CIRCULAR 2 2016 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

RECOMENDACIONES AUTÓNOMAS - UNIDADES DE AUDITORÍA INTERNA - MODIFICA CIRCULAR N 1-SGCBA-16 - SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

31/05/2016

Sanción:

24/05/2016

Organismo:

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Buenos Aires, 24 de mayo de 2016

A: Unidades de Auditoría Interna de cada Jurisdicción y Organismos Descentralizados

del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires.

REF: S/ Recomendaciones Autónomas. Unidades de Auditoría Interna.

Que conforme el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, la Sindicatura General de la Ciudad "tiene a su cargo el control interno,

presupuestario, contable, financiero, económico, patrimonial, legal y de gestión (...) de

la administración pública en todas las jurisdicciones que componen la administración

central y descentralizada", siendo "el órgano rector de las normas de control interno",

ejerciendo por ello "la fiscalización del cumplimiento y aplicación de las mismas".

Que en este mismo sentido, el artículo 121 de la Ley N° 70 dispone que el Sistema de

Control Interno de la Ciudad se encuentra compuesto por la Sindicatura General -

órgano normativo, de supervisión y coordinación- y por las Unidades de Auditoría

Interna de cada jurisdicción y entidades que dependan del Poder Ejecutivo, estas

últimas coordinadas técnicamente por la mencionada Sindicatura General.

Que por Circular N° 1-SGCBA/16 se ratificó a las Unidades de Auditoría Interna de

todas las Jurisdicciones, Organismos y Entidades del Poder Ejecutivo, la facultad de

emitir Recomendaciones Autónomas y se las instruyó a utilizar para su confección,

supervisión y emisión, los lineamientos establecidos en su Anexo I "Instructivo para la

Confección de Recomendaciones Autónomas por las Unidades de Auditoría Interna".

Que en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 133 de la Constitución de la

Ciudad y las facultades establecidas en la Ley N° 70, esta Sindicatura General

considera necesario reformular la Circular N° 1-SGCBA/16.

Que a tal efecto, corresponde modificar el Punto III del ANEXO I de la Circular N° 1-

SGCBA/16, el que quedará redactado de la siguiente forma:

"III. PROCEDIMIENTO DE SUPERVISIÓN

Confeccionado el Proyecto de Recomendación Autónoma por parte de la

correspondiente Unidad de Auditoría Interna, el mismo deberá ser remitido a esta

Sindicatura General a efectos de que la Gerencia de Relaciones Institucionales, en

virtud de la especificidad de la materia de su competencia, determinada por

Resolución N° 126-SGCBA/15, tome conocimiento, registre, y en consulta con las

Gerencias Generales Jurisdiccionales respectivas, efectúe el control de forma y

estructura del Proyecto en cuestión.

La valoración de los criterios utilizados y el respaldo documental del contenido del

Proyecto de Recomendación serán responsabilidad del Titular de la Unidad de

Auditoría Interna emisora del Proyecto en cuestión.

Efectuado el control pertinente, el/la Síndico/a General podrá prestar conformidad con

la emisión del Proyecto de Recomendación Autónoma, o bien, solicitar modificaciones

en cuanto a la forma o estructura del Proyecto.

Prestada la conformidad al Proyecto de Recomendación Autónoma, la Unidad de

Auditoría Interna involucrada se encontrará habilitada para emitir el documento bajo

los mismos términos del Proyecto supervisado.

De solicitar esta Sindicatura General a la Unidad de Auditoría Interna redactora del

Proyecto la modificación del mismo, esta última deberá efectuar las modificaciones

pertinentes y solicitar nuevamente la conformidad al Proyecto mediante el mismo

procedimiento previsto para el Proyecto de Recomendación Autónoma original." Freda

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Por la presente Circular se modifica el Anexo I de la Circular N° 1-SGCBA-16 sobre unidades de auditoría interna.</p>