RESOLUCIÓN 1 2016 UNIDAD DE LA EVALUACION INTEGRAL DE LA CALIDAD Y EQUIDAD EDUCATIVA LEY 5049
Síntesis:
APRUEBA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA INTERNA - UNIDAD DE EVALUACIÓN INTEGRAL DE LA CALIDAD Y EQUIDAD EDUCATIVA - ESTRUCTURA ORGÁNICA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - JEFATURA DE GABINETE Y ASESORES - ÁREAS - COMUNICACIÓN Y DIFUSIÓN - VINCULACIÓN CON EL SISTEMA EDUCATIVO - GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN - COORDINACIONES GENERALES - EVALUACIÓN EDUCATIVA - INFORMACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - COORDINACIONES OPERATIVAS - EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES - INFORMACIÓN Y ESTADÍSTICA EDUCATIVA - INVESTIGACIÓN EDUCATIVA - ÁREAS TÉCNICA - ADMINISTRATIVA LEGAL
Publicación:
09/06/2016
Sanción:
04/04/2016
Organismo:
UNIDAD DE LA EVALUACION INTEGRAL DE LA CALIDAD Y EQUIDAD EDUCATIVA LEY 5049
VISTO:
La Ley N° 5049, los Decretos Nros. 514/14, 353/14 y 386/15, la Resolución Conjunta
N° 1/MJGGC-MHGC/2016, el EE-2016-09508950-UEICEE, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 5049 se creó la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y
Equidad Educativa, ente descentralizado en el ámbito del Ministerio de Educación;
Que la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa, tiene como
objeto diseñar, desarrollar y coordinar la evaluación integral del sistema educativo de
la Ciudad de Buenos Aires, y como misión contribuir al mejoramiento de la calidad y
equidad educativa de todas las instituciones educativas de gestión estatal y privada en
el ámbito del Ministerio de Educación;
Que conforme a lo establecido en el artículo 17 inciso c) de la Ley N° 5049, es función
del Director Ejecutivo "aprobar la estructura orgánico- funcional, necesaria para el
funcionamiento de la Unidad pudiendo designar a directores generales a cargo";
Que mediante el Decreto N° 353/14 se adoptaron medidas de restricción
presupuestarias en diversas materias hasta la finalización del ejercicio 2014, entre
ellas creación de cargos de estructura de autoridades superiores y del régimen de la
carrera gerencial, adoptándose medidas de contención y racionalización del gasto;
Que el Decreto N° 353/14 fue prorrogado por Decreto N° 386/15, y éste a su vez por el
Decreto N° 297/15 hasta la finalización del ejercicio 2015;
Que, a su vez, el artículo 3° del Decreto N° 353/14 establece que a los efectos de la
implementación de lo establecido en dicho Decreto, la Jefatura de Gabinete de
Ministros y el Ministerio de Hacienda establecerán de modo conjunto los alcances y
modalidades de las restricciones presupuestarias establecidas;
Que en ese marco legal la Jefatura de Gabinete de Ministros y el Ministerio de
Hacienda dictaron la Resolución Conjunta N° 1/MJGGC-MHGC/2016 por la que
suspenden la creación de cargos de estructura de autoridades superiores y del
régimen de la carrera gerencial. Asimismo toda nueva contratación bajo los regímenes
de locación de obra y de servicios y modalidad de asistencia o pasantía técnica, que
exceda el total del crédito presupuestario de cada Jurisdicción, Organismo
Descentralizado, Entidad Autárquica o Agencia, cualquiera sea su clasificación
económica y fuente de financiamiento, debiendo extremarse la utilización de los
recursos humanos y técnicos actualmente existentes;
Que mediante el Decreto N° 363/16 se aprobó la estructura orgánica funcional del
Ministerio de Educación contemplando en la misma a la Unidad de Evaluación Integral
de la Calidad y Equidad Educativa para ejercer las funciones conferidas mediante la
Ley N° 5.049;
Que obrando fundamentos de oportunidad, mérito y conveniencia resulta necesario
para el funcionamiento de la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad
Educativa, aprobar la estructura organizativa interna, sin que esto implique mayor
erogación presupuestaria;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso c) del artículo 17 de la Ley
N° 5049,
Artículo 1°.- Apruébase la estructura organizativa interna de la Unidad de Evaluación
Integral de la Calidad y Equidad Educativa, de conformidad con lo establecido en los
Anexos I (Organigrama) (IF-2016-09522783-UEICEE) y II (Responsabilidades
Primarias) (IF-2016- 09522469-UEICEE), los que a todos sus efectos forman parte
integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Unidad de Auditoría Interna, al Ministerio de Educación y a las
Subsecretarías del Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Vinacur
ANEXOS