, Anexo I "Bases y Condiciones" IF-2016-13178422-SSECYCE; Anexo

II "Formulario del Emprendimiento" IF-2016-13190470-SSECYCE; Anexo III-

"Declaración Jurada de Antigüedad del Emprendedor y su equipo " IF-2016-13190544-

SSECYCE; Anexo IV "Declaración Jurada" IF-2016-13191267-SSECYCE; Anexo V

"Reglamento Marco para el Desarrollo del Proceso de Incubación de Proyectos de

Negocios basados en Diseño, Creatividad y/o Innovación" IF-2016-13191308-

SSECYCE; Anexos VI "Acta Acuerdo Emprendedor-SSECYCE-DGINC" IF-2016-

13191337-SSECYCE, los que se adjuntan como parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 3°.- Establécese que podrán presentarse para participar de este Concurso

cuya antigüedad en el desarrollo de la actividad no podrá ser menor a 1 (un) año a

contar desde la fecha de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Brutos

(AFIP) ni superar los tres (3) años al momento del cierre del plazo para la presentación

de los proyectos. Los proyectos que se presenten deberán tener por objetivo el

despegue de un negocio basado en el diseño, creatividad y/o innovación en el ámbito

de la C.A.B.A, y cumplir con los siguientes perfiles estipulados en el Anexo I aprobado

por el artículo 1°.

Artículo 4°.-.Establécese que todas las presentaciones de los proyectos Basados en el

Diseño, la Creatividad y/o la Innovación deberán realizarse a través del aplicativo para

presentación de proyectos online través de http://www.buenosaires.gob.ar/incuba

ingresando a la sección correspondiente al programa, de acuerdo a lo estipulado en la

presente resolución, a partir del día lunes 23 de Mayo de 2016 hasta el día miércoles

29 de Junio de 2016.

Artículo 5° Establécese que las presentaciones que deban realizarse, de acuerdo a la

metodología del concurso, deberán realizarse ante la Mesa de Entradas podrán

realizarse en la Dirección General Emprendedores, sita en Algarrobo 1041 de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el horario de 11 a 15 hs.

Artículo 6°.- Los proyectos que sean aprobados serán incubados temporalmente en las

instalaciones de INCUBA, sitas en el Centro Metropolitano de Diseño dependiente de

la Subsecretaria Economía Creativa y Comercio Exterior del Ministerio de

Modernización, Innovación y Tecnología del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires.

Artículo 7°.- Determínese que serán seleccionados hasta veinte (20) proyectos para

ser incubados en el marco del presente concurso, que de acuerdo a la naturaleza del

proyecto, la Autoridad de Aplicación de manera conjunta con la Dirección General de

Industrias Creativas, establecerán si el espacio físico asignado a los proyectos, será

de uso exclusivo o compartido.

Artículo 8°.- Determínase que esta Subsecretaría Economía Creativa y Comercio

Exterior, en su carácter de Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo:

a) Aprobar o rechazar cada propuesta presentada por las entidades concursantes de

acuerdo a la recomendación efectuada por la Autoridad de aplicación

b) Resolver cuestiones no previstas.

Articulo 9°- Desígnase a la Dirección General Emprendedores, dependiente de la

Subsecretaría Economía Creativa y Comercio Exterior, como Unidad Ejecutora.

Establécese que la Unidad Ejecutora tendrá a su cargo:

a) Verificar el cumplimiento de objetivos del Concurso y del Programa

b) Realizar un examen sobre la viabilidad de los proyectos y/o empresas presentados

c) Rechazar aquellos proyectos y/o empresas que desarrollen una actividad que no

cumpla con los objetivos y condiciones establecidos en las Bases y Condiciones.

d) Ejercer el control sobre el cumplimiento de las obligaciones que los Incubados

asuman en las actas acuerdo.

e) Informar a la Autoridad de Aplicación sobre el seguimiento del concurso y del

programa, conforme las Bases y Condiciones que como Anexo I forman parte de esta

Resolución, como asimismo de todos los Anexos.

j) Monitorear la actividad de los proyectos que resulten seleccionados.

Artículo 10°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General

Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología, y a la Dirección General de Industrias Creativas. Cumplido, archívese.

Torres Carbonell


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4887

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 93-SSECYCE-16 convoca a emprendedores a participar del concurso INCUBA XI, en el marco del Programa Fomento al Desarrollo de las Pymes Porteñas, creado por Decreto 2-10 y la Resolución 425/MDE/2012.-</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución 109 - SSECYCE - 16 aprueba las herramientas de evaluación para el concurso INCUBA XI, convocado por Resolución 93- SSECYCE - 16.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 2153-SSTIYC-17 prorroga plazo para proyectos de Negocios aprobados en el marco del concurso convocado por Resolución 93-SSECYCE-16.</p><p>Art. 5 aprueba el Anexo II Acta Acuerdo Emprendedor-Subsecretaría Trabajo, Industria y Comercio- Dirección General Emprendedores.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 25-DGEMPR-18 autoriza la realización del evento de Cierre de las categorías del concurso Incuba XI, convocado por Resolución 93-SSECYCE-16.</p>