RESOLUCIÓN 1545 2016 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
SE APRUEBA DOCUMENTACIÓN - REGISTRO DE CONTRATOS - EMISIÓN DE TÍTULOS DE LA DEUDA PÚBLICA - FINANCIAMIENTO - PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA - COLOCACIÓN - DÉCIMO SUPLEMENTO DEL CONTRATO DE FIDEICOMISO - ACUERDO DE SINDICACIÓN - CONTRATO DE AGENTE DE LA OFERTA DE RECOMPRA - ACUERDO DE INFORMACIÓN Y AGENTE DE LA OFERTA - OFERTA DE COMPRA - SUPLEMENTO DE PROSPECTO PRELIMINAR - SUPLEMENTO DE PROSPECTO DEFINITIVO
Publicación:
31/05/2016
Sanción:
30/05/2016
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO
Las Leyes N° 5.014, N° 5.236 y N° 5.492, los Decretos N° 281/14, N° 9/15 y N° 23/16,
las Resoluciones N° 1.285-MHGC/14, N° 214-MHGC/15 y N° 1.195/16 y el Expediente
Electrónico N° 8.792.939-DGCPUB/2016 y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.014, modificada por la Ley N° 5.236 (en adelante, la "Ley N°
5.014") se autorizó al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a efectuar
una operación voluntaria de administración de pasivos en los términos de los artículos
85 y 92 de la Ley N° 70 (texto consolidado por la Ley N° 5454) de Sistemas de
Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad, su
reglamentación y disposiciones concordantes y/o la emisión de títulos de deuda
pública y/o la suscripción de un compromiso irrevocable de emitir títulos de deuda
pública antes del 6 de abril de 2015, cuyas condiciones serán determinadas a la fecha
de suscripción del compromiso, en el marco del Programa de Asistencia Financiera,
instrumentado por la Ordenanza N° 51.270 del 21 de diciembre de 1996, con las
modificaciones introducidas por la Ley N° 323, el Decreto N° 557/2000, las Leyes N°
2.789, N° 3.152, N° 3.380, N° 3.753, N° 3.894, N° 5.014, N° 5.236 y N° 5.492 y
disposiciones concordantes (en adelante, el "Programa"), por un importe de hasta
dólares estadounidenses ochocientos noventa millones (U$S 890.000.000) o su
equivalente en pesos, otra u otras monedas;
Que el artículo 4° de la Ley N° 5.014 autorizó al Poder Ejecutivo a efectuar, a través
del Ministerio de Hacienda, los trámites correspondientes y suscribir todos los
instrumentos, contratos y documentación necesaria y/o conveniente a fin de dar
cumplimiento a lo mencionado precedentemente, para que por sí o por terceros actúe
en la instrumentación, emisión, registro y pago de los títulos de deuda pública
autorizados por dicha ley;
Que, a su vez, el artículo 5° de la Ley N° 5.014 autorizó al Poder Ejecutivo, a través
del Ministerio de Hacienda, conforme las pautas establecidas en el artículo 2° de la
mencionada ley, a dictar las normas reglamentarias y/o complementarias que
establezcan las restantes condiciones necesarias para el cumplimiento de la misma,
así como la instrumentación de acuerdos de cobertura de riesgo cambiario ya sea por
medio de operaciones de cobertura de monedas y/o de tasas de interés;
Que, el 19 de febrero de 2015 se emitió la Serie 11 de títulos de deuda pública por la
suma de dólares estadounidenses quinientos millones (U$S 500.000.000) bajo los
términos de la Ley N° 5.014, quedando un remanente de dólares estadounidenses
trescientos noventa millones (U$S 390.000.000);
Que, el producido de dicha emisión fue utilizado para la cancelación de los títulos de
deuda pública de la Serie 8 emitidos bajo el Programa;
Que, la Ley N° 5.492 amplió el monto del Programa, por la suma de hasta quinientos
millones de dólares estadounidenses (U$S 500.000.000) y autorizó al Poder Ejecutivo,
a través del Ministerio de Hacienda, a contraer un empréstito público en el marco del
Programa, representado por una o más emisiones de títulos de deuda pública por un
importe de hasta dólares estadounidenses quinientos millones (U$S 500.000.000) o su
equivalente en pesos, otra u otras monedas, según lo determine el Poder Ejecutivo, a
través del Ministerio de Hacienda;
Que, a su vez, el artículo 5° de la Ley N° 5.492 autorizó al Poder Ejecutivo, a través
del Ministerio de Hacienda, conforme las pautas establecidas en el artículo 3° de dicha
ley, a dictar las normas reglamentarias y/o complementarias que establezcan las
restantes condiciones necesarias para su cumplimiento, así como la instrumentación
de acuerdos de cobertura de riesgo cambiario, ya sea por medio de operaciones de
cobertura de monedas y/o de tasas de interés;
Que el artículo 6° de la ley precitada autorizó al Poder Ejecutivo a efectuar, a través
del Ministerio de Hacienda, los trámites correspondientes y suscribir todos los
instrumentos, contratos y documentación necesaria y conveniente a fin de dar
cumplimiento a lo establecido en la misma, para que por sí o por terceros actúe en la
instrumentación, emisión, registro y pago de los títulos de deuda pública autorizados
por dicha ley;
Que, en el sentido de lo antedicho, mediante la Resolución N° 1.195-MHGC/16 se
seleccionaron las ofertas presentadas por Deutsche Bank Securities Inc., HSBC
Securities (USA) Inc. miembro de HSBC Group y Merrill Lynch Argentina S.A.,
conformando, de este modo, un consorcio para actuar como colocadores en las
operaciones de crédito público autorizadas por las Leyes N° 5.014 y N° 5.492, en el
marco del Programa y por la suma de hasta dólares estadounidenses ochocientos
noventa millones (U$S 890.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas;
Que asimismo la Resolución N° 1.195-MHGC/16 aprobó, entre otros, los modelos de:
(i) Décimo Suplemento del Contrato de Fideicomiso (Tenth Supplemental Trust Deed)
a suscribirse entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y The Bank of
New York Mellon; (ii) Acuerdo de Sindicación (Syndication Agreement) a suscribirse
entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Deutsche Bank Securities
Inc., HSBC Securities (USA) Inc. miembro de HSBC Group y Merrill Lynch Argentina
S.A. actuando a través de Merrill Lynch, Pierce, Fenner and Smith Incorporated; (iii)
Contrato de Agente de la Oferta de Recompra (Dealer Manager Agreement) a
suscribirse entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Deutsche
Bank Securities Inc., HSBC Securities (USA) Inc. Miembro de HSBC Group y Merrill
Lynch Argentina S.A. actuando a través de Merrill Lynch, Pierce, Fenner and Smith
Incorporated; (iv) Acuerdo de Información y Agente de la Oferta (Information and
Tender Agent Agreement) a suscribirse entre el Gobierno de la Ciudad y D.F. King &
Co., Inc.; (v) Prospecto (Offering Circular) y Suplemento de Prospecto (Pricing
Supplement and Supplemental Offering Circular), documentos todos ellos en idioma
inglés con su correspondiente traducción pública al castellano, debidamente
certificada, con anterioridad a su suscripción;
Que la Ciudad participó de un roadshow entre el 17 y el 23 de mayo de 2016, visitando
inversores en Nueva York, Los Ángeles, Londres, Zúrich y Ginebra, incluyendo varias
reuniones individuales y con grupos pequeños de inversores;
Que las tasas de rendimiento tanto internacionales como las de los bonos del
Gobierno Nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentran en
niveles mínimos luego del evento de default de la República Argentina ocurrido hacia
mediados del año 2014;
Que, ante el perfil de deuda de la Ciudad, resulta oportuno y conveniente, a los efectos
de mejorar el cronograma de vencimientos prolongando los plazos de amortización y
reduciendo la tasa de interés, la emisión de títulos de deuda pública con vencimiento
en 2027, amortizable en cuotas consecutivas en los últimos tres años de vida del
mismo;
Que, entre el 13 y el 23 de mayo de 2016 se efectuó la oferta de compra de los títulos
de deuda pública de la Serie 10, habiendo sido aceptados, a su término, ofertas por un
monto de dólares estadounidenses doscientos treinta y nueve millones setecientos
treinta y un mil (U$S 239.731.000);
Que el 24 de mayo de 2016 se efectuó la colocación de los títulos de deuda pública de
la Serie 12 ("los Títulos"), habiéndose determinado el monto de la Serie en la suma de
dólares estadounidenses ochocientos noventa millones (U$S 890.000.000), la tasa de
interés fija que se determinó en un 7,500% anual;
Que la aprobación y suscripción de los contratos, Oferta de Compra, Prospecto,
Suplemento de Prospecto y demás documentos presentados para ser suscriptos,
relativos a la operación de crédito público, se encuentran comprendidos en las
atribuciones y deberes del Poder Ejecutivo, en los términos de los artículos 102 y 104
de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en tal sentido, corresponde aprobar los textos definitivos del (i) Décimo
Suplemento del Contrato de Fideicomiso (Tenth Supplemental Trust Deed) de fecha 1
de junio de 2016 entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y The
Bank of New York Mellon; (ii) Acuerdo de Sindicación (Syndication Agreement) de
fecha 24 de mayo de 2016 entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y Deutsche Bank Securities Inc., HSBC Securities (USA) Inc. miembro de HSBC
Group y Merrill Lynch, Pierce, Fenner and Smith Incorporated; (iii) Contrato de Agente
de la Oferta de Recompra (Dealer Manager Agreement) de fecha 13 de mayo de 2016
entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Deutsche Bank Securities
Inc., HSBC Securities (USA) Inc. miembro de HSBC Group y Merrill Lynch, Pierce,
Fenner and Smith Incorporated; (iv) Acuerdo de Información y Agente de la Oferta
(Information and Tender Agent Agreement) de fecha 13 de mayo de 2016 entre el
Gobierno de la Ciudad y D.F. King & Co., Inc.; (v) Oferta de Compra (Offer to
Purchase) del 13 de mayo de 2016, y (vi) Prospecto (Offering Circular) del 12 de mayo
de 2016, Suplemento de Prospecto Preliminar (Preliminary Pricing Supplement and
Supplemental Offering Circular) del 13 de mayo de 2016 y Suplemento de Prospecto
Definitivo (Final Pricing Supplement and Supplemental Offering Circular) del 24 de
mayo de 2016, documentos todos ellos en idioma inglés con su correspondiente
traducción pública al castellano, debidamente certificada;
Que los términos y condiciones generales y particulares de los Títulos se encuentran
establecidos en el Cuarto Suplemento del Convenio de Fideicomiso (Fourth
Supplemental Trust Deed) del 30 de julio de 2008 y sus enmiendas. La descripción e
información contenidas en el Prospecto (Offering Circular), en el Suplemento de
Prospecto Preliminar (Preliminary Pricing Supplement and Supplemental Offering
Circular) y en el Suplemento de Prospecto Definitivo (Final Pricing Supplement and
Supplemental Offering Circular), son los usuales que se adoptan en este tipo de
operaciones, cumplen con la normativa nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires respecto de las operaciones de crédito público, incluyendo la Ley N° 5.014 y la
Ley N° 5.492 y sus normas reglamentarias, y resultan adecuados a los propósitos y
objetivos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que atento a lo establecido por el artículo 105 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, se procederá al registro de los contratos y demás
documentación relativa a la oferta de compra de los títulos de deuda pública de la
Serie 10, al Programa y a la emisión de los Títulos en la Dirección General Escribanía
General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
debida, conforme lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 1.218 (texto consolidado por la Ley N° 5.454);
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la las Leyes N° 5.014, N° 5.236 y N°
5.492, los Decretos N° 281/14, N° 9/15 y N° 23/16 y las Resoluciones N° 1.285-
MHGC/14, N° 214-MHGC/15 y N° 1.195-MHGC/16,
Artículo 1°. - Apruébanse los textos definitivos del (i) Décimo Suplemento del Contrato
de Fideicomiso (Tenth Supplemental Trust Deed) de fecha 1 de junio de 2016 entre el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y The Bank of New York Mellon; (ii)
Acuerdo de Sindicación (Syndication Agreement) de fecha 24 de mayo de 2016 entre
el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Deutsche Bank Securities Inc.,
HSBC Securities (USA) Inc. miembro de HSBC Group y Merrill Lynch, Pierce, Fenner
and Smith Incorporated; (iii) Contrato de Agente de la Oferta de Recompra (Dealer
Manager Agreement) de fecha 13 de mayo de 2016 entre el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y Deutsche Bank Securities Inc., HSBC Securities (USA)
Inc. miembro de HSBC Group y Merrill Lynch, Pierce, Fenner and Smith Incorporated;
(iv) Acuerdo de Información y Agente de la Oferta (Information and Tender Agent
Agreement) de fecha 13 de mayo de 2016 entre el Gobierno de la Ciudad y D.F. King
& Co., Inc.; (v) Oferta de Compra (Offer to Purchase) del 13 de mayo de 2016, y (vi)
Prospecto (Offering Circular) del 12 de mayo de 2016, Suplemento de Prospecto
Preliminar (Preliminary Pricing Supplement and Supplemental Offering Circular) del 13
de mayo de 2016 y Suplemento de Prospecto Definitivo (Final Pricing Supplement and
Supplemental Offering Circular) del 24 de mayo de 2016, documentos todos ellos en
idioma inglés con su correspondiente traducción pública al castellano, debidamente
certificada, que se adjuntan como Anexo I (IF-2016-14027484-DGCPUB), formando
parte integrante de esta resolución. Considérense, por lo tanto, emitidos los Títulos de
la Serie 12 el 1° de junio de 2016 por la suma de valor nominal dólares
estadounidenses ochocientos noventa millones (VN U$S 890.000.000).
Artículo 2°.-Déjase establecido que los documentos aprobados en el artículo
precedente, serán registrados en la Dirección General Escribanía General de este
Gobierno de acuerdo al artículo 105 inciso 2) de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y de la Oficina
de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos pase a la
Dirección General de Crédito Público. Cumplido, archívese. Mura
ANEXOS