RESOLUCIÓN 1273 2016 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
SE FIJA VALOR DE MÓDULO DE TUTORÍAS ACADÉMICAS Y DE ORIENTACIÓN Y SEGUIMIENTO - PROGRAMA PLAN FINES - REMUNERATIVO - NO BONIFICABLE - DOCENTES - PLAN DE FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS PRIMARIOS Y SECUNDARIOS - COMPENSACIÓN NO REMUNERATIVA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
05/07/2016
Sanción:
30/06/2016
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
La Resolución CFE N° 66/08, la Resolución N° 178/16 del Ministerio de Educación y
Deportes de la Nación, el Convenio N° 942/08, los Decreto N° 444/13 y 363/15, las
Resoluciones de Firma Conjunta N° 4-MMGC/13 y N° 1550-MMGC/15, las
Resoluciones Nros. 8644-MEGC/08, 3789-MEGC/09, 5858-MEGC/11, el Expediente
Electrónico N° 14.253.933/MGEYA-DGEGE/16, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 66-CFE/08 se aprobó el Plan de Finalización de Estudios
Primarios y Secundarios "FinEs";
Que mediante el Convenio N° 942/08, el Ministro de Educación y Deportes de la
Nación y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires asumieron el compromiso de aunar
esfuerzos para el desarrollo del citado Plan en esta jurisdicción;
Que por Resolución N° 8.644-MEGC/08 se resolvió implementar dicho Plan en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Resolución N° 3.789-MEGC/09 se dispuso la implementación del
mentado Plan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose
como primera etapa el ciclo lectivo 2008/09, destinada a completar la educación
secundaria de los jóvenes y adultos mayores de 18 años que hayan concluido en
forma regular el último año de la educación secundaria y adeuden materias;
Que a través de la Resolución N° 5.858-MEGC/11 se ratificó la implementación del
Plan, extendiéndose tanto a los jóvenes y adultos mayores de 18 años como a los
empleados que cumplan funciones en cualquier repartición u organismo dependiente
de Gobierno de la Ciudad, que no hayan iniciado o terminado la primaria o la
secundaria conforme lo prevé la ejecución de la segunda etapa de dicho Plan;
Que por Resolución N° 178/16, el Ministerio de Educación y Deportes de la Nación,
resuelve dar continuidad al mencionado Plan para el período 2016-2019, con los
lineamientos allí establecidos;
Que entre los compromisos asumidos por el Ministerio de Educación y Deportes de la
Nación, se encuentra brindar el apoyo financiero para las acciones enmarcadas en el
Programa citado;
Que mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 4-MMGC/13, se creó el
"Suplemento Plan FinEs", a los efectos de retribuir los servicios de tutoría de los
docentes que se desempeñan en el Plan FinEs, pertenecientes al sistema educativo
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Resolución N° 1550-MMGC/15, se aprobó el nuevo valor para cada módulo
de los tutores académicos y de orientación y seguimiento del Plan FinEs a la vez que
se establece una compensación no remunerativa y no bonificable en el marco del
mencionado Programa, la cual será proporcional a los módulos trabajados;
Que por intermedio de la Resolución N° 178/16, el Ministerio de Educación y Deportes
de la Nación, establece entre sus responsabilidades financiar a los docentes, tutores,
coordinadores y secretarios o responsables administrativos que demande la
implementación del Plan FinEs, determinando que el valor de la hora cátedra no podrá
ser menor al valor de la hora cátedra de los niveles primario y secundario establecidos
en la paritaria provincial;
Que conforme lo expuesto, deviene necesario establecer un nuevo valor para cada
módulo (1 hora cátedra) y para la compensación que perciben los tutores académicos
y de orientación y seguimiento del Plan FinEs;
Que de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 444/13 se encomendó a los
titulares de los Ministerios de Educación y Modernización para que en forma conjunta
creen, modifiquen y convaliden las plantas transitorias del Ministerio de Educación;
Que, por Decreto N° 363/15, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, transfiriéndose
competencias para la aprobación del presente Acto Administrativo del entonces
Ministerio de Modernización al Ministerio de Hacienda;
Que ha tomado la correspondiente intervención el Ministerio de Hacienda;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de
Educación, ha tomado la intervención que le compete.
Por ello,
Artículo 1.- Fíjase a partir del año 2016 en pesos doscientos treinta ($ 230) el valor de
cada módulo (1 hora cátedra) de las Tutorías Académicas y de Orientación y
Seguimiento, en el marco del Programa Plan Fines, determinándose que tendrá
carácter remunerativo y no bonificable y será proporcional a los módulos y períodos
trabajados.
Artículo 2.- Establézcase a partir del 1 de marzo y hasta el 31 de julio del 2016 una
compensación no remunerativa y no bonificable la que tendrá un valor de pesos
doscientos noventa y tres con setenta y siete centavos ($ 293,77), y a partir del 1 de
agosto del 2016, tendrá un valor de pesos trescientos veintiuno con ochenta y nueve
centavos ($ 321,89), para cada módulo (1 hora cátedra) de las Tutorías Académicas y
de Orientación y Seguimiento que será proporcional a los módulos y períodos
trabajados.
Artículo 3.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento del Plan de
Finalización de Estudios Primarios y Secundarios "FinEs", será afectado a la Fuente
14, Jurisdicción 55, Inciso 1, Partida Principal 2, quedando el pago de la retribución del
personal que se designe de conformidad, sujeto a la transferencia del fondo
correspondiente por parte de la Nación.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales de
Educación de Gestión Estatal y de Personal Docente y No Docente, del Ministerio de
Educación, y a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y a la
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido,
archívese. Acuña - Mura