CIRCULAR 2 2016 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
RECOMENDACIONES AUTÓNOMAS - UNIDADES DE AUDITORÍA INTERNA - MODIFICA CIRCULAR N 1-SGCBA-16 - SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
31/05/2016
Sanción:
24/05/2016
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Buenos Aires, 24 de mayo de 2016
A: Unidades de Auditoría Interna de cada Jurisdicción y Organismos Descentralizados
del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires.
REF: S/ Recomendaciones Autónomas. Unidades de Auditoría Interna.
Que conforme el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, la Sindicatura General de la Ciudad "tiene a su cargo el control interno,
presupuestario, contable, financiero, económico, patrimonial, legal y de gestión (...) de
la administración pública en todas las jurisdicciones que componen la administración
central y descentralizada", siendo "el órgano rector de las normas de control interno",
ejerciendo por ello "la fiscalización del cumplimiento y aplicación de las mismas".
Que en este mismo sentido, el artículo 121 de la Ley N° 70 dispone que el Sistema de
Control Interno de la Ciudad se encuentra compuesto por la Sindicatura General -
órgano normativo, de supervisión y coordinación- y por las Unidades de Auditoría
Interna de cada jurisdicción y entidades que dependan del Poder Ejecutivo, estas
últimas coordinadas técnicamente por la mencionada Sindicatura General.
Que por Circular N° 1-SGCBA/16 se ratificó a las Unidades de Auditoría Interna de
todas las Jurisdicciones, Organismos y Entidades del Poder Ejecutivo, la facultad de
emitir Recomendaciones Autónomas y se las instruyó a utilizar para su confección,
supervisión y emisión, los lineamientos establecidos en su Anexo I "Instructivo para la
Confección de Recomendaciones Autónomas por las Unidades de Auditoría Interna".
Que en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 133 de la Constitución de la
Ciudad y las facultades establecidas en la Ley N° 70, esta Sindicatura General
considera necesario reformular la Circular N° 1-SGCBA/16.
Que a tal efecto, corresponde modificar el Punto III del ANEXO I de la Circular N° 1-
SGCBA/16, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"III. PROCEDIMIENTO DE SUPERVISIÓN
Confeccionado el Proyecto de Recomendación Autónoma por parte de la
correspondiente Unidad de Auditoría Interna, el mismo deberá ser remitido a esta
Sindicatura General a efectos de que la Gerencia de Relaciones Institucionales, en
virtud de la especificidad de la materia de su competencia, determinada por
Resolución N° 126-SGCBA/15, tome conocimiento, registre, y en consulta con las
Gerencias Generales Jurisdiccionales respectivas, efectúe el control de forma y
estructura del Proyecto en cuestión.
La valoración de los criterios utilizados y el respaldo documental del contenido del
Proyecto de Recomendación serán responsabilidad del Titular de la Unidad de
Auditoría Interna emisora del Proyecto en cuestión.
Efectuado el control pertinente, el/la Síndico/a General podrá prestar conformidad con
la emisión del Proyecto de Recomendación Autónoma, o bien, solicitar modificaciones
en cuanto a la forma o estructura del Proyecto.
Prestada la conformidad al Proyecto de Recomendación Autónoma, la Unidad de
Auditoría Interna involucrada se encontrará habilitada para emitir el documento bajo
los mismos términos del Proyecto supervisado.
De solicitar esta Sindicatura General a la Unidad de Auditoría Interna redactora del
Proyecto la modificación del mismo, esta última deberá efectuar las modificaciones
pertinentes y solicitar nuevamente la conformidad al Proyecto mediante el mismo
procedimiento previsto para el Proyecto de Recomendación Autónoma original." Freda