RESOLUCIÓN 3 2016 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

CREACIÓN - COMITÉS MINISTERIALES DE CONTROL INTERNO - NORMAS DE CONTROL INTERNO - MIEMBROS - INTEGRANTES - FUNCIONAMIENTO - UNIDADES DE AUDITORÍA INTERNA - SINDICATURA GENERAL - INTERCONSULTA - FORTALECIMIENTO - COORDINACIÓN - MINISTRO - SÍNDICO - FUNCIONARIOS - REUNIONES - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - ACTAS - RESOLUCIÓN 60-MJGGC-SGCBA-10 - MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - SINDICATURA GENERAL

Publicación:

01/07/2016

Sanción:

27/06/2016

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 70 (BOCBA N° 539) y N°

5.460 (BOCBA N° 4.779), los Decretos N° 757/09 (BOCBA N° 3.251), N° 589/09

(BOCBA N° 3.206) y N° 363/15 (BOCBA N° 4.783), la Resolución Conjunta N° 60-

MJGGC-SGCBA/10 (BOCBA N° 3.419), el Expediente Electrónico N° 15.796.706-

MGEYA-SGCBA/16, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 132 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que la

Ciudad cuenta con un modelo de control integral e integrado, conforme a los principios

de economía, eficacia y eficiencia, comprendiendo el control interno y externo del

sector público, que opera de manera coordinada en la elaboración y aplicación de sus

normas;

Que en ese mismo sentido, y en consonancia con la Constitución local, el artículo 119

de la Ley N° 70 precisa que el modelo de control con el que cuenta la Ciudad,

comprende tanto el control interno como el externo del sector público;

Que el artículo 121 de la Ley N° 70 dispone que el Sistema de Control Interno de la

Ciudad se encuentra compuesto por la Sindicatura General -órgano normativo, de

supervisión y coordinación-y por las Unidades de Auditoría Interna de cada jurisdicción

y entidades que dependan del Poder Ejecutivo, estas últimas coordinadas

técnicamente por la mencionada Sindicatura General;

Que a fin de posibilitar el cumplimiento del rol de órgano rector del Sistema de Control

Interno previsto para la Sindicatura General, el artículo 123 inciso 1) de la citada Ley,

encomienda a la misma, el dictado y la aplicación de las Normas de Control Interno a

las que se sujetan las jurisdicciones y entidades que se encuentran bajo su órbita de

control;

Que por Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio

de Coordinación o Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que la mencionada Ley en el artículo 16 inciso 3), establece que corresponde al Jefe

de Gabinete de Ministros, entre otras, la función de "Efectuar el control de gestión del

Gobierno de la ciudad, a fin de verificar el cumplimiento de los planes y de los

objetivos definidos en el programa de Gobierno y elevar los informes de control de

gestión al Jefe de Gobierno";

Que por Decreto N° 757/09 se encomendó la creación y puesta en funcionamiento de

las Unidades de Auditoría Interna, a los titulares de las Jurisdicciones o entidades

dependientes del Poder Ejecutivo, quedando en cabeza del/la Síndico/a General, la

propuesta para la designación de los titulares de auditoría interna, ello con el fin de

fortalecer el sistema de control interno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que mediante Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos -SADE- como sistema integrado de

caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las

actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 363/15, se aprobó la nueva Estructura Orgánico Funcional

dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, estableciéndose los objetivos, responsabilidades primarias y acciones de todas

sus unidades de organización;

Que por Resolución Conjunta N° 60-MJGGC-SGCBA/10, se creó en cada una de las

jurisdicciones de la Administración Central, entes descentralizados, entidades

autárquicas y cualquier otra entidad dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, los Comités de Control Interno, y se acordó su

funcionamiento;

Que tanto la Jefatura de Gabinete de Ministros como la Sindicatura General de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consideran conveniente fortalecer el respaldo

institucional al sistema de control interno, así como promover su importancia como

herramienta de gestión;

Que en virtud de lo expuesto, deviene necesario derogar la Resolución Conjunta N°

60-MJGGC-SGCBA/10, y adaptarla a las exigencias actuales y a la normativa vigente;

Que la Subgerencia Operativa Normativa, ha tomado la intervención correspondiente

en virtud a las misiones y funciones establecidas por la Resolución N° 126-SGCBA/15;

Que la Subgerencia Operativa de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que

resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 15.925.454-

SGCBA/16.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes N° 70 y N° 5.460,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS Y LA SÍNDICA GENERAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Créanse en cada una de las Jurisdicciones del Poder Ejecutivo de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Comités Ministeriales de Control Interno, cuyo

funcionamiento se ajustará a lo regulado en el Anexo I, Informe N° IF 16.094.373-

SGCBA/16 que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Establécese que la participación en los Comités Ministeriales de Control

Interno no implicará remuneración adicional alguna y los miembros desempeñarán sus

cargos ad-honorem.

Artículo 3°.- Derógase la Resolución Conjunta N° 60-MJGGC-SGCBA/10.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, comuníquese a las respectivas jurisdicciones dependientes del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Miguel -

Freda


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4914

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 3-MJG-SG-16 crea, en cada una de las Jurisdicciones del Poder Ejecutivo, los Comités Ministeriales de Control Interno, que otorga respaldo institucional a la tarea que en este sentido realizan las autoridades ejecutivas de las organizaciones, las Unidades de Auditoría Interna, creadas por Decreto 757-09.</p>
DEROGA
<p>Art. 3 de la Resolución 3-MJGGC-SGCBA-16 deroga la Resolución 60-MJGGC-SGCBA-10.-</p>