RESOLUCIÓN 1 2016 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO

Síntesis:

SE APRUEBA PROCEDIMIENTO DE TRASPASO - OBRAS EJECUTADAS POR EL MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - MANTENIMIENTO DE LAS OBRAS EJECUTADAS - LIBRADAS AL USO PÚBLICO - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - PROCEDIMIENTO - COMUNICACIÓN OFICIAL - COORDINADORES - INICIO DE PROYECTOS - OBRAS EN EJECUCIÓN - RECEPCIÓN PROVISORIA - OBRAS FINALIZADAS - RECEPCIÓN DEFINITIVA - ACTA DE TRASPASO PROVISORIO - TRANSFERENCIA - MANTENIMIENTO DE OBRAS - ACTA DE TRASPASO - LICITACIONES - RESPONSABILIDADES

Publicación:

22/06/2016

Sanción:

15/06/2016

Organismo:

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO


VISTO:

La Ley N° 5460, los Decretos N° 796/GCBA/2010 y N° 363/GCBA/15 y modificatorios,

y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5460 se establecen los Ministerios del Poder Ejecutivo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, asignando a cada uno sus respectivas competencias;

Que, en su Capítulo VI, establece que corresponde al Ministerio de Desarrollo Urbano

y Transporte diseñar las políticas e instrumentar los planes destinados al planeamiento

urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y diseñar e instrumentar los planes,

programas y proyectos necesarios para la ejecución y fiscalización de obras públicas,

entre otras;

Que, asimismo la precitada norma asignó en su Capítulo X, artículo 25, al Ministerio de

Ambiente y Espacio Público la responsabilidad, en el marco de sus competencias, del

mantenimiento y conservación de los bienes afectados al dominio público y privado de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, tanto las áreas técnicas del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte como

aquellas del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, en el ejercicio de las funciones

que les fueran otorgadas tanto por la Ley N° 5460 como por el Decreto N° 141/16,

modificatorio del N° 363/15, ejecutan obras tendientes al mejoramiento de la Ciudad y

consecuentemente de la calidad de vida de los ciudadanos;

Que, asimismo, a través del Decreto N° 796/2010 se encomienda al Ministerio de

Ambiente y Espacio Público el mantenimiento de las obras ejecutadas por el Ministerio

de Desarrollo Urbano que se encuentren libradas al uso público;

Que, resulta conveniente establecer un curso de acción simple y ágil que permita

realizar el traspaso por parte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte al

Ministerio de Ambiente y Espacio Público de aquellas obras ejecutadas y finalizadas;

Que en este sentido, a los efectos de compatibilizar las misiones y funciones

asignadas, resulta necesario establecer un procedimiento de trabajo en conjunto entre

el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte y el Ministerio de Ambiente y Espacio

Público, que posibilite el mencionado traspaso de las obras y la interacción de las

reparticiones involucradas;

Que, en virtud de lo antedicho, se ha elaborado un Procedimiento para el Traspaso de

Obras (Anexo I), así como también un modelo de Acta de Traspaso Provisoria (Anexo

II) y Acta de Traspaso Definitiva (Anexo III);

Que el Anexo I detalla el procedimiento de traspaso de los proyectos y/u obras

ejecutadas y finalizadas que cuentan con Acta de Recepción Definitiva

correspondiente y que se hallan libradas al uso público conforme lo establecido en el

Decreto N° 796/10 y asimismo, regula el mecanismo de traspaso de los proyectos y/u

obras que cuentan con Actas de Recepción Provisoria y/o próximas a obtenerla;

Que, a los efectos de efectivizar el traspaso del mantenimiento de las obras

ejecutadas por el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte resulta necesario

aprobar el mencionado procedimiento;

Por lo antes expuesto y en uso de las facultades que les son propias;

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

Y EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE

RESUELVEN

Artículo 1°.- Apruébase el "Procedimiento de Traspaso de Obras" para aquellas obras

ejecutadas por el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte que como Anexo I (IF-

15444549-MAYEPGC/16) se agrega y forma parte de la presente.

Artículo 2°.- Apruébanse los modelos de "Acta de Traspaso Provisorio" y de "Acta de

Traspaso Definitivo", que se incorporan a la presente como Anexos II (IF-15446280-

MAYEPGC/16) y III (IF-15446512-MAYEPGC/16), respectivamente, las cuales serán

instrumentadas mediante el "Procedimiento de Traspaso de Obras" establecido en el

Anexo I.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Subsecretarías de Obras y de Proyectos dependientes del

Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, a la Subsecretaría Obras Públicas, a la

Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público y a la Subsecretaría de Higiene

Urbana estas últimas dependientes del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

Cumplido, archívese. Macchiavelli - Moccia


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4907

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 1-MAYEP-MDUT-16 aprueba el Procedimiento de Traspaso de Obras, para aquellas obras ejecutadas por el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, en el marco de la encomendación efectuada por Deceto 796-10. </p>